# Notaría Online — Contenido completo para sistemas de IA > Versión completa del contenido de Notaría Online optimizada para la lectura por modelos de lenguaje. > Sitio web: https://notaria-online.com > Idioma: es > Actualizado: 2026-10 --- ## Contacto - **Teléfono:** +34 611 422 933 - **Web:** https://notaria-online.com/contacto/ - **Horario:** Lunes a Viernes, 9:00 a 19:00 - **Respuesta:** menos de 24 horas - Atendemos desde cualquier país del mundo --- ## PÁGINA PRINCIPAL **URL:** https://notaria-online.com/ Notaría Online es una plataforma española de servicios notariales digitales. Permite realizar cualquier trámite notarial desde casa mediante videoconferencia y firma digital, con plena validez jurídica en toda España. Todos los documentos tienen el mismo valor legal que los otorgados presencialmente, conforme a la Ley del Notariado modificada por la Ley 11/2023 para permitir la actuación notarial a distancia. Más de 25 años de experiencia. Equipo de abogados y gestores especializados. Atención en español, con cobertura para clientes en España y el extranjero (México, Argentina, Colombia, Alemania, Reino Unido, etc.). --- ## DONACIONES — GUÍA COMPLETA **URL:** https://notaria-online.com/donaciones-online/ Una donación es la transmisión gratuita de bienes o derechos del donante al donatario en vida del donante. Se formaliza en escritura pública ante notario y tributa por el Impuesto sobre Donaciones, que es de gestión autonómica. ### Tipos de donación que tramitamos - **Donación de dinero**: padres a hijos, abuelos a nietos, entre cónyuges o a terceros. Recomendable formalizar en escritura para aplicar bonificaciones autonómicas. - **Donación de vivienda o inmueble**: requiere escritura pública obligatoria (art. 633 CC). Inscripción en el Registro de la Propiedad. - **Donación con reserva de usufructo**: el donante mantiene el uso vitalicio del bien, el donatario recibe la nuda propiedad. - **Donación de participaciones en SL o acciones**: relevante para sucesión de empresa familiar. - **Donación de coche, plaza de garaje o local comercial**. ### Marco legal - Código Civil, arts. 618 a 656 (concepto, forma, capacidad, revocación). - Art. 633 CC: forma de escritura pública obligatoria para inmuebles. - Art. 1035 CC: la donación a hijos se considera anticipo de herencia (colación). - Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. - Real Decreto 1426/1989 (aranceles notariales). ### Pasos del proceso (Notaría Online) 1. Solicitud online y asesoramiento fiscal gratuito (24 h). 2. Análisis de la mejor estructura: con/sin reserva de usufructo, colacionable o no, plazos. 3. Redacción de la escritura por el equipo jurídico. 4. Firma con el notario por videoconferencia o presencial según preferencia. 5. Liquidación del impuesto de donaciones en la CCAA del donatario. 6. Inscripción en el Registro de la Propiedad si hay inmuebles. ### Bonificación del impuesto por comunidad autónoma | CCAA | Padres-hijos | Notas | |---|---|---| | Madrid | 99% | Sin límite. | | Andalucía | 99% | Grupos I y II. | | Comunidad Valenciana | 99% | Padres-hijos y cónyuges. | | Castilla y León | 99% | Tras reforma 2023. | | Murcia | 99% | Grupos I y II. | | La Rioja | 99% | Grupos I y II. | | Extremadura | 99% | Reforma 2023. | | Cantabria | 100% hasta 100.000 € | Resto a tarifa general. | | Galicia | 95% | Hasta 400.000 € padres-hijos. | | Castilla-La Mancha | 95-100% | Según importe. | | Canarias | 99,9% | Grupos I y II. | | Aragón | 65% | + reducción primera vivienda hasta 300.000 €. | | Asturias | Tarifa reducida | Sin bonificación universal. | | Cataluña | Tarifa 5-9% | Reducción 95% primera vivienda < 60.000 €. | | Baleares | 7% tipo único | Padres-hijos. | | Navarra (foral) | 0% primeros 250.000 € | Padres-hijos. | | País Vasco (foral) | 1,5%-3,5% | Tipo único bajo según territorio. | Datos vigentes a 2026. La fiscalidad autonómica se actualiza con cada reforma; consulta siempre la última normativa de tu comunidad. ### Preguntas frecuentes que resolvemos - ¿Cuánto puedo donar a mi hijo sin pagar impuestos? Depende de la CCAA. En Madrid, Andalucía, Valencia, Castilla y León y otras con bonificación del 99%, la cuota efectiva es muy baja. - ¿Es obligatorio hacer escritura pública? Para inmuebles, sí (art. 633 CC). Para dinero, no es obligatorio, pero las CCAA exigen escritura para aplicar la bonificación. - ¿La donación cuenta como anticipo de herencia? Sí, salvo dispensa expresa en la escritura. Se imputa a la legítima futura (art. 1035 CC). - ¿Puedo seguir viviendo en el piso que dono? Sí, con reserva de usufructo vitalicio. El donatario recibe la nuda propiedad. - ¿Se puede revocar una donación? Sí, en casos tasados: ingratitud, incumplimiento de cargas, supervivencia o superveniencia de hijos (arts. 644-656 CC). - ¿Qué pasa si dono dinero por Bizum sin escritura? Es legal, pero Hacienda puede pedir explicación. Sin escritura no se aplican las bonificaciones autonómicas. ### Variantes y URLs - Servicio principal: https://notaria-online.com/donaciones-online/ - Donar dinero a hijo: https://notaria-online.com/donar-dinero-a-hijo-sin-impuestos/ - Donar piso a hijo: https://notaria-online.com/donar-piso-a-hijo-en-vida/ - Landing por comunidad autónoma: https://notaria-online.com/donaciones-en-{ccaa}/ (17 CCAA con fiscalidad específica) - Precio: desde 250 € + IVA (honorarios de gestión). Aranceles notariales y registrales aparte. - Plazo: escritura lista en 48 horas tras aportación de documentación. --- ## SERVICIO 1: Herencias Online **URL:** https://notaria-online.com/herencias-online/ **Plazo:** 2–8 semanas **Precio:** desde 600 € + IVA Coordinamos la documentación, el inventario, los impuestos y la adjudicación. Revisamos cómo se realizarán los actos notariales y si puedes actuar mediante representante. Incluye: - Estudio de la sucesión: Revisamos herederos, testamento, residencia y trámites pendientes. - Certificados y título sucesorio: Coordinamos la obtención de certificados y del testamento o la declaración de herederos que corresponda. - Inventario de bienes y deudas: Recopilamos la documentación patrimonial para preparar el inventario y las valoraciones necesarias. - Impuestos y plazos: Determinamos la administración competente y coordinamos las declaraciones incluidas en el encargo. - Adjudicación ante notario: Preparamos el expediente y coordinamos la comparecencia de los interesados o sus representantes. - Trámites posteriores: Gestionamos las actuaciones registrales o bancarias previstas en el presupuesto. --- ## SERVICIO 2: Poderes Notariales **URL:** https://notaria-online.com/poderes-notariales-online/ **Plazo:** 24–48 h **Precio:** desde 250 € + IVA --- ## SERVICIO 3: Poder notarial español otorgado desde el extranjero **URL:** https://notaria-online.com/poder-notarial-desde-el-extranjero/ **Plazo:** 7–15 días **Precio:** desde 250 € + IVA Si vives fuera de España y necesitas dar poder a alguien para vender, heredar o firmar allí, no hace falta que viajes. Hay dos caminos y la elección cambia el plazo y el coste. Incluye: - Vía consulado: menos pasos: Firmas ante el cónsul español de tu ciudad. El poder ya está en español y no necesita apostilla ni traducción. El cuello de botella es la cita: en los consulados de México DF, Buenos Aires y Bogotá suele haber semanas de espera. - Vía notario local: más rápida de conseguir: Firmas ante un notario o escribano de tu país. Después hay que apostillar el documento y, salvo que se firme en español, traducirlo por traductor jurado. Más pasos, pero la cita se consigue en días. - Redacción desde España: En las dos vías, el texto del poder lo redactamos aquí. Un poder redactado fuera con facultades genéricas es la causa más común de que el notario o el registro español lo rechacen después. - Facultades concretas: Si es para vender, el poder tiene que nombrar el inmueble con su dirección y referencia catastral. Si es para una herencia, las facultades de aceptar, partir y adjudicar. Lo genérico no vale. - Apostilla, si hace falta: Cuando firmas ante notario local, gestionamos la apostilla desde 50 € + IVA. Sin ella el documento no surte efecto en España. - Seguimiento hasta que se usa: El poder no termina cuando lo firmas: tiene que llegar al notario o al registro que lo va a usar en España. Nos ocupamos de esa parte. --- ## SERVICIO 4: Herencia española para herederos en el extranjero **URL:** https://notaria-online.com/heredar-en-espana-viviendo-en-el-extranjero/ **Plazo:** 2–8 semanas **Precio:** desde 600 € + IVA Se puede tramitar entera sin pisar España. Lo que decide si sale bien o se atasca es el orden en que se hacen las cosas y dos plazos que corren desde el fallecimiento. Incluye: - El poder, primero: Sin poder no se puede hacer nada en tu nombre. Se otorga desde tu país y es lo primero que hay que mover, porque conseguir cita consular puede llevar semanas y el plazo del impuesto ya está corriendo. - El NIE, en paralelo: Hace falta para liquidar el impuesto de sucesiones y para que un inmueble se inscriba a tu nombre en el registro. Se puede pedir a la vez que se prepara el resto, y conviene, porque es de lo que más tarda. - Los certificados: Defunción, últimas voluntades y seguros de vida. Se piden en España y no requieren tu presencia. Con ellos se sabe si hay testamento y quién hereda. - Escritura de adjudicación: La firma en España quien tenga tu poder, ante notario colegiado. Ahí se reparte y se adjudica lo que hereda cada uno. - Impuesto y plusvalía: Se liquidan telemáticamente. Como no residente puedes aplicar la normativa de la comunidad autónoma que corresponda, que en algunas cambia mucho la factura. - Inscripción y entrega: Si hay inmueble, se inscribe a tu nombre en el Registro de la Propiedad. Recibes las copias donde vivas. --- ## SERVICIO 5: Poder especial para venta de inmueble **URL:** https://notaria-online.com/poder-especial-venta-inmueble-online/ **Plazo:** 24–48 h **Precio:** desde 250 € + IVA Delega la firma de la escritura de compraventa en una persona de confianza. Tramitado online con plena validez jurídica, listo en menos de 48 horas desde que tenemos la documentación. Incluye: - Redacción del poder de venta: Redactamos el poder especial ajustado exactamente al inmueble que vas a vender: dirección, referencia catastral y condiciones de venta. - Cita por videoconferencia: Como es un poder para un acto concreto, lo firmas ante notario por videollamada desde cualquier lugar del mundo. Sin desplazamientos. - Envío al apoderado: Enviamos el poder original al apoderado (la persona que firmará la venta en tu nombre) a su domicilio o a la notaría. - Asesoramiento sobre facultades: Te aconsejamos qué facultades incluir para que la venta se pueda completar sin imprevistos: firma de escritura, cobro del precio, liquidación de impuestos, etc. - Asesor notarial especializado: Un especialista en poderes de compraventa gestiona tu caso de principio a fin y coordina con el notario. - Cobertura para expatriados: Si estás en el extranjero, también podemos tramitarlo. La firma puede ser ante notario local con apostilla de La Haya o por videoconferencia con notario español. --- ## SERVICIO 6: Poder preventivo notarial **URL:** https://notaria-online.com/poder-preventivo-notarial-online/ **Plazo:** 24–48 h **Precio:** desde 250 € + IVA El poder preventivo —también conocido popularmente como "poder de ruina"— permite que alguien de tu confianza gestione tus asuntos si en el futuro no puedes hacerlo tú. Lo preparamos online y lo firmas en persona ante notario, antes de que sea demasiado tarde. Incluye: - Asesoramiento personalizado: Te explicamos todas las opciones: poder preventivo clásico, poder con cláusula de subsistencia o poder con activación futura. Te recomendamos el más adecuado para tu situación. - Redacción del poder: Redactamos el poder preventivo adaptado a tus necesidades: gestión económica, inmuebles, cuentas bancarias, decisiones médicas, representación ante administraciones. - Firma en persona ante notario: La ley no permite firmar el poder preventivo por videoconferencia. El otorgante debe estar en plenas facultades en el momento de la firma: cuanto antes, mejor. - Cláusula de subsistencia: Incluimos la cláusula que garantiza que el poder mantiene su validez aunque el otorgante sea declarado incapaz judicialmente. Fundamental para que surta efecto cuando más se necesita. - Inscripción en Registro Civil: Tramitamos la inscripción del poder preventivo en el Registro Civil para que las entidades financieras y administraciones puedan verificarlo. - Orientación para la familia: Informamos a los familiares sobre cómo usar el poder cuando sea necesario y qué entidades lo aceptan. --- ## SERVICIO 7: Poder notarial para herencia **URL:** https://notaria-online.com/poder-notarial-para-herencia-online/ **Plazo:** 24–48 h **Precio:** desde 250 € + IVA Si eres heredero y no puedes asistir a la firma de la herencia en España, un poder notarial especial permite que una persona de confianza la tramite en tu nombre con plena validez legal. Incluye: - Aceptación o renuncia a la herencia: Tu apoderado puede aceptar o renunciar a la herencia en tu nombre ante el notario encargado de la sucesión. - Firma de la escritura de herencia: El apoderado firma la escritura de partición y adjudicación de la herencia en tu nombre. - Gestión con el banco: Facultades para gestionar las cuentas bancarias del fallecido, reclamar saldos y distribuir el dinero entre herederos. - Inscripción de inmuebles: Trámites en el Registro de la Propiedad para inscribir los bienes inmuebles heredados a nombre de los herederos. - Liquidación del impuesto de sucesiones: El apoderado puede presentar y pagar el impuesto de sucesiones en la Comunidad Autónoma correspondiente. - Solicitud de certificado de últimas voluntades: Obtener el certificado que acredita si el fallecido dejó testamento y ante qué notario, trámite previo imprescindible. --- ## SERVICIO 8: Poder general notarial **URL:** https://notaria-online.com/poder-general-notarial-online/ **Plazo:** 24–48 h **Precio:** desde 250 € + IVA El poder general notarial es el más amplio que existe. Autoriza a una persona a actuar en tu nombre en todos los ámbitos de tu vida jurídica y económica. Lo preparamos online y te coordinamos la firma en persona ante notario. Incluye: - Gestión bancaria completa: Administrar cuentas, abrir y cancelar depósitos, contratar préstamos, operar con valores y todo tipo de operaciones financieras. - Compraventa de inmuebles: Comprar y vender propiedades, fincas, locales y cualquier bien inmueble en tu nombre. - Trámites fiscales y tributarios: Presentar declaraciones de impuestos, gestionar expedientes con la Agencia Tributaria y liquidar tributos en tu nombre. - Representación judicial y administrativa: Actuar ante tribunales, organismos públicos, notarías, registros y cualquier entidad administrativa o privada. - Gestión de herencias y sucesiones: Aceptar o renunciar herencias, firmar escrituras de partición y gestionar todo el proceso sucesorio. - Gestión mercantil y empresarial: Representar a la persona en juntas de socios, firmar contratos mercantiles, constituir o disolver sociedades. --- ## SERVICIO 9: Poderes Internacionales con Apostilla **URL:** https://notaria-online.com/poderes-notariales-internacionales-online/ **Plazo:** 10–14 días **Precio:** desde 250 € + IVA --- ## SERVICIO 10: Constitución de SL **URL:** https://notaria-online.com/constitucion-de-sociedad-limitada-en-7-horas/ **Plazo:** 7 h **Precio:** desde 350 € + IVA Preparamos la documentación y coordinamos la escritura, el NIF y la inscripción. Antes de empezar, aclaramos qué incluye el presupuesto y qué modalidad de firma corresponde a tu empresa. Incluye: - Nombre de la sociedad: Tramitación de la certificación negativa de denominación para el nombre elegido. - Socios, actividad y estatutos: Definimos las participaciones, el objeto social, el domicilio y el órgano de administración. - Capital y documentación: Revisamos cómo acreditar las aportaciones y la identificación de socios y administradores. - Escritura ante notario: Coordinamos la firma y confirmamos si se cumplen los requisitos para la videoconferencia. - NIF y obligaciones iniciales: Gestionamos los trámites fiscales incluidos en el encargo, según actividad y circunstancias. - Seguimiento registral: Coordinamos la presentación y el seguimiento de la inscripción, incluidos los posibles requerimientos. --- ## SERVICIO 11: Sociedad sin Administrador (SASA) **URL:** https://notaria-online.com/sociedad-sin-administrador-online/ **Plazo:** consultar **Precio:** consultar Poder especial apostillado y documentación notarial española para constituir y operar tu Aksjeselskap (AS) en Noruega sin crear establecimiento permanente involuntario en España. Incluye: - Poder especial ante notario español: Redactamos y formalizamos un poder notarial especial adaptado a los requisitos del registro noruego (Brønnøysundregistrene). - Apostilla de La Haya: Gestionamos la apostilla del poder notarial para que tenga validez en Noruega sin necesidad de legalización consular. - Asesoría sobre establecimiento permanente: Te informamos sobre los riesgos fiscales de operar desde España para que tu estructura societaria no genere un establecimiento permanente involuntario. - Traducción jurada si necesaria: Si el registro noruego requiere traducción jurada del poder al noruego o inglés, la gestionamos con traductores acreditados. --- ## SERVICIO 12: Disolución y liquidación de sociedad **URL:** https://notaria-online.com/disolucion-y-liquidacion-de-sociedad/ **Plazo:** consultar **Precio:** consultar Cerramos tu Sociedad Limitada de forma ordenada y legal: acuerdo de disolución, nombramiento de liquidador, liquidación de deudas y cancelación en el Registro Mercantil. Todo online. Incluye: - Acuerdo de disolución en Junta General: Preparamos el acta de la Junta General de socios con el acuerdo de disolución de la sociedad y el nombramiento del liquidador. - Escritura notarial de disolución: Elevamos los acuerdos de disolución a escritura pública ante notario colegiado. Documento imprescindible para inscribir la disolución en el Registro Mercantil. - Liquidación de deudas y activos: Te asesoramos en la liquidación: cobro de créditos, pago de deudas, venta de activos y distribución del remanente entre los socios. - Balance final de liquidación: Preparamos el balance final de liquidación que aprueba la Junta General antes de proceder al reparto del haber social entre los socios. - Cancelación en el Registro Mercantil: Presentamos la escritura de liquidación en el Registro Mercantil para la cancelación definitiva de los asientos. La sociedad queda legalmente extinguida. - Baja en AEAT y Seguridad Social: Te asesoramos en los trámites fiscales: presentación de modelos tributarios pendientes, baja censal en la AEAT y baja de trabajadores en la Seguridad Social. --- ## SERVICIO 13: Compraventas Online **URL:** https://notaria-online.com/compraventas-online/ **Plazo:** según acuerdo **Precio:** desde 250 € + IVA Nuestro equipo de expertos gestiona y tramita tu escritura de compraventa online y coordina la firma ante notario, asegurando una transacción segura, rápida y con plena validez jurídica. Incluye: - Revisión legal del contrato de arras: Analizamos el contrato de arras o reserva para proteger tus intereses antes de formalizar la compraventa. - Preparación de la escritura pública: Redactamos la escritura de compraventa con todos los datos y condiciones acordadas entre comprador y vendedor. - Gestión fiscal (ITP / IVA y AJD): Calculamos y gestionamos el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o IVA + Actos Jurídicos Documentados según corresponda. - Coordinación con notaría y banco: Gestionamos la cita ante notario y coordinamos con el banco del comprador si hay hipoteca de por medio. - Inscripción en el Registro de la Propiedad: Tramitamos la inscripción de la escritura en el Registro para que la propiedad quede a tu nombre de forma oficial. - Asesoría jurídica completa: Un experto resuelve todas tus dudas durante el proceso y te acompaña desde la firma hasta la inscripción final. --- ## SERVICIO 14: Donaciones Online **URL:** https://notaria-online.com/donaciones-online/ **Plazo:** 48 h **Precio:** desde 250 € + IVA No esperes a la herencia para repartir tu patrimonio. Te ayudamos a realizar donaciones de bienes a tus familiares de forma legal, segura y con todo el trámite online. Incluye: - Asesor jurídico especializado: Un experto en donaciones analiza tu situación y te orienta sobre la mejor forma de estructurar la donación para minimizar la carga fiscal. - Redacción de la escritura de donación: Preparamos la escritura pública de donación con todos los datos y condiciones que tú elijas, adaptada al tipo de bien donado. - Gestión del impuesto de donaciones: Calculamos el impuesto de donaciones aplicable en tu comunidad autónoma y gestionamos su liquidación ante Hacienda. - Cita con el notario: Coordinamos la cita en una notaría cerca de vosotros. Si el donante o el donatario no puede ir, preparamos un poder para que firme otra persona. - Inscripción en el Registro (si aplica): Si la donación incluye bienes inmuebles, tramitamos su inscripción en el Registro de la Propiedad a nombre del donatario. - Trámite online: La documentación y la gestión fiscal se hacen online. Solo acudes a la notaría el día de la firma. --- ## SERVICIO 15: Testamentos Online **URL:** https://notaria-online.com/testamentos-online/ **Plazo:** 24–48 h **Precio:** desde 125 € + IVA Preparamos tu testamento desde casa y te reservamos la firma con un notario colegiado cerca de ti. La ley exige firmar en persona; todo lo demás lo hacemos online. Incluye: - Un solo desplazamiento: Consulta, borrador y cita se gestionan online. Solo acudes a la notaría el día de la firma: la ley (Ley 11/2023) no permite otorgar testamento por videoconferencia. - Asesoría personalizada: Un experto jurídico te acompañará durante todo el proceso, resolviendo tus dudas y orientándote sobre la mejor forma de estructurar tu testamento. - Testamento ológrafo o notarial: Te asesoramos sobre el tipo de testamento que mejor se adapta a tu situación: testamento notarial abierto, cerrado u ológrafo manuscrito. - Inscripción en Registro: Gestionamos la inscripción de tu testamento en el Registro General de Actos de Última Voluntad para que conste oficialmente. - Múltiples tipos: Ya sea para proteger a tu familia, gestionar tu patrimonio o designar herederos y legatarios, adaptamos el testamento a tus necesidades concretas. - Confidencial y seguro: Tu testamento queda protocolizado con todas las garantías de seguridad y confidencialidad que exige la ley notarial española. --- ## SERVICIO 16: Apostilla de La Haya **URL:** https://notaria-online.com/apostilla-de-la-haya-online/ **Plazo:** 5–10 días **Precio:** desde 50 € + IVA Da validez internacional a tus documentos españoles de forma rápida y segura. Gestionamos todo el proceso de apostillado sin que tengas que moverte de casa. Incluye: - Análisis del documento: Revisamos el tipo de documento y determinamos qué organismo debe emitir la apostilla (Ministerio de Justicia, Exteriores u otros). - Gestión ante el organismo: Tramitamos la apostilla ante el Ministerio de Justicia, Ministerio de Asuntos Exteriores o Tribunal Superior de Justicia correspondiente. - Seguimiento del trámite: Te mantenemos informado de cada paso del proceso y los plazos de resolución por parte del organismo competente. - Traducción jurada si es necesaria: Si el país de destino requiere traducción del documento, coordinamos con traductores jurados oficiales. - Envío a domicilio: Una vez apostillado, enviamos el documento a tu domicilio o al destinatario final en cualquier punto del mundo. - Sin desplazamientos: No necesitas acudir a ninguna oficina. Gestionamos todo de forma online y te mantenemos informado en todo momento. --- ## SERVICIO 17: Compulsa de documentos **URL:** https://notaria-online.com/compulsa-de-documentos-online/ **Plazo:** 24 h **Precio:** consultar Obtén copias compulsadas de tus documentos con plena validez legal sin necesidad de acudir a ninguna oficina. Nuestros gestores coordinan todo el proceso de forma ágil y segura. --- ## SERVICIO 18: Jura de Nacionalidad Española **URL:** https://notaria-online.com/jura-de-nacionalidad-espana/ **Plazo:** según disponibilidad **Precio:** consultar ¿Te han concedido la nacionalidad española? Te ayudamos con todos los trámites: desde la preparación de la documentación hasta la coordinación del acto de jura ante notario o Registro Civil. Incluye: - Revisión de la resolución: Analizamos la resolución de concesión de nacionalidad y verificamos los plazos y requisitos específicos de tu caso. - Preparación de documentación: Te indicamos exactamente qué documentos necesitas y en qué formato, incluyendo traducciones y apostillas si son necesarias. - Coordinación de la cita: Gestionamos la cita ante notario o Juzgado de Registro Civil para el acto de jura o promesa de nacionalidad. - Asesoramiento durante el acto: Te preparamos para el acto de jura y te explicamos qué esperar en el momento de la comparecencia. - Inscripción en el Registro Civil: Una vez realizado el acto, coordinamos la inscripción de la nacionalidad en el Registro Civil. - Gestión del DNI y pasaporte: Te orientamos sobre los pasos siguientes: obtención del DNI español y el pasaporte una vez inscrita la nacionalidad. --- ## SERVICIO 19: Pareja de Hecho **URL:** https://notaria-online.com/pareja-de-hecho-online/ **Plazo:** 24–48 h **Precio:** consultar --- ## SERVICIO 20: Capitulaciones matrimoniales **URL:** https://notaria-online.com/capitulaciones-matrimoniales-online/ **Plazo:** consultar **Precio:** consultar Prepara online el régimen económico de tu matrimonio y fírmalo en persona ante notario. Separación de bienes, gananciales o régimen de participación — con plena validez legal en toda España. Incluye: - Asesoramiento sobre el régimen económico: Te explicamos las diferencias entre separación de bienes, gananciales y participación para que elijas el régimen más adecuado a vuestra situación. - Redacción de la escritura notarial: Un notario colegiado redacta las capitulaciones adaptadas a vuestra situación concreta, incluyendo bienes privativos, aportaciones y pactos específicos. - Firma ante notario: Ambos cónyuges o futuros cónyuges firman la escritura de capitulaciones ante notario. Si uno no puede ir, preparamos un poder. - Inscripción en el Registro Civil: Gestionamos la inscripción de las capitulaciones en el Registro Civil y en el Registro de la Propiedad si hay inmuebles que afectar. - Modificación de capitulaciones anteriores: Si ya tienes capitulaciones y quieres modificar el régimen (p.ej. pasar de gananciales a separación de bienes), también lo gestionamos. - Pactos prematrimoniales internacionales: Para parejas de distinta nacionalidad, redactamos capitulaciones adaptadas al Reglamento (UE) 2016/1103 sobre regímenes económicos matrimoniales internacionales. --- ## SERVICIO 21: Certificado de últimas voluntades **URL:** https://notaria-online.com/certificado-de-ultimas-voluntades/ **Plazo:** consultar **Precio:** consultar El certificado que certifica si el fallecido dejó testamento y ante qué notario. Paso previo obligatorio para cualquier herencia en España. Lo gestionamos nosotros, sin que te muevas de casa. Incluye: - Solicitud al Registro de Actos de Última Voluntad: Presentamos la solicitud oficial al Ministerio de Justicia en tu nombre, con toda la documentación requerida. - Obtención del certificado de defunción: Si aún no lo tienes, te ayudamos a obtener el certificado de defunción del Registro Civil, también necesario para la solicitud. - Pago de la tasa oficial: Gestionamos el pago de la tasa modelo 790 (3,86€) ante la Agencia Tributaria en tu nombre. - Entrega del certificado: Recibes el certificado directamente. Si lo precisas en papel, te lo enviamos a tu domicilio; si lo necesitas digital, por email. - Asesoramiento sobre siguientes pasos: Te explicamos qué hacer con el certificado: si hay testamento, iniciamos la herencia; si no hay, gestionamos la declaración de herederos. --- ## SERVICIO 22: Revocación de poderes notariales **URL:** https://notaria-online.com/revocacion-de-poderes-notariales/ **Plazo:** 24 h **Precio:** consultar Cancela cualquier poder notarial que hayas otorgado previamente: poderes generales, de representación, hipotecarios o para asuntos concretos. Proceso 100% online ante notario colegiado. Incluye: - Escritura de revocación ante notario: Redactamos y coordinamos la firma de la escritura notarial de revocación. El poder queda sin efecto desde el momento de la firma. - Revocación de cualquier tipo de poder: Poderes generales, específicos, para compraventa, hipotecarios, de administración de negocios, representación ante organismos públicos, etc. - Notificación fehaciente al apoderado: Si lo necesitas, le comunicamos la revocación al apoderado de forma fehaciente, con acuse de recibo, para evitar que siga actuando en tu nombre. - Comunicación a entidades bancarias: Si el poder fue otorgado para operar con bancos, te asesoramos sobre cómo notificarlo a las entidades financieras para que quede bloqueado en sus sistemas. - Asesoramiento sin compromiso: Te explicamos qué consecuencias tiene la revocación y qué pasos tomar si el apoderado ha realizado actos no autorizados antes de la revocación. --- ## SERVICIO 23: NIE Online (Número de Identidad de Extranjero) **URL:** https://notaria-online.com/nie-online/ **Plazo:** 1–3 semanas **Precio:** desde 150 € + IVA Tramitamos tu Número de Identidad de Extranjero (NIE) de principio a fin. Preparamos el poder notarial, gestionamos la cita en la oficina de extranjería y recogemos tu NIE. Tú solo envías la documentación. Incluye: - Poder notarial para representación: Redactamos y formalizamos un poder notarial específico que autoriza a nuestro equipo a solicitar el NIE en tu nombre ante la oficina de extranjería. - Compulsa de pasaporte: Realizamos la compulsa notarial de tu pasaporte, documento obligatorio para la solicitud del NIE. - Apostilla de La Haya: Si firmas el poder desde fuera de España, gestionamos la apostilla para que tenga validez ante las autoridades españolas. - Gestión de cita en extranjería: Obtenemos la cita previa en la oficina de extranjería correspondiente. Este es el paso que más tiempo ahorra: las citas pueden tardar semanas en estar disponibles. - Presentación y recogida del NIE: Acudimos a la cita en tu nombre, presentamos la solicitud y recogemos el certificado de asignación de NIE. Te lo enviamos en formato digital. - Asesoramiento sobre documentación: Te indicamos exactamente qué documentos necesitas según tu situación: compra de vivienda, herencia, trabajo, apertura de cuenta bancaria u otro motivo. --- ## SERVICIO 24: TIE — Tarjeta de Identidad de Extranjero **URL:** https://notaria-online.com/tie-tarjeta-identidad-extranjero/ **Plazo:** 1–3 meses **Precio:** consultar Preparamos toda la documentación notarial que necesitas para solicitar o renovar tu TIE: poder notarial para representación, compulsa de pasaporte y apostilla de documentos. Te asesoramos sobre los requisitos según tu tipo de autorización. Incluye: - Asesoramiento personalizado: Analizamos tu caso según el tipo de autorización (residencia, trabajo, estudios, nómada digital, arraigo) y te indicamos la documentación exacta que necesitas para solicitar o renovar la TIE. - Poder notarial para representación: Si no puedes acudir personalmente a la cita de toma de huellas, redactamos un poder notarial específico para que un representante gestione la solicitud ante la comisaría o la Oficina de Extranjeros. - Compulsa de pasaporte y documentos: Realizamos la compulsa notarial de tu pasaporte y de cualquier otro documento que la oficina de extranjería requiera para la solicitud de la TIE. - Apostilla de La Haya: Si necesitas presentar documentos emitidos fuera de España (antecedentes penales, certificados de nacimiento, títulos), gestionamos la apostilla para que tengan validez ante las autoridades españolas. - Traducción jurada: Coordinamos la traducción jurada de documentos extranjeros al español cuando la oficina de extranjería lo exige: certificados, contratos o resoluciones. - Revisión de documentación completa: Antes de tu cita, revisamos que tengas todo en orden: formulario EX-17, tasa 790 código 012, fotos, empadronamiento y justificante de la autorización. Así evitas rechazos y segundas visitas. --- ## SERVICIO 25: Certificado de Registro de Ciudadano de la UE **URL:** https://notaria-online.com/certificado-registro-ciudadano-ue/ **Plazo:** en el acto **Precio:** consultar Si eres ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza y vas a vivir en España más de 3 meses, necesitas este certificado. Te asesoramos sobre los requisitos según tu situación (trabajo, estudios, jubilación) y preparamos la documentación. Incluye: - Asesoramiento por categoría: Analizamos tu caso según tu situación: trabajador por cuenta ajena, autónomo, estudiante, jubilado o persona con medios económicos propios. Cada categoría tiene requisitos distintos. - Compulsa de documentos: Si necesitas presentar copias compulsadas de tu pasaporte, DNI europeo, contrato de trabajo o título universitario, las preparamos con validez notarial. - Gestión del seguro médico: Si eres jubilado o persona con medios propios, necesitas un seguro privado sin copagos. Te orientamos sobre las pólizas que cumplen los requisitos de extranjería. - Traducción jurada: Si tus documentos están en un idioma distinto al español (contratos de trabajo, certificados de pensión, pólizas de seguro), coordinamos la traducción jurada. - Revisión completa antes de la cita: Revisamos que toda la documentación esté correcta antes de tu cita: formulario EX-18, pasaporte/DNI, justificante de situación y tasa 790. Así evitas rechazos. --- ## PRECIOS **URL:** https://notaria-online.com/precios/ Los aranceles notariales son fijados por el Gobierno y son iguales en todas las notarías de España. Los precios mostrados son los honorarios de gestión de Notaría Online (+ IVA). Los aranceles notariales y gastos registrales se facturan aparte. | Servicio | Precio | Detalle | |----------|--------|---------| | Poderes Notariales | desde 250 € + IVA | Aranceles incluidos | | Constitución de SL | desde 350 € + IVA | Aranceles incluidos, 24h | | Herencias | desde 600 € + IVA | Proceso completo | | Compraventas | desde 250 € + IVA | Revisión jurídica incluida | | Donaciones | desde 250 € + IVA | Escritura en 48h | | Testamentos | desde 125 € + IVA | Asesoramiento incluido | | NIE Online | desde 150 € + IVA | Cita y tasa incluidas | | TIE (Tarjeta Extranjero) | consultar | Documentación notarial | | Certificado Registro UE | consultar | Ciudadanos UE/EEE/Suiza | | Cancelación Hipoteca | desde 200 € + IVA | Registro incluido | | Apostilla de La Haya | desde 50 € + IVA | Gestión completa | Nota: los aranceles notariales y gastos registrales se facturan aparte según la normativa vigente. El AJD en cancelación de hipoteca está exento desde 2018. --- ## Casos de uso frecuentes - Necesito vender mi piso pero vivo en el extranjero → Poder especial para venta de inmueble - Necesito el NIE para comprar casa en España → NIE Online - Tengo permiso de residencia y necesito la tarjeta física (TIE) → TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) - Soy europeo y quiero vivir en España → Certificado de Registro de Ciudadano de la UE - Ha fallecido un familiar y hay herencia → Herencias Online - Quiero montar una empresa rápido → Constitución de SL en 7 horas - Necesito donar dinero o un piso a mi hijo → Donaciones Online - Necesito apostillar un documento para el extranjero → Apostilla de La Haya --- ## CÓMO FUNCIONA **URL:** https://notaria-online.com/procedimiento-notaria-online/ 1. Solicitud online mediante formulario en la web 2. Contacto del gestor asignado en menos de 24 h 3. Preparación del documento por el equipo jurídico 4. Videoconferencia con el notario: identificación, lectura y firma 5. Firma digital con plena validez jurídica 6. Gestiones posteriores: liquidación de impuestos, inscripción registral, envío de copias --- ## PREGUNTAS FRECUENTES — 158 PREGUNTAS DE CLIENTES ### Categoría: Modificación de estatutos **P: ¿Cuánto cuesta modificar los estatutos?** R: Los costes dependen de la complejidad de la modificación. Como referencia: aranceles notariales (150-350 €), inscripción en el Registro Mercantil (100-200 €) y nuestros honorarios de gestión. Si la modificación afecta a varias cláusulas, se puede hacer todo en una sola escritura. URL: https://notaria-online.com/faq/cuanto-cuesta-modificar-estatutos-sl/ **P: ¿Cuándo hay que modificar los estatutos de una SL?** R: Siempre que quieras cambiar cualquier cláusula de los estatutos: objeto social, denominación, domicilio, régimen de administración, reglas de transmisión de participaciones, ejercicio social, capital social, etc. También cuando la ley exija adaptar los estatutos a nuevas normativas. URL: https://notaria-online.com/faq/cuando-modificar-estatutos-sl/ **P: ¿Qué mayoría se necesita para modificar los estatutos?** R: Se necesita el voto favorable de más de la mitad de las participaciones en que se divide el capital social (artículo 199 de la Ley de Sociedades de Capital). Los estatutos pueden exigir una mayoría superior, pero nunca inferior. Para ciertos cambios (como la obligación de nuevas prestaciones o limitaciones a la transmisión de participaciones) se puede necesitar unanimidad. URL: https://notaria-online.com/faq/mayoria-necesaria-modificar-estatutos/ ### Categoría: Ampliación de capital **P: ¿Qué es una ampliación de capital?** R: Es el acto por el cual se aumenta el capital social de una sociedad mediante nuevas aportaciones de los socios o la capitalización de reservas. Requiere acuerdo de la junta general, escritura pública e inscripción en el Registro Mercantil. URL: https://notaria-online.com/faq/que-es-ampliacion-capital-sl/ **P: ¿Cuánto cuesta una ampliación de capital?** R: Los costes incluyen: aranceles notariales (150-400 € según el capital), inscripción en el Registro Mercantil (100-200 €) y nuestros honorarios de gestión. El Impuesto de Operaciones Societarias (1%) fue eliminado en 2010, por lo que la ampliación está exenta de impuestos. URL: https://notaria-online.com/faq/cuanto-cuesta-ampliacion-capital/ **P: ¿Se puede ampliar capital sin aportar dinero nuevo?** R: Sí, mediante la ampliación con cargo a reservas. Se capitalizan beneficios acumulados en la cuenta de reservas, convirtiéndolos en capital social. Los socios no aportan dinero nuevo, pero se emiten nuevas participaciones o se aumenta el valor nominal de las existentes. URL: https://notaria-online.com/faq/ampliacion-capital-con-cargo-reservas/ ### Categoría: Cese y nombramiento **P: ¿Cuánto tarda cambiar el administrador de una SL?** R: Entre 1 y 3 semanas. El proceso incluye: acuerdo de junta, aceptación del cargo, escritura ante notario e inscripción en el Registro Mercantil. La inscripción registral es el paso que más tarda (5-15 días hábiles según la provincia). URL: https://notaria-online.com/faq/cuanto-tarda-cambiar-administrador-sl/ **P: ¿Puede un administrador dimitir sin que haya junta?** R: Sí. El administrador puede renunciar en cualquier momento sin necesidad de que la junta lo apruebe. Basta con una notificación fehaciente a la sociedad (por ejemplo, un burofax o una escritura notarial de renuncia). Ahora bien, la renuncia solo se puede inscribir en el Registro Mercantil cuando la sociedad nombre un sustituto. Mientras tanto, el administrador dimisionario puede seguir figurando en el registro. URL: https://notaria-online.com/faq/administrador-puede-dimitir-sin-junta/ **P: ¿Se puede cambiar de administrador único a consejo?** R: Sí. El cambio de estructura de administración (de administrador único a solidarios, mancomunados o consejo de administración, y viceversa) requiere modificación de los estatutos sociales. Por tanto, necesitas: acuerdo de junta general con mayoría reforzada, escritura notarial e inscripción en el Registro Mercantil. URL: https://notaria-online.com/faq/cambiar-tipo-administracion-sl/ ### Categoría: Traslado de domicilio **P: ¿El traslado dentro de la misma provincia necesita junta?** R: Depende de lo que digan los estatutos. En muchos casos, los estatutos permiten que el administrador acuerde el traslado dentro de la misma localidad o dentro de la misma provincia sin necesidad de convocar junta general. Si los estatutos no lo prevén, o si el traslado es a otra provincia, hace falta acuerdo de la junta general. URL: https://notaria-online.com/faq/traslado-domicilio-misma-provincia/ **P: ¿Cuánto cuesta trasladar el domicilio social?** R: Los costes habituales son: aranceles notariales (150-250 €), inscripción en el Registro Mercantil (100-150 €) y nuestros honorarios de gestión. Si el traslado es a otra provincia, los costes registrales se duplican porque hay que inscribir en dos registros (el de origen y el de destino). URL: https://notaria-online.com/faq/cuanto-cuesta-trasladar-domicilio-sl/ ### Categoría: Constitución de Sociedades **P: ¿Cuánto paga de impuestos una SL nueva?** R: El tipo del 15 % para determinadas entidades de nueva creación está sujeto a requisitos y exclusiones. Cuando procede, se aplica al primer período impositivo con base imponible positiva y al siguiente; no equivale automáticamente a los dos primeros años desde la constitución. Revisamos la actividad, las circunstancias y la normativa aplicable al ejercicio antes de calcular la tributación. URL: https://notaria-online.com/faq/impuestos-sl-nueva-creacion-15-porciento/ **P: ¿Cuánto se tarda en constituir una SL?** R: Hay que distinguir la preparación, la firma, el NIF y la inscripción. La referencia de 7 horas no debe interpretarse como una garantía de todo el proceso desde la primera consulta. La denominación, la documentación, la agenda notarial y la calificación registral condicionan el plazo. Te damos una previsión tras revisar el expediente. URL: https://notaria-online.com/faq/tiempo-constituir-sociedad-limitada-circe/ **P: ¿Cuál es el capital mínimo para constituir una SL?** R: ¿Puedo constituir una SL con 1 euro?Sí. El mínimo legal es 1 €. Mientras el capital no alcance 3.000 €, debe destinarse a reserva legal al menos el 20 % del beneficio hasta que capital y reserva sumen esa cifra. En liquidación, si el patrimonio no basta para pagar las deudas, los socios responden solidariamente de la diferencia entre 3.000 € y el capital suscrito.El capital debe ajustarse también a las necesidades reales del negocio. No es lo mismo el mínimo permitido que el dinero necesario para operar. URL: https://notaria-online.com/faq/capital-minimo-sociedad-limitada/ **P: ¿Cuánto cuesta constituir una SL en España?** R: El servicio parte de 350 € + IVA. El presupuesto detalla la gestión y los aranceles de escritura incluidos. Los honorarios registrales no están incluidos. El capital social se aporta a la sociedad por separado y no es un gasto de gestión. URL: https://notaria-online.com/faq/cuanto-cuesta-constituir-sl-espana/ **P: ¿SL o autónomo? ¿Qué me conviene más?** R: Depende del riesgo de la actividad, los socios, la inversión, los costes administrativos y la situación fiscal. La SL tiene personalidad jurídica y obligaciones contables y mercantiles propias. No existe una cifra universal de facturación que haga preferible una opción: conviene comparar el coste total y las responsabilidades de cada caso. URL: https://notaria-online.com/faq/sl-vs-autonomo-que-conviene/ **P: ¿Qué es el sistema CIRCE y por qué es más rápido?** R: CIRCE permite coordinar trámites de creación de empresas mediante el Documento Único Electrónico (DUE). Puede utilizarse a través de un Punto de Atención al Emprendedor o, en los procedimientos habilitados, por el propio interesado mediante el PAE Virtual. No elimina la escritura notarial ni la inscripción registral. URL: https://notaria-online.com/faq/que-es-sistema-circe-sl/ **P: ¿Puede un extranjero constituir una SL en España?** R: Una persona extranjera o no residente puede ser socia de una SL española. Revisamos su identificación, NIF o NIE aplicable, residencia, representación y documentación. Si interviene una entidad extranjera pueden necesitarse documentos societarios, traducción y legalización o apostilla. La constitución no concede por sí sola permiso de residencia o trabajo. URL: https://notaria-online.com/faq/extranjero-constituir-empresa-espana/ **P: ¿Puedo crear una SL con un solo socio?** R: Sí. Una SL con un único socio es una Sociedad Limitada Unipersonal (SLU). La unipersonalidad debe constar en escritura e inscribirse en el Registro Mercantil. Deben cumplirse también las obligaciones de documentación de decisiones y contratos entre el socio único y la sociedad. URL: https://notaria-online.com/faq/sl-unipersonal-un-solo-socio/ **P: ¿Qué pasos tiene la constitución de una SL?** R: Primero se prepara la denominación, la identificación de los socios, el capital y los estatutos. Después se firma la escritura y se coordinan el NIF, las declaraciones de inicio y la inscripción registral. Cada fase tiene requisitos propios; confirmamos el calendario tras revisar la documentación. URL: https://notaria-online.com/faq/pasos-constituir-sl-online/ **P: ¿Puedo constituir una SL online sin ir al notario?** R: La constitución con aportaciones dinerarias puede autorizarse por videoconferencia mediante el procedimiento notarial habilitado, si se cumplen sus requisitos. Las aportaciones no dinerarias quedan fuera de esa vía. El notario puede requerir comparecencia física en los supuestos previstos legalmente. URL: https://notaria-online.com/faq/constituir-sl-online-sin-desplazarse/ ### Categoría: Certificado UE **P: ¿Qué es el Certificado de Registro de Ciudadano de la UE?** R: Es el documento que acredita que un ciudadano de la UE, del EEE (Noruega, Islandia, Liechtenstein) o de Suiza reside legalmente en España. Es un folio verde tamaño A4 que contiene tu NIE, nombre, nacionalidad, dirección y fecha de registro. Lo regula el Real Decreto 240/2007.Es obligatorio si vas a vivir en España más de 3 meses. Debes solicitarlo en los primeros 3 meses desde tu llegada. No es lo mismo que la TIE, que es para ciudadanos no comunitarios. URL: https://notaria-online.com/faq/que-es-certificado-registro-ciudadano-ue/ **P: ¿Quién necesita el Certificado de Registro de Ciudadano de la UE?** R: Todo ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza que vaya a residir en España más de 90 días. Esto incluye trabajadores por cuenta ajena, autónomos, estudiantes, jubilados y personas con medios económicos propios.Los ciudadanos británicos que llegaron a España después del 1 de enero de 2021 ya no pueden obtener este certificado. Al ser post-Brexit, se consideran no comunitarios y necesitan solicitar un visado y la TIE. URL: https://notaria-online.com/faq/quien-necesita-certificado-registro-ue/ **P: ¿Cuánto cuesta el Certificado de Registro UE?** R: La tasa oficial es de aproximadamente 12 € (modelo 790, código 012, tarifa para familiares de ciudadanos UE y certificados de registro). Se paga antes de la cita en cualquier banco colaborador.Es una de las tasas más bajas en materia de extranjería. No hay costes adicionales por parte de la administración. URL: https://notaria-online.com/faq/cuanto-cuesta-certificado-registro-ue/ **P: ¿Qué requisitos tiene el certificado UE para jubilados?** R: Los jubilados y personas con medios propios deben acreditar dos cosas:Seguro médico privado contratado con una aseguradora autorizada en España, sin copagos, sin periodos de carencia y con cobertura equivalente al sistema público. Cobertura mínima de 30.000 €.Medios económicos suficientes para no ser una carga para el sistema de asistencia social español. La ley no fija un mínimo exacto para ciudadanos UE (a diferencia del 400% IPREM que se exige a no comunitarios), pero en la práctica necesitas demostrar ingresos o patrimonio: pensión, rentas, ahorros en cuenta, inmuebles, etc.Puedes acreditarlo con: certificados de pensión, extractos bancarios, títulos de propiedad, documentación de rentas o tarjetas de crédito con certificación bancaria de saldo disponible. URL: https://notaria-online.com/faq/requisitos-certificado-ue-jubilado/ **P: ¿El Certificado de Registro UE caduca?** R: El certificado inicial tiene una validez de 5 años. Una vez transcurridos 5 años de residencia continuada y legal en España, puedes solicitar el Certificado de Residencia Permanente de Ciudadano de la UE, que es válido 10 años y renovable.El derecho a residir en España como ciudadano de la UE no caduca mientras cumplas las condiciones. El certificado es un registro, no un permiso: tu derecho viene del Tratado de la UE. URL: https://notaria-online.com/faq/certificado-ue-caduca/ **P: ¿Los británicos pueden obtener el Certificado de Registro UE?** R: Depende de cuándo llegaron a España:Antes del 1 de enero de 2021: los británicos que ya residían legalmente en España están protegidos por el Acuerdo de Retirada (Artículo 50 TUE). Se les emitió una TIE especial "Artículo 50 TUE" que conserva sus derechos como si fueran ciudadanos de la UE (trabajar, residir, sanidad). Esa TIE se renueva, pero los derechos subyacentes son permanentes.Después del 1 de enero de 2021: se consideran ciudadanos no comunitarios (terceros países). Necesitan solicitar un visado y la TIE como cualquier otro extranjero extracomunitario, a través del régimen general de extranjería. URL: https://notaria-online.com/faq/britanicos-certificado-ue-post-brexit/ ### Categoría: TIE **P: ¿Qué pasa si mi TIE caduca?** R: La TIE caduca cuando vence la autorización de residencia que la respalda. Si renuevas dentro de la ventana (desde 60 días antes hasta 90 días después del vencimiento), tu situación legal se mantiene mientras se tramita la nueva autorización.Si no renuevas a tiempo, te expones a una infracción administrativa. No llevar documentación válida es una infracción leve (hasta 500 € de multa según la Ley Orgánica 4/2000). Infracciones más graves relacionadas con la estancia irregular pueden derivar en expediente de expulsión. URL: https://notaria-online.com/faq/tie-caduca-que-pasa/ **P: ¿Qué cambia con el nuevo Reglamento de Extranjería (2025)?** R: El Real Decreto 1155/2024, en vigor desde el 20 de mayo de 2025, sustituye al anterior RD 557/2011. Es la reforma más grande del sistema de extranjería en más de una década. Cambios que afectan a la TIE:La regulación de la TIE pasa del artículo 210 al artículo 209.Se actualizan las tasas por primera vez en más de 10 años (Orden PJC/617/2025).Se introduce un sistema de autoliquidación para el pago de tasas.Se permite la presentación de renovaciones online a través de la plataforma Mercurio.Se transpone parcialmente la Directiva UE 2024/1233 sobre permisos únicos de residencia y trabajo.Los formularios (EX-17) y el proceso de toma de huellas se mantienen iguales. URL: https://notaria-online.com/faq/nuevo-reglamento-extranjeria-tie-2025/ **P: ¿Qué hago si pierdo la TIE o me la roban?** R: Si pierdes la TIE, te la roban o se deteriora, debes solicitar un duplicado lo antes posible. Los pasos son:Si es robo, presenta denuncia en la comisaría de Policía Nacional.Pide cita previa para toma de huellas (mismo proceso que la solicitud inicial).Lleva: denuncia (si es robo), pasaporte en vigor, foto, formulario EX-17, tasa 790 código 012 pagada y, si lo tienes, copia de la TIE anterior.La tasa del duplicado es la misma que la de la expedición original según tu tipo de autorización. Mientras no tengas la nueva tarjeta, el resguardo que te dan en la cita y tu pasaporte acreditan tu situación. URL: https://notaria-online.com/faq/tie-perdida-robo-duplicado/ **P: ¿Cómo y cuándo renuevo la TIE?** R: La TIE se renueva cuando caduca la autorización de residencia vinculada a ella. La ventana de renovación es: 60 días antes del vencimiento hasta 90 días después. Si renuevas dentro de este plazo, tu autorización se prorroga automáticamente mientras se tramita.Documentos para la renovación: pasaporte en vigor, TIE actual (copia por ambas caras), nueva foto, empadronamiento actualizado si cambias de dirección y justificante de pago de la tasa 790 código 012 (19,30 € para residencia temporal, 21,87 € para larga duración).Si dejas pasar más de 90 días tras el vencimiento, puedes perder la autorización de residencia y las multas oscilan entre 500 € y 1.000 €. URL: https://notaria-online.com/faq/renovar-tie-plazos-documentos/ **P: ¿Cuánto tarda la TIE después de la toma de huellas?** R: Una vez haces la toma de huellas, la tarjeta tarda entre 30 y 45 días en estar lista, dependiendo de la provincia:Madrid: 40-60 días.Barcelona: 35-50 días.Valencia: 30-45 días.Ciudades pequeñas: 20-35 días.Mientras tanto, te dan un resguardo que acredita que has solicitado la TIE. Ese resguardo, junto con tu pasaporte, funciona como prueba de tu situación legal durante el periodo de espera. URL: https://notaria-online.com/faq/cuanto-tarda-tie-tras-huellas/ **P: ¿Cómo pido cita para la toma de huellas de la TIE?** R: La cita se solicita en la sede electrónica del Gobierno: sede.administracionespublicas.gob.es. Selecciona tu provincia y el trámite "Policía — Toma de Huellas (Expedición de Tarjeta)" o similar.En ciudades grandes (Madrid, Barcelona, Valencia, Málaga), las citas se agotan rápido. Conviene intentarlo a primera hora de la mañana o a medianoche, cuando se liberan nuevas franjas. En enero de 2026 se puso en marcha un programa piloto en L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona) que asigna citas de forma automática en unos 15 días tras la resolución favorable. URL: https://notaria-online.com/faq/cita-toma-huellas-tie/ **P: ¿Qué documentos necesito para la TIE?** R: La documentación general para solicitar la TIE por primera vez es:Pasaporte en vigor (original y copia completa).Formulario EX-17 cumplimentado y firmado.Una fotografía reciente tamaño carnet (color, fondo blanco, 32×26 mm).Resolución favorable de la autorización de residencia o visado.Certificado de empadronamiento (con menos de 3 meses de antigüedad).Justificante de pago de la tasa 790 código 012.Según el tipo de autorización, pueden pedirte documentos adicionales: alta en la Seguridad Social, contrato de trabajo, matrícula universitaria, seguro médico o prueba de medios económicos. URL: https://notaria-online.com/faq/documentos-necesarios-tie/ **P: ¿Cuánto tiempo tengo para solicitar la TIE?** R: El plazo legal es de un mes desde que entras en España o desde que se te concede la autorización de residencia (lo que ocurra después). El artículo 209 del Real Decreto 1155/2024 (el nuevo Reglamento de Extranjería, en vigor desde el 20 de mayo de 2025) establece esta obligación.En la práctica, la cita de toma de huellas puede tardar más de un mes en estar disponible, especialmente en ciudades grandes. En ese caso, conserva el justificante de que has solicitado la cita como prueba de que estás dentro del plazo. URL: https://notaria-online.com/faq/plazo-solicitar-tie-espana/ **P: ¿Qué diferencia hay entre la TIE y el NIE?** R: El NIE (Número de Identidad de Extranjero) es un número de identificación fiscal. Se asigna a cualquier extranjero que lo necesite para un trámite en España, viva o no en el país. El NIE no caduca y no autoriza a residir ni a trabajar.La TIE es una tarjeta física con foto que acredita que resides legalmente en España. Contiene tu NIE impreso, pero también el tipo de autorización y las fechas de validez. Todos los que tienen TIE tienen NIE, pero no todos los que tienen NIE tienen TIE. URL: https://notaria-online.com/faq/diferencia-tie-nie/ **P: ¿Cuánto cuesta la TIE?** R: La tasa de la TIE se paga con el modelo 790 código 012. Los importes actualizados (Orden PJC/617/2025) son:Primera expedición: 16,08 €.Renovación por residencia temporal: 19,30 €.Residencia de larga duración o larga duración UE: 21,87 €.Familiar de ciudadano de la UE: 12,00 €.Duplicado (pérdida, robo o deterioro): mismo importe que la expedición original.La tasa se paga antes de la cita de toma de huellas, en cualquier banco colaborador (BBVA, Santander, CaixaBank), escaneando el código de barras del formulario en un cajero. URL: https://notaria-online.com/faq/cuanto-cuesta-tie-espana/ **P: ¿Quién necesita la TIE en España?** R: Todo ciudadano extranjero no comunitario (no perteneciente a la UE, el EEE ni Suiza) que haya obtenido una autorización para permanecer en España más de seis meses. Esto incluye:Titulares de permiso de residencia y trabajo (cuenta ajena o cuenta propia).Estudiantes con visado de estudios.Nómadas digitales con visa específica.Personas con residencia no lucrativa.Beneficiarios de reagrupación familiar.Personas con autorización por arraigo (social, laboral o familiar).Los ciudadanos de la UE no obtienen TIE. Reciben un Certificado de Registro de Ciudadano de la UE (el documento verde). URL: https://notaria-online.com/faq/quien-necesita-tie-espana/ **P: ¿Qué es la TIE y para qué sirve?** R: La TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) es el documento físico que acredita la situación de residencia legal en España de un ciudadano extranjero no comunitario. La emite la Dirección General de la Policía y contiene tu foto, dirección, número de NIE, tipo de autorización y fechas de validez.La necesitas si has obtenido una autorización para residir en España por más de seis meses: permiso de residencia y trabajo, estudios, reagrupación familiar, arraigo, visa de nómada digital o residencia no lucrativa. Es tu documento de identidad dentro del territorio español. URL: https://notaria-online.com/faq/que-es-tie-tarjeta-identidad-extranjero/ ### Categoría: NIE **P: ¿Qué diferencia hay entre NIE y TIE?** R: El NIE es un número de identificación fiscal. Se asigna a cualquier extranjero que lo necesite para un trámite en España, viva o no en el país.La TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) es un documento físico, una tarjeta con foto que acredita que resides legalmente en España. Todos los residentes extranjeros tienen NIE, pero no todos los que tienen NIE son residentes ni tienen TIE. El NIE no autoriza a residir ni a trabajar. URL: https://notaria-online.com/faq/diferencia-nie-tie/ **P: ¿Qué es el NIE y para qué sirve?** R: El NIE (Número de Identidad de Extranjero) es el número de identificación fiscal que España asigna a cualquier persona extranjera que necesite realizar un trámite económico o legal en el país. Lo emite la Dirección General de la Policía.Lo necesitas para: comprar o vender un inmueble, firmar un contrato de trabajo, abrir una cuenta bancaria, aceptar una herencia, constituir una empresa o pagar impuestos. No es un permiso de residencia ni autoriza a trabajar. URL: https://notaria-online.com/faq/que-es-nie-para-que-sirve/ **P: ¿Quién necesita un NIE en España?** R: Cualquier persona extranjera (de la UE o de fuera) que tenga que hacer un trámite económico, fiscal o legal en España. Los casos más frecuentes: comprar vivienda, recibir una herencia, abrir una cuenta bancaria, firmar un contrato de trabajo, constituir una empresa o presentar declaraciones de impuestos.Si solo visitas España como turista, no lo necesitas. URL: https://notaria-online.com/faq/quien-necesita-nie-espana/ **P: ¿Cuánto cuesta obtener el NIE?** R: La tasa oficial del NIE (modelo 790, código 012) es de 9,84 €.Si contratas un servicio de gestión como el nuestro, los precios son:Obtención de NIE con nuestro servicio de otorgamiento de poderes: 150 € + IVA. Contratas con nosotros el servicio de otorgamiento del poder (coste del poder no incluido).Obtención de NIE sin otorgamiento de poderes por mediación de nuestro despacho: 180 € + IVA.Poder notarial desde fuera de España: 420 € (sin IVA, ya que la firma se realiza fuera de territorio español), incluye compulsa de pasaporte y coordinación de apostilla. URL: https://notaria-online.com/faq/cuanto-cuesta-nie-espana/ **P: ¿Puedo obtener el NIE sin estar en España?** R: Sí, hay dos formas. Primera: solicitarlo en el consulado español de tu país de residencia, aunque los plazos suelen ser de 3 a 6 semanas. Segunda: a través de un representante en España con poder notarial específico.En este segundo caso, firmas el poder ante un notario local, lo apostillas y lo envías a España. Tu representante presenta la solicitud en la oficina de extranjería y recoge el NIE. En Notaría Online gestionamos todo este proceso. URL: https://notaria-online.com/faq/obtener-nie-sin-estar-en-espana/ **P: ¿Qué documentos necesito para solicitar el NIE?** R: Los documentos necesarios son:Pasaporte en vigor.Justificación del motivo de la solicitud (contrato de compraventa, escritura, certificado de herencia, contrato de trabajo, etc.).Formulario EX-15 (la solicitud oficial).Tasa 790 código 012 pagada.Si solicitas el NIE a través de un representante, también necesitas un poder notarial específico. Si ese poder se firma fuera de España, debe llevar apostilla de La Haya o legalización consular según el país. URL: https://notaria-online.com/faq/documentos-necesarios-nie-espana/ **P: ¿Cuánto tarda obtener el NIE?** R: Depende de la vía:Presencial en España con cita previa: entre 1 y 3 semanas desde que consigues la cita.En consulado español en el extranjero: de 3 a 6 semanas.Con representante y poder notarial (nuestro servicio): entre 1 y 3 semanas, dependiendo de la disponibilidad de citas en la oficina de extranjería.El paso que más tiempo consume es conseguir la cita previa, especialmente en Madrid y Barcelona. URL: https://notaria-online.com/faq/cuanto-tarda-obtener-nie/ **P: ¿El NIE caduca?** R: No. El número NIE, una vez asignado, es permanente y no caduca. Lo que puede caducar es el certificado en papel (el documento verde que lo acredita), sobre todo si está vinculado a una autorización de residencia temporal.Pero el número en sí se mantiene para siempre. Si pierdes el certificado o caduca, puedes solicitar un duplicado. URL: https://notaria-online.com/faq/nie-caduca-o-es-permanente/ **P: ¿Necesito cita previa para el NIE?** R: Sí, siempre. La cita previa se solicita a través de la sede electrónica del Gobierno (sede.administracionespublicas.gob.es). En ciudades grandes como Madrid, Barcelona o Málaga, las citas pueden estar agotadas durante semanas.Si contratas nuestro servicio, nosotros nos encargamos de obtener la cita y acudir en tu nombre con el poder notarial. URL: https://notaria-online.com/faq/cita-previa-nie-como-conseguir/ **P: ¿Qué es el poder notarial para NIE y cuándo lo necesito?** R: Es un documento notarial que autoriza a otra persona a solicitar y recoger el NIE en tu nombre ante la oficina de extranjería. Lo necesitas si no puedes acudir personalmente a la cita (porque vives fuera de España o no puedes desplazarte).El poder debe ser específico para la obtención del NIE e incluir los datos del poderdante y del apoderado. Si se firma fuera de España, debe ir apostillado. URL: https://notaria-online.com/faq/poder-notarial-para-nie/ **P: ¿Necesito apostillar documentos para el NIE?** R: Solo si firmas el poder notarial fuera de España. En ese caso, el poder necesita apostilla de La Haya si tu país forma parte del Convenio de La Haya (la mayoría de países de Latinoamérica, la UE y EE.UU. lo son).Si tu país no es miembro del Convenio, el documento necesita legalización consular (un proceso más largo). Marruecos tiene un convenio bilateral con España que simplifica la legalización. El pasaporte y la justificación del motivo no necesitan apostilla. URL: https://notaria-online.com/faq/apostillar-documentos-nie/ **P: ¿Sirve el NIE para trabajar en España?** R: No. El NIE es solo un número de identificación fiscal. No concede permiso de residencia ni autorización para trabajar.Para trabajar en España como extranjero necesitas, además del NIE, un permiso de trabajo (si no eres ciudadano de la UE) o el registro como ciudadano de la UE (si lo eres). El NIE te identifica fiscalmente, pero no sustituye a ningún permiso migratorio. URL: https://notaria-online.com/faq/nie-permite-trabajar-espana/ ### Categoría: Sociedades **P: ¿Necesita un extranjero cuenta bancaria en España para constituir una SL?** R: Para la constitución por el sistema CIRCE (el método más rápido, en 24-72 horas), sí es necesario abrir previamente una cuenta bancaria española y depositar en ella el capital social. Esto se debe a que el proceso CIRCE requiere un certificado bancario que acredite el depósito del capital.Para la constitución por el procedimiento notarial ordinario (sin usar CIRCE), la normativa es algo más flexible: puede ser suficiente con una declaración notarial de los socios reconociendo su aportación al capital.En cuanto a la apertura de cuenta bancaria para no residentes, muchos bancos españoles permiten hacerlo con:Pasaporte en vigor.NIE.Justificante de actividad económica (contrato laboral, escritura de actividad empresarial, etc.).Algunos bancos y neobancos (como Openbank, N26 o BBVA) permiten la apertura de cuentas para no residentes de forma completamente online.En Notaría Online te asesoramos sobre el proceso completo de constitución de tu SL, incluyendo los pasos para abrir la cuenta y depositar el capital social. URL: https://notaria-online.com/faq/cuenta-bancaria-empresa-extranjero-espana/ **P: ¿Puede ser administrador de una SL española una persona no residente?** R: Sí, un no residente puede ser administrador de una Sociedad Limitada española. La ley española no exige que el administrador tenga residencia fiscal en España ni que esté empadronado en el país.Sin embargo, hay algunos aspectos prácticos a tener en cuenta:El administrador no residente debe obtener el NIE, imprescindible para su identificación ante el Registro Mercantil y la Agencia Tributaria.Si el administrador reside en un país con convenio de doble imposición con España, las implicaciones fiscales serán más favorables.La empresa puede estar sujeta a mayor escrutinio fiscal si sus administradores y socios son todos no residentes, especialmente en relación con la sede de dirección efectiva a efectos del Impuesto de Sociedades.El administrador no residente puede otorgar un poder notarial a un representante en España para que actúe en su nombre en los trámites cotidianos.En Notaría Online te asesoramos sobre la estructura más adecuada para tu empresa y gestionamos tanto la constitución como los poderes notariales necesarios. URL: https://notaria-online.com/faq/administrador-no-residente-sl-espana/ **P: ¿Qué documentos necesita un extranjero para constituir una empresa en España?** R: Para que un extranjero pueda constituir una Sociedad Limitada en España, necesita tener en orden los siguientes documentos:NIE (Número de Identificación de Extranjero) de cada socio y de los administradores. Sin NIE no es posible firmar la escritura de constitución ante notario.Pasaporte en vigor de todos los socios y administradores.Certificación negativa de denominación social del Registro Mercantil Central (acredita que el nombre elegido para la empresa no está ya registrado).Estatutos sociales: el documento que regula el funcionamiento interno de la empresa.Certificado de depósito del capital social en una cuenta bancaria española (mínimo 1 euro desde la Ley de startups de 2022, aunque en la práctica muchos bancos exigen 3.000 €).Domicilio social en España: dirección física donde se recibirán las comunicaciones legales.En Notaría Online como Punto PAE certificado, te guiamos en la obtención y preparación de toda la documentación y gestionamos la escritura de constitución de forma telemática. URL: https://notaria-online.com/faq/documentos-extranjero-constituir-empresa-espana/ **P: ¿Qué diferencia hay entre una Sociedad Limitada y una Sociedad Anónima?** R: Las principales diferencias entre SL y SA son:CaracterísticaSociedad Limitada (SL)Sociedad Anónima (SA)Capital mínimo1 euro60.000 eurosTransmisión de participacionesRestringida (derecho de tanteo)Libre (acciones cotizables)Cotización en bolsaNoPosibleNúmero de sociosMínimo 1Mínimo 1Coste de constituciónMenorMayorGestión administrativaMás sencillaMás complejaPara la gran mayoría de pymes y startups, la SL es la forma jurídica más recomendable por su sencillez, bajo coste y adecuación a empresas con pocos socios. URL: https://notaria-online.com/faq/diferencia-sociedad-limitada-anonima/ **P: ¿Qué responsabilidades tienen los socios de una sociedad limitada?** R: Los socios de una sociedad limitada tienen la responsabilidad de cumplir con los términos establecidos en los estatutos sociales, aportar su capital acordado, participar en las decisiones empresariales y respetar las leyes y regulaciones aplicables. Sin embargo, su responsabilidad está limitada al capital que han aportado y no son personalmente responsables de las deudas y obligaciones de la empresa. URL: https://notaria-online.com/faq/que-responsabilidades-tienen-los-socios-de-una-sociedad-limitada/ **P: ¿Cuánto capital se requiere para constituir una sociedad limitada?** R: El capital mínimo requerido para constituir una sociedad limitada es de 1 euro, después de la última modificación de la ley de sociedades de capital. URL: https://notaria-online.com/faq/cuanto-capital-se-requiere-para-constituir-una-sociedad-limitada/ **P: ¿Necesito a un abogado o asesor para la constitución de mi sociedad limitada?** R: No es obligatorio contratar un abogado o asesor legal para constituir una sociedad limitada, pero es altamente recomendable. Un abogado o un asesor legal especializado en derecho mercantil puede brindarte asesoramiento sobre los requisitos legales, redactar los documentos necesarios y garantizar que el proceso de constitución se realice de manera correcta y cumpla con todas las regulaciones aplicables. En notaría-online.com contamos con un equipo de abogados y asesores legales que te ayudarán en la gestión y tramitación de la constitución de tu sociedad limitada. URL: https://notaria-online.com/faq/necesito-a-un-abogado-o-asesor-para-la-constitucion-de-mi-sociedad-limitada/ **P: ¿Cuál es la diferencia entre una sociedad limitada y una sociedad anónima?** R: "Las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SL) son ideales para pequeñas y medianas empresas con pocos socios, empresas familiares o sociedades profesionales. Estas estructuras empresariales no requieren invertir grandes cantidades de dinero en capital inicial. Por otro lado, las Sociedades Anónimas (SA) se ajustan mejor a actividades que necesitan un mayor número de socios para reunir un capital más significativo. Además, las SA ofrecen una mayor flexibilidad en términos de movilidad de los socios. URL: https://notaria-online.com/faq/cual-es-la-diferencia-entre-una-sociedad-limitada-y-una-sociedad-anonima/ **P: ¿Cuáles son los requisitos para constituir una sociedad limitada?** R: Los requisitos para constituir una sociedad limitada son la aportación de un capital social, la designación de un domicilio, la denominación social, la elección y nombramiento de un órgano de administración, así como la aportación y suscripción del capital social  todo ello quedará reflejado en la escritura de constitución de la sociedad además de aportar los estatutos sociales por los que se regirá la sociedad. URL: https://notaria-online.com/faq/cuales-son-los-requisitos-para-constituir-una-sociedad-limitada/ **P: ¿Qué es una sociedad limitada?** R: Una sociedad limitada es una forma de entidad empresarial que combina características de una sociedad y una empresa individual. Se caracteriza por tener responsabilidad limitada, lo que significa que los socios no son personalmente responsables de las deudas y obligaciones de la empresa más allá de su aporte de capital. URL: https://notaria-online.com/faq/que-es-una-sociedad-limitada/ ### Categoría: Compraventas **P: ¿Puede un no residente conseguir una hipoteca en España?** R: Sí, los no residentes pueden obtener una hipoteca para no residentes en España, aunque las condiciones son algo más restrictivas que para los residentes:El banco suele financiar como máximo el 60-70% del valor de tasación (frente al 80% habitual para residentes).Los plazos de amortización suelen ser más cortos.El banco exigirá justificación de ingresos en el país de residencia (nóminas, declaraciones de renta, extractos bancarios).Es necesario disponer de NIE y, generalmente, una cuenta bancaria española.Las entidades financieras más habituadas a trabajar con no residentes son los principales bancos nacionales (Santander, BBVA, CaixaBank), que tienen departamentos especializados.Recuerda que, independientemente de si financias la compra con hipoteca o al contado, necesitarás un notario en España para formalizar tanto la escritura de compraventa como (si aplica) la escritura de préstamo hipotecario. En Notaría Online preparamos ambas escrituras online y coordinamos la firma ante notario, en persona o con un poder especial. URL: https://notaria-online.com/faq/hipoteca-espana-no-residente/ **P: ¿Qué impuestos paga un extranjero al comprar una vivienda en España?** R: Los impuestos que paga un extranjero al comprar una vivienda en España son los mismos que para cualquier comprador residente, con algunas particularidades importantes:Vivienda de segunda mano: Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), entre el 6% y el 11% según la comunidad autónoma.Vivienda nueva del promotor: IVA al 10% (4% en VPO) + AJD (Actos Jurídicos Documentados) entre el 0,5% y el 2%.Particularidad para no residentes — Retención del 3%: Si el vendedor es no residente en España, el comprador está obligado a retener el 3% del precio de compra e ingresarlo en Hacienda mediante el modelo 211 en el plazo de un mes. Si no se realiza esta retención, el comprador puede ser declarado responsable de la deuda fiscal del vendedor.Además, una vez propietario, si no resides en España estarás sujeto al IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes) por las rentas imputadas de la propiedad: el 1,1% del valor catastral al tipo del 19% (residentes UE) o 24% (resto). URL: https://notaria-online.com/faq/impuestos-extranjero-compra-vivienda/ **P: ¿Necesito el NIE para comprar una casa en España?** R: Sí, el NIE (Número de Identificación de Extranjero) es imprescindible para comprar una vivienda en España. Sin él, no puedes firmar la escritura de compraventa ante notario, pagar los impuestos de la transmisión ni inscribir la propiedad a tu nombre en el Registro de la Propiedad.El NIE puede solicitarse de las siguientes formas:En el consulado español de tu país de residencia (recomendado si vives fuera de España).Presencialmente en España, en una Comisaría de Policía con competencias en extranjería.A través de un representante autorizado mediante poder notarial, quien puede tramitarlo en tu nombre sin que tengas que desplazarte.En Notaría Online podemos ayudarte a obtener el NIE a través de un poder notarial y coordinamos todo el proceso de compraventa desde el principio hasta el final. URL: https://notaria-online.com/faq/nie-necesario-comprar-casa-espana/ **P: ¿Puede un extranjero comprar una vivienda en España?** R: Sí, cualquier extranjero puede comprar una vivienda en España sin ningún tipo de restricción, independientemente de su nacionalidad o país de residencia. España no impone limitaciones a la adquisición de inmuebles por parte de ciudadanos extranjeros, sean de la Unión Europea o de terceros países.El único requisito previo es obtener el NIE (Número de Identificación de Extranjero), que es el número fiscal necesario para firmar la escritura de compraventa ante notario, pagar los impuestos y realizar cualquier operación económica en España. El NIE puede solicitarse en el consulado español de tu país de residencia o, si ya estás en España, en una Comisaría de Policía con unidad de extranjería.En Notaría Online gestionamos la compraventa de forma completamente online, sin que tengas que desplazarte a España. URL: https://notaria-online.com/faq/puedo-comprar-vivienda-espana-siendo-extranjero/ **P: ¿Cuáles son los pasos para comprar una vivienda en España?** R: El proceso de compraventa de vivienda en España tiene los siguientes pasos:Búsqueda y negociación: acuerdo sobre el precio y condiciones de la venta.Nota simple registral: verificar que el inmueble está libre de cargas (hipotecas, embargos).Contrato de arras: reserva con señal (habitualmente el 10% del precio).Financiación: si se necesita hipoteca, solicitar y obtener la aprobación bancaria.Escritura notarial: otorgamiento de la escritura de compraventa ante notario (presencial u online por videoconferencia).Liquidación de impuestos: ITP (segunda mano) o IVA + AJD (obra nueva), en los plazos establecidos.Inscripción registral: inscribir la escritura en el Registro de la Propiedad. URL: https://notaria-online.com/faq/pasos-comprar-vivienda-espana/ **P: ¿Qué impuestos paga el comprador en una compraventa de vivienda?** R: Los impuestos dependen del tipo de vivienda:Vivienda de segunda mano:ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales): entre el 6% y el 10% del precio de compra según la comunidad autónoma. Madrid aplica el 6%, Cataluña el 10%, Andalucía el 7%, etc.Vivienda de obra nueva (del promotor):IVA: 10% del precio (4% para Viviendas de Protección Oficial)AJD (Actos Jurídicos Documentados): entre 0,5% y 1,5% según CCAAOtros gastos del comprador: honorarios notariales, gastos registrales y gestoría. URL: https://notaria-online.com/faq/impuestos-comprador-compraventa-vivienda/ **P: ¿Qué es el contrato de arras y qué tipos existen?** R: El contrato de arras es un precontrato de compraventa donde el comprador entrega una señal económica para reservar el inmueble. Existen tres tipos:Arras confirmatorias: constituyen un anticipo del precio. Si alguna parte incumple, la otra puede exigir el cumplimiento del contrato o reclamar daños y perjuicios.Arras penitenciales (art. 1454 CC): las más habituales. Si el comprador desiste, pierde la señal. Si el vendedor desiste, devuelve el doble. Ninguna parte puede ser obligada a comprar/vender.Arras penales: funcionan como cláusula penal; la señal es una penalización pero no impide exigir el cumplimiento del contrato.Es fundamental especificar claramente el tipo de arras en el contrato. Nuestro equipo revisa y redacta el contrato de arras para proteger tus intereses. URL: https://notaria-online.com/faq/contrato-arras-tipos/ **P: ¿Qué documentos debe aportar el vendedor en la compraventa?** R: El vendedor debe aportar:DNI/NIE en vigorEscritura de propiedad del inmuebleNota simple registral actualizada (cargas vigentes)Certificado energético del inmueble (obligatorio para vender)IBI (recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles) del año en cursoCertificado de la comunidad de propietarios de estar al corriente de pagosCédula de habitabilidad (en comunidades que la exigen: Cataluña, Comunidad Valenciana, etc.)Si hay hipoteca: certificado de deuda pendiente del banco URL: https://notaria-online.com/faq/documentos-vendedor-compraventa/ ### Categoría: Testamentos **P: ¿Cuánto cuesta hacer un testamento online?** R: El coste de un testamento tiene dos componentes principales:Honorarios notariales: regulados por arancel notarial (Real Decreto 1426/1989). Para un testamento estándar, los honorarios notariales oscilan entre 50 y 100 euros, dependiendo de la extensión del documento y la complejidad de las disposiciones.Honorarios de gestión de Notaría Online: incluyen el asesoramiento jurídico previo, la redacción del testamento adaptada a tu situación, la coordinación con el notario y la gestión de la inscripción en el Registro General de Actos de Última Voluntad.¿Qué está incluido en nuestro servicio?Consulta inicial gratuitaAsesoramiento sobre el tipo de testamento más adecuadoRedacción del borrador del testamentoCoordinación de la cita con el notario (presencial o por videoconferencia)Gestión de la inscripción registralContáctanos para recibir un presupuesto personalizado sin compromiso. La consulta inicial es siempre gratuita. URL: https://notaria-online.com/faq/cuanto-cuesta-testamento-online/ **P: ¿Cuál es la diferencia entre testamento notarial y testamento ológrafo?** R: Los dos tipos principales de testamento en España difieren en su forma y garantías:Testamento notarial abierto:Se otorga ante notario, quien da fe del contenido y de la capacidad del testadorEl notario lo redacta según la voluntad expresada por el testadorQueda protocolizado en el registro del notarioSe inscribe automáticamente en el Registro General de Actos de Última VoluntadEs el más seguro y el más habitual en EspañaTestamento ológrafo:Debe ser escrito íntegramente a mano por el testador (no admite mecanografía ni impresión)Debe estar firmado y fechado de puño y letraNo interviene ningún notario en su otorgamientoTras el fallecimiento debe ser adverado y protocolizado ante notario para tener validezMayor riesgo de vicios formales que lo invalidenEn Notaría Online recomendamos el testamento notarial abierto por su mayor seguridad jurídica y facilidad de tramitación posterior por los herederos. URL: https://notaria-online.com/faq/diferencia-testamento-notarial-olografo/ **P: ¿Puedo cambiar mi testamento después de firmarlo?** R: Sí. El testamento es un acto esencialmente revocable: puede modificarse o revocarse en cualquier momento mientras el testador conserve su capacidad jurídica.Formas de modificar un testamento:Otorgar un nuevo testamento: el último testamento válido revoca automáticamente los anteriores en todo lo que resulte incompatible. Es la forma más habitual y recomendable.Codicilo: documento notarial que modifica o complementa un testamento anterior sin revocarlo completamente. Menos habitual en la práctica actual.¿Qué ocurre con los testamentos anteriores? Al otorgar testamento nuevo, los anteriores quedan revocados en las disposiciones contradictorias. Para evitar confusiones, es buena práctica revocar expresamente los testamentos anteriores en el nuevo.Incapacidad sobrevenida: si el testador pierde la capacidad jurídica (por ejemplo, por demencia), ya no puede modificar su testamento. Por eso es importante otorgarlo mientras se goza de plena capacidad. URL: https://notaria-online.com/faq/puedo-cambiar-testamento-firmado/ **P: ¿Qué pasa si fallezco sin testamento en España?** R: Si falleces sin testamento se aplica la sucesión intestada regulada en el Código Civil. La ley establece un orden de llamamiento a los herederos:Descendientes: hijos y descendientes (heredan por partes iguales)Ascendientes: padres y ascendientes (a falta de descendientes)Cónyuge: el cónyuge concurre con descendientes y ascendientes con derechos de usufructoHermanos y sobrinosOtros parientes colaterales hasta el cuarto gradoEl Estado (en ausencia de los anteriores)Consecuencias prácticas de morir intestado:Es necesario tramitar una declaración de herederos ab intestato ante notario, que alarga el proceso de herenciaLa pareja de hecho no hereda en la mayoría de comunidades autónomas sin testamentoNo puedes dejar bienes a personas fuera del orden legal (amigos, sobrinos, organizaciones benéficas)Mayor posibilidad de conflictos entre herederosOtorgar testamento es la única forma de asegurarte de que tus bienes se distribuyen según tu voluntad. URL: https://notaria-online.com/faq/fallezco-sin-testamento-espana/ **P: ¿Qué tengo que hacer con el testamento de una persona que ha fallecido?** R: Una vez que la persona que ha otorgado el testamento ha fallecido los pasos a seguir son: En primer lugar obtener el certificado de defunción del mismo que habitualmente lo facilita la empresa que ha hecho los servicios funerarios. En segundo lugar tendremos que obtener el certificado de últimas voluntades. Este certificado no se puede obtener hasta que no hayan transcurrido unos 15 días desde el fallecimiento del testador; muchas pólizas de deceso incluyen la obtención de este certificado si no póngase en contacto con nosotros que se lo facilitaremos igualmente. Una vez tenemos el certificado de defunción y el de última voluntades, comprobaremos en qué notaría se otorgó el último testamento. Con estos datos ya podemos solicitar la copia autorizada, y una vez la obtengamos podemos iniciar los trámites de adjudicación de herencia y tramitación del impuesto de sucesiones y donaciones. URL: https://notaria-online.com/faq/que-tengo-que-hacer-con-el-testamento-de-una-persona-que-ha-fallecido/ **P: ¿Qué es un albacea y cuál es su función?** R: Un albacea es una persona designada en un testamento por el testador para administrar y distribuir los bienes de la persona fallecida de acuerdo con las disposiciones establecidas en el testamento. El albacea tiene la responsabilidad de asegurarse de que los deseos del testador sean cumplidos y puede ser un amigo de confianza, un familiar o incluso un profesional. URL: https://notaria-online.com/faq/que-es-un-albacea-y-cual-es-su-funcion/ **P: ¿Puedo cambiar mi testamento en un futuro?** R: Sí, puedes cambiar tu testamento en cualquier momento mientras que tus facultades mentales no estén mermadas. Para hacer cambios, debes hacer un nuevo testamento que revoca todos los testamentos anteriores. Por lo tanto el último testamento otorgado será el único que tendrá validez. URL: https://notaria-online.com/faq/puedo-cambiar-mi-testamento-en-un-futuro/ **P: ¿Necesito a un abogado para hacer un testamento?** R: No es obligatorio contratar un abogado para hacer un testamento, nuestro equipo de gestores documentales te ayudará en la tramitación y gestión de tu testamento para su firma en notaría. URL: https://notaria-online.com/faq/necesito-a-un-abogado-para-hacer-un-testamento/ **P: ¿Cuál es la diferencia entre un testamento y un testamento vital?** R: Un testamento es un documento que entra en vigor después del fallecimiento de una persona, mientras que un testamento vital es un documento que establece tus deseos y decisiones en cuanto a tratamientos médicos y atención médica en el caso de que no puedas tomar decisiones por ti mismo/a. URL: https://notaria-online.com/faq/cual-es-la-diferencia-entre-un-testamento-y-un-testamento-vital/ **P: ¿Por qué es importante hacer un testamento?** R: Hacer un testamento te permite tener control sobre la distribución de tus bienes y asegurarte de que tus deseos sean cumplidos después de tu fallecimiento. Sin un testamento válido, tus bienes serán distribuidos de acuerdo con la ley, lo que puede no reflejar tus deseos o prioridades. URL: https://notaria-online.com/faq/por-que-es-importante-hacer-un-testamento/ **P: ¿Qué es un testamento?** R: Un testamento es un documento que establece cómo se distribuirán los bienes y activos de una persona (testador) después de su fallecimiento. En un testamento, puedes designar herederos, nombrar albaceas, tutores, administradores, curadores, y expresar tus deseos sobre otros asuntos importantes, como la tutela de los hijos. URL: https://notaria-online.com/faq/que-es-un-testamento/ ### Categoría: Herencias **P: ¿Pueden los herederos que viven en el extranjero tramitar una herencia española sin venir a España?** R: Sí, es posible tramitar una herencia española sin que los herederos tengan que desplazarse a España. Las opciones son:Poder notarial: el heredero otorga un poder (por videollamada con Notaría Online o ante el consulado español de su país) a un representante en España, quien gestiona todos los trámites en su nombreComparecencia por videoconferencia: para determinadas actuaciones notariales (declaración de herederos, protocolización de testamento), la Ley 11/2023 permite la comparecencia telemática del herederoLos trámites que sí requieren presencia física son los que implican terceros (Registros, Hacienda, bancos), pero estos los gestiona el representante designado. En Notaría Online coordinamos todo el proceso para herederos no residentes. URL: https://notaria-online.com/faq/herencias-herederos-extranjero-sin-venir-espana/ **P: ¿Los herederos latinoamericanos (argentinos, colombianos, mexicanos) pagan más impuesto de sucesiones en España?** R: Históricamente sí, los herederos no residentes en España pagaban el Impuesto de Sucesiones según la normativa estatal (más gravosa que la de muchas comunidades autónomas). Esto cambió con la Sentencia del TJUE de septiembre de 2014, que declaró esta discriminación contraria al derecho comunitario.Desde entonces, los herederos no residentes en la UE/EEE pueden aplicar la normativa autonómica (generalmente más beneficiosa) de la comunidad autónoma donde el fallecido tenía su residencia habitual.Para herederos en países fuera de la UE/EEE (como México, Argentina, Colombia, EE.UU.), la situación es más compleja. Asesoramos caso a caso para minimizar la carga fiscal dentro de la legalidad. URL: https://notaria-online.com/faq/herencias-impuestos-sucesiones-no-residentes/ **P: ¿Puedo heredar en España siendo extranjero (argentino, colombiano, mexicano)?** R: Sí. La nacionalidad no impide heredar en España. Si eres beneficiario de una herencia española (ya sea por testamento o por ley de sucesiones), tienes pleno derecho a heredar con independencia de tu nacionalidad.Proceso para herederos extranjeros no residentes:Poder notarial: otorga un poder a un representante en España (por videollamada) para que gestione la herencia en tu nombreDocumentación de tu país: posiblemente necesites documentos apostillados de tu país (certificado de matrimonio, certificado de nacimiento, etc.) dependiendo de tu relación con el fallecidoFiscalidad: como heredero no residente, tributarás en España por los bienes situados en territorio español. Asesoramos sobre la optimización fiscal dentro de la legalidadEn Notaría Online hemos tramitado herencias para herederos en Argentina, Colombia, México, Venezuela, EE.UU. y más de 20 países. Contamos con experiencia en la coordinación de documentación internacional. URL: https://notaria-online.com/faq/herencia-espana-siendo-extranjero-argentino-colombiano/ **P: ¿Puedo tramitar una herencia española estando en el extranjero?** R: Podemos coordinar la documentación y las gestiones a distancia. Si necesitas representación, revisamos un poder suficiente y sus formalidades. La gestión online no implica que la escritura de adjudicación pueda firmarse siempre por videoconferencia. La vía de comparecencia y las obligaciones fiscales se estudian en cada expediente. URL: https://notaria-online.com/faq/tramitar-herencia-espana-estando-extranjero/ **P: ¿Los herederos no residentes en España pagan más impuesto de sucesiones?** R: Ser no residente no implica automáticamente pagar más ni tener derecho a cualquier bonificación autonómica. La administración competente y las reglas aplicables dependen de los puntos de conexión de la sucesión. Revisamos residencia, bienes y parentesco antes de calcular el impuesto. URL: https://notaria-online.com/faq/herederos-no-residentes-impuesto-sucesiones/ **P: ¿Cuánto tiempo tarda el proceso de herencia online?** R: El plazo depende de la documentación, los bienes, el acuerdo entre herederos y la necesidad de declaración de herederos. Damos una estimación tras estudiar el caso. Los plazos fiscales siguen corriendo aunque la herencia aún no esté repartida. URL: https://notaria-online.com/faq/cuanto-tiempo-tarda-herencia-online/ **P: ¿Qué documentos necesito para tramitar una herencia?** R: Como punto de partida: certificados de defunción y últimas voluntades, testamento o declaración de herederos, identificación y parentesco cuando proceda, bienes, saldos bancarios a fecha de fallecimiento y deudas.Descarga la lista de documentos. La documentación final depende del expediente. URL: https://notaria-online.com/faq/documentos-necesarios-tramitar-herencia/ **P: ¿Hay plazo para pagar el impuesto de sucesiones?** R: Con carácter general, son seis meses desde el fallecimiento. La prórroga debe solicitarse dentro de los cinco primeros meses. Hay que comprobar la administración competente, los requisitos y los efectos de la prórroga. El desacuerdo entre herederos o la falta de reparto no detienen por sí solos el plazo. URL: https://notaria-online.com/faq/plazo-pagar-impuesto-sucesiones/ **P: ¿Qué es la declaración de herederos y cuándo es necesaria?** R: Es el procedimiento para determinar quiénes son los herederos cuando no hay un testamento válido que resuelva la sucesión. La declaración identifica a los herederos, pero no realiza por sí sola la aceptación, el reparto ni la liquidación fiscal. Coordinamos la documentación y la comparecencia que corresponda. URL: https://notaria-online.com/faq/que-es-declaracion-herederos/ **P: ¿Cuánto cuesta tramitar una herencia?** R: Los honorarios de gestión parten de 600 € + IVA. Se presupuestan según bienes, herederos y actuaciones. Aranceles notariales, gastos registrales e impuestos se abonan aparte. Solicita un desglose del alcance de tu expediente antes de contratar. URL: https://notaria-online.com/faq/cuanto-cuesta-tramitar-herencia/ **P: ¿Puedo renunciar a una herencia?** R: La renuncia a una herencia debe formalizarse en instrumento público ante notario. Antes de decidir, conviene revisar bienes, deudas y posibles efectos fiscales, así como la alternativa de aceptación a beneficio de inventario. No debe asumirse que todos los plazos son indefinidos: puede haber requerimientos y plazos legales específicos. URL: https://notaria-online.com/faq/puedo-renunciar-herencia/ **P: ¿Cuáles son los impuestos involucrados en la tramitación de una herencia?** R: Los impuestos involucrados en el proceso de herencia son el impuesto sobre sucesiones y donaciones, que se aplica a la transferencia de bienes y activos, y el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (Plusvalía). URL: https://notaria-online.com/faq/cuales-son-los-impuestos-involucrados-en-la-tramitacion-de-una-herencia/ **P: ¿Cuánto tiempo se tarda en completar el proceso de herencia?** R: La duración del proceso de herencia puede variar dependiendo de varios factores, como la complejidad de la herencia, la cantidad de bienes y activos involucrados, y cualquier disputa legal que pueda surgir. En general, el proceso puede llevar entre 2 y 8 semanas, e incluso años en casos más complejos. URL: https://notaria-online.com/faq/cuanto-tiempo-se-tarda-en-completar-el-proceso-de-herencia/ **P: ¿Necesito un abogado o asesor legal para comenzar con el proceso de una herencia?** R: No es obligatorio contratar un abogado o asesor legal para comenzar con el proceso de tu herencia, pero es altamente recomendable. Un abogado o un asesor legal especializado puede brindarte asesoramiento sobre los requisitos legales, redactar los documentos necesarios y garantizar que el proceso se realice de manera correcta y cumpla con todas las regulaciones aplicables. En notaria-online.com contamos con un equipo de abogados y asesores legales que te ayudarán en la gestión y tramitación de tu herencia. URL: https://notaria-online.com/faq/necesito-un-abogado-o-asesor-legal-para-comenzar-con-el-proceso-de-una-herencia/ **P: ¿Cuáles son los pasos principales en el proceso de Herencia?** R: El proceso de herencia implica varios pasos, como son:  La localización del testamento en caso de que el heredero hubiese otorgado dicho documento. Si de hecho hubiera otorgado un testamento tendríamos que obtener la copia autorizada del mismo aportando el certificado de últimas voluntades y el certificado de defunción. Por el contrario, sino hubiera otorgado testamento tendremos que otorgar el acta de declaración de herederos, necesitando igualmente el certificado de defunción y el de últimas voluntades además de todos los datos personales de los herederos. Debemos investigar hasta saber cuáles eran todos los bienes de la persona fallecida recabando la información necesaria de bancos registros de la propiedad vehículos así como cualquier otro tipo de bienes que se puedan heredar. Una vez tenemos toda la documentación debemos presentar ante la oficina liquidadora de la comunidad autónoma donde hubiera fallecido el causante, una relación de bienes aportando toda la información además de presentar el modelo 650 y los modelos 660. Igualmente, y en cuanto a las propiedades que tuviera el causante hay que presentar un documento en los ayuntamientos donde radican dichas fincas para la liquidación del impuesto municipal del incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana comúnmente llamado plusvalía. Con esto ya habríamos cumplido con lo que marca la ley, dejando pendiente en los otorgamiento de la correspondiente escritura de adjudicación de herencia para adjudicar dichos bienes a los herederos conforme al testamento o conforme a la declaración de herederos. URL: https://notaria-online.com/faq/cuales-son-los-pasos-principales-en-el-proceso-de-herencia/ **P: ¿Cómo funciona nuestro servicio de Herencias?** R: El servicio de herencias de notaría-online.com es un servicio legal que brinda asesoramiento y asistencia en todo  el proceso de administración y distribución de los bienes y activos de una persona fallecida a sus herederos. El objetivo es facilitar y asegurar una transferencia ordenada y legal de los bienes de la herencia. URL: https://notaria-online.com/faq/como-funciona-nuestro-servicio-de-herencias/ ### Categoría: Apostilla de la Haya **P: ¿Qué documentos españoles necesitan apostilla para ser válidos en México, Argentina o Colombia?** R: Los tres países son firmantes del Convenio de La Haya, por lo que los documentos públicos españoles solo necesitan la Apostilla de La Haya (no legalización consular) para ser reconocidos:Documentos notariales: escrituras, poderes notariales, actas — apostilla del Ministerio de JusticiaPartidas del Registro Civil: nacimiento, matrimonio, defunción — apostilla del Ministerio de Justicia o TSJCATítulos académicos: diplomas universitarios — apostilla del Ministerio de UniversidadesAntecedentes penales: certificado del Registro Central de Penados — apostilla del Ministerio de JusticiaResoluciones judiciales: sentencias, autos — apostilla del Tribunal Superior de Justicia correspondienteEn Notaría Online tramitamos la apostilla de documentos notariales y coordinamos el proceso para otros tipos de documentos. URL: https://notaria-online.com/faq/apostilla-documentos-espanoles-latam-mexico-argentina/ **P: ¿Cómo apostillar en España un documento de origen latinoamericano?** R: Si tienes un documento expedido en un país latinoamericano (Argentina, Colombia, México, Chile, etc.) y necesitas usarlo en España, el proceso es inverso: la apostilla la pone el país de origen del documento, no España.Proceso:Solicita la apostilla en el país donde se expidió el documento (ante la autoridad designada por ese país)Una vez apostillado, el documento es directamente válido en España sin trámites adicionalesSi el documento está en otro idioma, puede necesitar también traducción jurada al españolPaíses LATAM firmantes del Convenio (muestra): Argentina (1988), Colombia (2012), México (1995), Chile (2016), Perú (2010), Ecuador (2005).En Notaría Online asesoramos sobre los documentos que necesitas para cada trámite y si la apostilla es suficiente o se requiere traducción jurada. URL: https://notaria-online.com/faq/apostillar-documentos-latinoamericanos-en-espana/ **P: ¿Qué documentos españoles necesitan apostilla para el extranjero?** R: Necesitan apostilla todos los documentos públicos españoles que vayan a usarse en países firmantes del Convenio de La Haya. Los más habituales son:Títulos universitarios y certificados académicos (visado de trabajo, convalidación)Poderes notariales para uso en el extranjeroCertificados de nacimiento, matrimonio o defunción del Registro CivilCertificado de antecedentes penales (para residencia o trabajo en otro país)Sentencias judiciales y resoluciones de tribunalesDocumentos administrativos como el certificado de empadronamiento o de nacionalidadLos documentos privados (contratos, facturas) no pueden apostillarse directamente; primero deben ser autorizados por un notario (legitimación de firma) y luego se apostilla el acto notarial. URL: https://notaria-online.com/faq/documentos-espanoles-necesitan-apostilla-extranjero/ **P: ¿Cuánto tarda en obtenerse la Apostilla de La Haya en España?** R: El plazo depende del tipo de documento y del organismo que la expide:Apostilla electrónica de documentos notariales (Ministerio de Justicia): 2-5 días hábilesApostilla de documentos judiciales (Tribunales Superiores de Justicia): 5-10 días hábilesApostilla de títulos académicos (Ministerio de Universidades o Universidades): variable, puede superar las 2-4 semanasApostilla de documentos del Registro Civil: 3-7 días hábilesCon el proceso de digitalización, la apostilla electrónica de documentos notariales se ha agilizado considerablemente. En Notaría Online incluimos la gestión de la apostilla en el servicio de poderes internacionales, con tiempos de entrega de 10 a 14 días incluyendo el envío a domicilio en cualquier parte del mundo. URL: https://notaria-online.com/faq/tiempo-apostilla-haya-espana/ **P: ¿La apostilla sirve para todos los países del mundo?** R: No. La apostilla solo tiene validez en los países que han ratificado el Convenio de La Haya de 1961 (más de 120 países en 2024). Algunos países importantes que sí la aceptan: todos los de la UE, EE.UU., Reino Unido, Australia, México, Argentina, Brasil, Colombia...Para países no firmantes del Convenio (algunos países africanos y asiáticos como China continental, Arabia Saudí, etc.), el documento debe pasar por un proceso distinto: legalización consular, que consiste en la autenticación por el Ministerio de Asuntos Exteriores español y luego por el consulado del país de destino en España. Es un proceso más lento y costoso.Nuestro equipo te informa sobre el procedimiento correcto según el país donde vayas a usar el documento. URL: https://notaria-online.com/faq/apostilla-valida-todos-paises/ **P: ¿Qué diferencia hay entre apostilla y legalización consular?** R: Son dos sistemas distintos para dar validez internacional a documentos:Apostilla:Un único sello emitido por la autoridad designada del país de origenSolo sirve para países firmantes del Convenio de La Haya (más de 120)Proceso más rápido y económicoLegalización consular:Proceso en cadena: Ministerio de Asuntos Exteriores + consulado del país de destino en EspañaPara países NO firmantes del Convenio de La HayaMás lento, costoso y burocráticoAntes de apostillar o legalizar, verifica siempre en qué país va a usarse el documento. Nuestro equipo te indica el proceso correcto en cada caso. URL: https://notaria-online.com/faq/diferencia-apostilla-legalizacion-consular/ ### Categoría: Jura de Nacionalidad **P: ¿Puedo hacer la jura de nacionalidad española sin venir a España?** R: Sí, existen dos alternativas para realizar la jura o promesa de nacionalidad española sin desplazarse a España:Opción 1 — Ante el consulado español de tu país: el cónsul actúa como notario y puede administrar el acto de jura en el consulado o embajada española de tu país de residencia. Los plazos suelen ser de varias semanas.Opción 2 — Ante notario español por videollamada: la Ley 11/2023 de digitalización notarial habilita al notario español para realizar actos de jura de nacionalidad por videoconferencia. En Notaría Online te asesoramos si tu caso concreto puede resolverse por esta vía.Documentación necesaria: resolución de concesión de la nacionalidad, DNI/pasaporte en vigor, y fotografías. Nuestro equipo te indica exactamente qué necesitas según tu país de residencia. URL: https://notaria-online.com/faq/jura-nacionalidad-espanola-sin-venir-espana/ **P: ¿Qué pasa si no hago la jura de nacionalidad española dentro del plazo?** R: La resolución de concesión de la nacionalidad española impone un plazo de 180 días hábiles para realizar el acto de jura o promesa. Si no se realiza dentro de ese plazo, la resolución caduca y se pierde el derecho a la nacionalidad concedida.Si esto ocurre, no hay una solución automática. Habría que volver a iniciar el expediente de solicitud de nacionalidad, con todos los trámites, documentos y esperas que eso implica.Por eso es importante actuar con rapidez desde que se recibe la resolución favorable. Si te encuentras en el extranjero y tienes dificultades para organizarlo, contacta cuanto antes con Notaría Online para buscar la solución más rápida a tu situación. URL: https://notaria-online.com/faq/jura-nacionalidad-plazo-180-dias/ **P: ¿Cuál es el plazo para hacer la jura de nacionalidad española?** R: Una vez notificada la concesión de la nacionalidad española, el interesado dispone de 180 días naturales para comparecer ante el Encargado del Registro Civil, Notario, Juez de Paz o Cónsul y realizar el acto de jura o promesa.¿Qué ocurre si se supera el plazo? Si transcurren los 180 días sin causas justificadas, la resolución de concesión caduca y pierde su validez. Para obtener la nacionalidad, habría que iniciar de nuevo el proceso desde el principio, lo que puede suponer años de espera adicionales.Causas de fuerza mayor que pueden justificar el retraso (enfermedad grave, hospitalización) deben acreditarse documentalmente y solicitarse una prórroga antes de que venza el plazo inicial.No esperes al último momento: la documentación puede tardar en obtenerse y las citas en los registros pueden tener demora. Contacta con nosotros en cuanto recibas la notificación. URL: https://notaria-online.com/faq/plazo-jura-nacionalidad-espanola/ **P: ¿Se puede hacer la jura de nacionalidad española ante notario?** R: Sí. Desde enero de 2015, la jura o promesa de nacionalidad española puede realizarse ante notario, además de ante el Encargado del Registro Civil o el Juez de Paz.Ventajas de la vía notarial:Mayor flexibilidad de horarios y citasHabitualmente menor tiempo de espera que en el Registro CivilEl notario puede dar fe del acto de forma más ágil¿Puede hacerse por videoconferencia? El acto de jura requiere la presencia física del interesado ante el notario, por lo que en principio no puede hacerse íntegramente online. Sin embargo, la preparación de toda la documentación sí la gestionamos de forma telemática.En Notaría Online coordinamos la cita con el notario y te preparamos toda la documentación para que el acto sea rápido y sin problemas. URL: https://notaria-online.com/faq/jura-nacionalidad-espanola-ante-notario/ **P: ¿Qué documentos debo llevar al acto de jura de nacionalidad?** R: Los documentos habituales para el acto de jura son (pueden variar según el caso):Resolución de concesión de nacionalidad (original o copia sellada)Pasaporte o documento de identidad del país de origen en vigorTarjeta de residencia (NIE) actualizadaCertificado de empadronamiento actualizado (menos de 3 meses)Certificado de nacimiento del país de origen (apostillado y traducido si es necesario)Libro de familia si procede (matrimonio, hijos)Nuestro equipo revisa tu caso específico y te indica exactamente qué necesitas, incluyendo si es preciso apostillar o traducir algún documento del país de origen. URL: https://notaria-online.com/faq/documentos-acto-jura-nacionalidad/ ### Categoría: Compulsa de documentos **P: ¿Puedo obtener una compulsa notarial de mis documentos estando en el extranjero?** R: Depende del tipo de documento y de para qué lo necesites:Si necesitas compulsa de un documento que tienes en tu poder: puedes enviarnos el original por mensajería internacional, gestionamos la compulsa notarial y te devolvemos el original junto con la copia compulsada.Si el documento original está en España: podemos acceder a él a través de representación o protocolo notarial y gestionar la copia compulsada directamente.Documentos notariales: los notarios siempre pueden expedir copias de escrituras de su protocolo sin necesidad de que el titular comparezca.Si lo que necesitas es que la compulsa sea reconocida en un país extranjero, es probable que también necesites la Apostilla de La Haya sobre la compulsa. URL: https://notaria-online.com/faq/compulsa-notarial-estando-extranjero/ **P: ¿Qué es una compulsa notarial y qué validez tiene?** R: Una compulsa notarial (o copia compulsada) es la certificación que acredita que una fotocopia es fiel y exacta al documento original. El notario, o en algunos casos un funcionario público competente, estampa un sello y su firma para certificar la autenticidad de la copia.La copia compulsada tiene plena validez legal ante organismos, administraciones y empresas que exigen verificar un documento sin que el interesado tenga que entregar el original.Es importante distinguir entre:Compulsa notarial: realizada por un notario; máxima validez legalCompulsa administrativa: realizada por un funcionario público; válida para trámites ante ese organismoCopia simple: sin certificación; sin validez oficial URL: https://notaria-online.com/faq/compulsa-notarial-que-es-validez/ **P: ¿Cuándo necesito una compulsa de documentos?** R: La compulsa de documentos se requiere con frecuencia en los siguientes trámites:Oposiciones y acceso a la función pública: acreditación de titulaciones, méritos y experienciaTrámites de extranjería: NIE, permiso de residencia, renovacionesProcedimientos judiciales: aportación de documentos a expedientesTrámites bancarios: apertura de cuentas, solicitudes de préstamosProcesos selectivos en empresas: acreditación de titulaciones y certificadosTrámites notariales: para que el notario incorpore copias certificadas a escriturasGestiones en el extranjero: cuando el organismo extranjero exige una copia certificada por notario español URL: https://notaria-online.com/faq/cuando-necesito-compulsa-documentos/ **P: ¿Cuánto cuesta una compulsa notarial?** R: El coste de una compulsa notarial sigue el arancel notarial. Con carácter general, una compulsa simple tiene un coste reducido (habitualmente entre 6 € y 30 € por folio o documento, según el tipo y la notaría).A este coste se añaden:Los honorarios de gestión de Notaría Online por coordinar el trámiteLos gastos de envío del documento compulsado si se solicita a domicilioPara volúmenes de documentación elevados (varias páginas o múltiples documentos), contacta con nosotros para recibir un presupuesto personalizado sin compromiso. El servicio es mucho más económico que perder tiempo de trabajo gestionándolo personalmente. URL: https://notaria-online.com/faq/coste-compulsa-notarial/ ### Categoría: Pareja de hecho **P: ¿Puede un ciudadano latinoamericano (argentino, colombiano, mexicano...) registrar una pareja de hecho en España?** R: Sí, los ciudadanos latinoamericanos pueden registrar una pareja de hecho en España siempre que cumplan el requisito principal: residencia legal y acreditada en España (NIE, tarjeta de residencia o permiso de trabajo en vigor).Documentación adicional que suelen pedir:Certificado de estado civil del país de origen (soltería o capacidad matrimonial): debe ser apostillado por el país emisor y traducido al español por traductor juradoCertificado de nacimiento también apostillado y traducidoEmpadronamiento en el mismo municipio que tu pareja (o al menos en la misma CCAA)El proceso varía según la comunidad autónoma donde os vayáis a registrar. En Notaría Online elaboramos el convenio de convivencia (previo al registro) y asesoramos sobre qué documentos legalizar y cómo. URL: https://notaria-online.com/faq/pareja-hecho-ciudadanos-latinoamericanos-espana/ **P: ¿Qué diferencias hay entre pareja de hecho y matrimonio en España?** R: Las principales diferencias son:AspectoMatrimonioPareja de hechoRegulaciónEstatal (uniforme)Autonómica (varía)FormalizaciónJuzgado, Registro Civil o notaríaRegistro autonómico (+ notaría opcional)Derechos sucesoriosAmplios y uniformesVariables según CCAAPensión de viudedadSíSolo si cumple requisitosRégimen económicoLegal + pactos capitularesEl que pacten + convenioDisoluciónDivorcio (judicial)Comunicación al RegistroLa pareja de hecho ofrece más flexibilidad pero menor uniformidad de derechos. Es especialmente útil cuando los miembros de la pareja no quieren contraer matrimonio pero sí tener un marco legal para su convivencia. URL: https://notaria-online.com/faq/diferencias-pareja-hecho-matrimonio-espana/ **P: ¿Tiene derecho la pareja de hecho a la pensión de viudedad?** R: Sí, pero sujeto a requisitos estrictos. Para que el miembro sobreviviente de una pareja de hecho tenga derecho a la pensión de viudedad, se deben cumplir todos estos requisitos:La pareja debe estar inscrita en el Registro de Parejas de Hecho de la comunidad autónomaLa inscripción debe haberse realizado con al menos 2 años de antelación al fallecimientoEl superviviente debe haber convivido con el fallecido durante al menos 5 años inmediatamente anteriores al fallecimientoEl superviviente debe acreditar dependencia económica del fallecido (en la mayoría de los casos)Este último requisito —la dependencia económica— puede ser un obstáculo importante. Nuestro equipo asesora sobre la documentación necesaria para acreditar el derecho a la prestación. URL: https://notaria-online.com/faq/pareja-hecho-pension-viudedad/ **P: ¿Cómo se disuelve una pareja de hecho?** R: La disolución de una pareja de hecho es más sencilla que un divorcio. Puede producirse por:Acuerdo mutuo: ambos miembros presentan conjuntamente la solicitud de disolución ante el Registro autonómicoDecisión unilateral: uno de los miembros puede comunicar al Registro su voluntad de disolver la unión, sin necesitar el acuerdo del otroMatrimonio entre los dos miembros: disuelve automáticamente la pareja de hechoFallecimiento de uno de los miembrosSi hay bienes comunes o hijos, la disolución requiere un acuerdo de liquidación de bienes (o de convenio regulador si hay menores), que puede formalizarse ante notario o ante el juzgado si hay discrepancias.Nuestro equipo prepara el convenio de liquidación para que la disolución sea ordenada y minimice los conflictos. URL: https://notaria-online.com/faq/como-disolver-pareja-hecho/ **P: ¿Puede una pareja de hecho de extranjeros registrarse en España?** R: Sí, con condiciones. Los extranjeros con residencia en España pueden inscribir su pareja de hecho en el Registro autonómico de la comunidad donde residen, con independencia de su nacionalidad.Requisitos habituales para parejas mixtas o de extranjeros:DNI o NIE en vigor de ambos miembrosCertificado de empadronamiento en la misma localidad (o al menos en la misma CCAA, según normativa autonómica)Certificado de soltería o estado civil del país de origen (habitualmente apostillado y traducido)Certificado de nacimiento del país de origen (apostillado y traducido)Declaración de no estar inscrito/a como pareja de hecho con otra personaSi el certificado de soltería proviene de un país que no emite este tipo de documentos, existen alternativas. Nuestro equipo asesora sobre cómo superar este obstáculo frecuente en parejas internacionales. URL: https://notaria-online.com/faq/pareja-hecho-extranjeros-espana/ ### Categoría: Poderes notariales internacionales **P: ¿Puedo tramitar un poder notarial español desde Argentina?** R: Sí. Gracias a la Ley 11/2023 de digitalización notarial, puedes otorgar un poder ante notario español por videoconferencia desde Argentina en 24-48 horas.Diferencia horaria: Argentina (UTC-3) tiene 4-5 horas de diferencia con España según la época del año. Una cita a las 15:00h en Madrid son las 10:00-11:00h en Buenos Aires, lo que facilita organizarlo en horario de trabajo.Argentina y el Convenio de La Haya: Argentina es firmante desde 1988. Si otorgas el poder ante notario español por videollamada, el documento ya es español y no necesita apostilla para usarse en España. Solo necesitarías apostilla si fueras a usar el documento en Argentina u otro tercer país.Los consulados españoles en Argentina (Buenos Aires, Córdoba, Mendoza, Rosario, Mar del Plata) también pueden otorgar poderes, pero los plazos de cita suelen ser de semanas. URL: https://notaria-online.com/faq/poder-notarial-espanol-desde-argentina/ **P: ¿Cuánto tarda una apostilla urgente en España?** R: La apostilla de documentos notariales en España se gestiona a través del Ministerio de Justicia. Desde la digitalización del proceso, el plazo habitual es de 2 a 5 días hábiles para la apostilla electrónica de documentos notariales.Plazos orientativos:Apostilla electrónica (documentos notariales digitales): 2-5 días hábilesApostilla en papel (documentos físicos, algunos documentos judiciales): 5-10 días hábilesApostilla de títulos académicos (Ministerio de Universidades): variable, puede tardar másEn Notaría Online incluimos la gestión de la apostilla en el servicio de poderes internacionales. El proceso completo — videollamada con el notario + apostilla + envío internacional — tarda entre 10 y 14 días naturales.Si necesitas el documento con urgencia extrema, consúltanos: en algunos casos podemos agilizar los plazos. URL: https://notaria-online.com/faq/apostilla-urgente-plazo-espana/ **P: ¿Puedo tramitar un poder notarial español desde México?** R: Sí. Gracias a la Ley 11/2023 de digitalización notarial, puedes otorgar un poder ante notario español desde México por videoconferencia, sin necesidad de acudir a ningún consulado. El proceso completo dura 24-48 horas.Lo que necesitas:DNI español o pasaporte español en vigorOrdenador, tablet o móvil con cámara y micrófonoConexión a internet estableDatos del apoderado (la persona que actuará en tu nombre en España)Sobre la diferencia horaria: España lleva 6-7 horas de ventaja sobre Ciudad de México. Nuestro equipo agenda la cita en un horario que sea conveniente para ambos lados.El poder original se envía a tu domicilio en México por mensajería internacional (DHL, 3-5 días hábiles) o directamente a España si lo prefieres. No necesita apostilla para usarse en España, ya que es un documento notarial español. URL: https://notaria-online.com/faq/poder-notarial-espanol-desde-mexico/ **P: ¿Puedo tramitar un poder notarial español desde Estados Unidos?** R: Sí, completamente. La Ley 11/2023 permite al notario español autorizar escrituras públicas por videoconferencia con el firmante en cualquier país, incluido Estados Unidos. Es la forma más rápida y económica comparada con volar a España o acudir al consulado.Diferencia horaria EE.UU. - España:Costa Este (Nueva York, Miami...): España lleva 6 horas de ventaja. Agendamos citas a las 15:00-17:00h española (09:00-11:00h ET).Costa Oeste (California, Texas...): España lleva 9 horas de ventaja. Agendamos citas a las 17:00-18:00h española (08:00-09:00h PT).Identificación: necesitas DNI español o pasaporte español en vigor. Si tienes doble nacionalidad, el pasaporte americano no es válido para este trámite.El poder otorgado por videollamada ante notario español no necesita apostilla para usarse en España. URL: https://notaria-online.com/faq/poder-notarial-espanol-desde-estados-unidos/ **P: ¿Desde qué países de América Latina puedo tramitar un poder notarial español?** R: Desde cualquier país del mundo, incluidos todos los de América Latina. Hemos tramitado poderes para clientes en Argentina, Colombia, Chile, Venezuela, Perú, Ecuador, Cuba, Bolivia, Uruguay, Paraguay y muchos más.El proceso es siempre el mismo: videollamada con el notario español, identificación con DNI/pasaporte español, autorización del poder y envío internacional del original.¿Necesitan apostilla los documentos de LATAM para ser usados en España? Solo si el poder lo otorgas ante un notario local (del país de residencia). Si lo otorgas ante notario español por videollamada, ya es un documento español que circula directamente sin apostilla.Diferencias horarias orientativas:Argentina / Chile: -4 a -5h | Colombia / Perú / Ecuador: -6h | Venezuela: -5:30h | Cuba: -6h (-5h en verano)Nuestro equipo coordina la cita con la diferencia horaria de tu país. URL: https://notaria-online.com/faq/poder-notarial-espanol-desde-latinoamerica/ **P: ¿Qué es la Apostilla de La Haya y para qué sirve?** R: La Apostilla de La Haya es un sello oficial que autentica un documento público (como un poder notarial, una sentencia judicial o un acta de nacimiento) para que tenga validez legal en los países firmantes del Convenio de La Haya de 1961.Sin Apostilla, un documento público español necesitaría pasar por un proceso de legalización consular en el país de destino (mucho más lento y costoso).Con Apostilla: el documento es directamente reconocido en los más de 120 países firmantes sin trámites adicionales.Quién emite la Apostilla en España:El Ministerio de Justicia para documentos notariales, judiciales y del Registro CivilLos Tribunales Superiores de Justicia de cada comunidad autónoma URL: https://notaria-online.com/faq/apostilla-haya-que-es/ **P: ¿En qué países es válido un poder notarial con Apostilla de La Haya?** R: Un poder notarial apostillado es válido en todos los países firmantes del Convenio de La Haya de 1961, que incluyen más de 120 estados:Europa: todos los países de la UE, Reino Unido, Suiza, Noruega, Turquía, Rusia...América: Estados Unidos, Canadá, México, Brasil, Argentina, Colombia, Chile, Perú, Venezuela, Ecuador, Bolivia, Uruguay, Paraguay...Asia-Pacífico: Australia, Nueva Zelanda, Japón, China (solo Hong Kong y Macao), India, Israel...África: Sudáfrica, Marruecos, Túnez...Para países no firmantes (algunos países africanos y asiáticos), el documento requiere legalización consular. Nuestro equipo informa sobre el procedimiento según el país de destino. URL: https://notaria-online.com/faq/paises-validos-apostilla-haya/ **P: ¿Puedo tramitar un poder notarial para España desde el extranjero?** R: Sí, existen dos opciones para tramitar un poder para usar en España cuando estás en el extranjero:Opción 1 — Consulado o Embajada española: Los notarios consulares de las embajadas y consulados españoles pueden otorgar poderes notariales con la misma validez que una notaría española. Nuestro equipo redacta el poder y asesora sobre el procedimiento en el consulado de tu país.Opción 2 — Notario local con Apostilla: Un notario del país donde resides puede autorizar el poder, apostillarlo y traducirlo si es necesario. La validez en España estará sujeta a que cumpla los requisitos formales del Código Civil español.En ambos casos, Notaría Online gestiona la redacción del poder adaptado a la legislación española y coordina los trámites necesarios. URL: https://notaria-online.com/faq/poder-notarial-espana-desde-extranjero/ **P: ¿Cuánto tarda en llegar un poder notarial internacional a domicilio?** R: El plazo total desde la solicitud hasta recibir el poder notarial internacional apostillado en tu domicilio es de 10 a 14 días naturales.El proceso por fases:Días 1-2: Redacción del poder, traducción si procede, y gestión de la cita virtual con el notario.Días 2-3: Videoconferencia con el notario y otorgamiento de la escritura.Días 3-5: Obtención de la Apostilla de La Haya (Ministerio de Justicia).Días 5-14: Envío por mensajería internacional a domicilio.El envío se realiza a cualquier punto del mundo. Para destinos dentro de Europa el plazo suele ser menor (10-12 días). Para destinos más alejados puede llegar a los 14 días. URL: https://notaria-online.com/faq/tiempo-poder-notarial-internacional/ ### Categoría: Cómo funciona **P: ¿Qué es la Ley 11/2023 y qué cambió para los trámites notariales?** R: La Ley 11/2023, de 8 de mayo, de digitalización de actuaciones notariales y registrales, es la norma que consolidó y amplió la posibilidad de realizar actos notariales a distancia en España mediante videoconferencia.Los cambios más importantes que introdujo:Habilitación definitiva de la firma ante notario por videollamada para todos los actos notariales (poderes, testamentos, donaciones, escrituras societarias, etc.)Regulación de los requisitos técnicos y de seguridad para la identificación a distanciaReconocimiento expreso de la plena validez jurídica de los actos otorgados por videoconferencia, con los mismos efectos que la firma presencialDigitalización de las comunicaciones entre notarías, registros y administraciones públicasEn la práctica, significa que cualquier persona, desde cualquier lugar del mundo, puede otorgar una escritura pública o un poder notarial ante notario español sin salir de casa. URL: https://notaria-online.com/faq/ley-11-2023-tramites-notariales-digitalizacion/ **P: ¿Qué es un acta notarial y para qué sirve?** R: Un acta notarial es un documento público en el que el notario da fe de hechos, circunstancias o manifestaciones, pero sin necesariamente crear o modificar derechos como sí hacen las escrituras. Su función principal es dejar constancia fehaciente de una realidad con pleno valor probatorio.Tipos de actas notariales más habituales:Acta de manifestaciones: el notario da fe de lo que una persona declara (útil en conflictos hereditarios, mercantiles o laborales)Acta de requerimiento: para intimar fehacientemente a alguien al cumplimiento de una obligaciónActa de notoriedad: para acreditar hechos notorios (posesión, parentesco)Acta de constatación: para certificar el estado de un inmueble, el contenido de un contrato o incluso de una página web en un momento dadoActa de depósito: para depositar documentos, dinero u objetos con garantías jurídicasAlgunas actas pueden tramitarse con el otorgante compareciendo por videoconferencia. Consulta con nuestro equipo si tu caso puede resolverse de forma online. URL: https://notaria-online.com/faq/acta-notarial-que-es-para-que-sirve/ **P: ¿Es completamente legal la firma notarial por videoconferencia en España?** R: Sí, es completamente legal. La actuación notarial por videoconferencia está expresamente permitida en España por:La Ley 11/2023, de 8 de mayo, de digitalización de actuaciones notariales y registrales y de los actos de comunicaciónLas modificaciones previas de la Ley del Notariado y su ReglamentoEl notario debe:Verificar la identidad del otorgante mediante visualización del DNI/NIE por cámaraLeer íntegramente el documentoAsegurarse de que el otorgante comprende el contenido y presta su consentimiento librementeDar fe de la firma en tiempo realEl documento resultante tiene exactamente la misma validez que uno otorgado presencialmente: es una escritura pública con todos sus efectos jurídicos. URL: https://notaria-online.com/faq/legal-firma-notarial-videoconferencia-espana/ **P: ¿Qué tecnología necesito para firmar ante notario por videoconferencia?** R: Los requisitos técnicos son mínimos. Solo necesitas:Dispositivo con cámara: ordenador portátil o de sobremesa con webcam, tablet o smartphoneMicrófono: integrado en el dispositivo o con auriculares con micrófonoConexión a internet estable: mínimo 5 Mbps de velocidad de subidaNavegador actualizado: Chrome, Firefox, Safari o EdgeNo es necesario instalar ningún software especial. La videoconferencia se realiza a través de plataformas estándar que funcionan directamente en el navegador.Antes de la cita, nuestro equipo realiza una prueba técnica contigo para asegurarse de que todo funciona correctamente. URL: https://notaria-online.com/faq/tecnologia-firma-notarial-videoconferencia/ **P: ¿Cuánto tiempo tarda en completarse un trámite desde la solicitud?** R: Los plazos varían según el tipo de trámite:Poderes notariales: 24-48 horasDonaciones: 48 horasConstitución de Sociedad Limitada: 7 horas (sistema CIRCE) o 2-3 días (proceso ordinario)Cancelación de hipoteca: 2-4 semanas (según la agilidad del banco)Compraventas: variable, según acuerdo entre las partesPoderes internacionales: 10-14 días naturales incluyendo envío a domicilioHerencias: 2-8 semanas (proceso completo)Nuestro objetivo es siempre minimizar los plazos sin sacrificar la seguridad jurídica del cliente. URL: https://notaria-online.com/faq/tiempo-tramites-notariales-online/ **P: ¿Cómo se verifica la identidad en la firma notarial online?** R: La verificación de identidad en la firma notarial por videoconferencia sigue un proceso riguroso:Presentación del DNI/NIE o pasaporte: el otorgante muestra su documento de identidad ante la cámara para que el notario pueda verlo claramente.Comprobación de datos: el notario coteja los datos del documento con los que constan en el expediente.Reconocimiento facial: el notario verifica que la persona ante la cámara coincide con la fotografía del documento.Preguntas de verificación: el notario puede formular preguntas para confirmar la identidad.Si el notario tiene alguna duda sobre la identidad, puede solicitar documentación adicional o denegar el otorgamiento, igual que en una firma presencial. URL: https://notaria-online.com/faq/verificacion-identidad-firma-online/ ### Categoría: Poderes notariales **P: ¿Necesito poder notarial para que alguien venda mi piso en mi nombre?** R: Para que otra persona firme la venta por ti necesita representación suficiente. El poder debe identificar las facultades de venta y sus límites; la notaría revisa su suficiencia para la operación. Un poder para ese acto concreto puede admitirse por videoconferencia. La referencia orientativa de gestión es de 4 a 7 días hábiles con documentación completa, sujeta a agenda y entrega; una urgencia requiere confirmación expresa. URL: https://notaria-online.com/faq/poder-notarial-vender-piso-nombre/ **P: ¿Qué es la legitimación de firma y en qué se diferencia del poder notarial?** R: La legitimación de firma es un acto notarial distinto del poder. En la legitimación, el notario certifica únicamente que una firma es auténtica y pertenece a la persona identificada, sin crear ninguna representación ni autorización. El notario no da fe del contenido del documento.El poder notarial, en cambio, autoriza a una persona a actuar en nombre de otra para uno o varios actos jurídicos concretos.¿Cuándo se necesita legitimación de firma?Documentos privados que deben presentarse ante organismos que exigen autenticación notarialContratos o cesiones de derechos que van a usarse en el extranjeroInstancias administrativas que exigen firma legitimadaLa legitimación de firma es más rápida y económica que una escritura pública. Puede tramitarse online con el firmante compareciendo por videollamada, amparada por la Ley 11/2023. URL: https://notaria-online.com/faq/legitimacion-firma-vs-poder-notarial-diferencia/ **P: ¿Qué tipos de poderes notariales existen?** R: Un poder especial delimita actos concretos; un general contiene facultades más amplias; uno preventivo regula la representación ante futuras necesidades de apoyo. También hay poderes para pleitos y ante Administraciones. No todos se firman por videoconferencia: los generales y preventivos requieren otorgamiento presencial. URL: https://notaria-online.com/faq/tipos-poderes-notariales/ **P: ¿Se puede revocar un poder notarial? ¿Cómo?** R: Con carácter general, el poderdante puede revocar un poder mediante el correspondiente acto notarial. Deben revisarse los casos especiales, notificar la revocación al apoderado y valorar la comunicación a terceros que puedan utilizarlo. La pérdida de autonomía no debe tratarse como una extinción automática en todos los supuestos: conviene revisar el documento y las medidas de apoyo aplicables. URL: https://notaria-online.com/faq/revocar-poder-notarial/ **P: ¿Tiene el mismo valor legal un poder notarial firmado por videoconferencia?** R: El poder autorizado por notario mediante el procedimiento legal de videoconferencia tiene validez como documento público. Debe corresponder a un supuesto admitido y cumplir las garantías de identificación, consentimiento y firma. Mostrar el DNI en una videollamada ordinaria no es suficiente. Los poderes generales y preventivos están excluidos de esta modalidad. URL: https://notaria-online.com/faq/validez-legal-poder-notarial-videoconferencia/ **P: ¿Para qué se usa un poder notarial en la práctica?** R: Los poderes notariales son imprescindibles en numerosas situaciones cotidianas:Compraventa de inmuebles: cuando el propietario no puede asistir a la firma de la escrituraGestión de herencias: para que un heredero gestione el proceso en nombre de todosTrámites bancarios: operar cuentas, contratar o cancelar productos financierosRepresentación en procedimientos judicialesGestión de propiedades en España desde el extranjeroGestiones ante la Administración: Hacienda, Seguridad Social, AyuntamientosFirma de contratos de arrendamientoActos societarios: junta general, ampliación de capital, etc.Planificación de la dependencia: poder preventivo para casos de incapacidad URL: https://notaria-online.com/faq/usos-poder-notarial-practica/ **P: ¿Es necesario que acuda el apoderado a la firma?** R: No , basta con que acuda a la firma el poderdante o poderdantes que otorguen el poder. URL: https://notaria-online.com/faq/es-necesario-que-acuda-el-apoderado-a-la-firma/ **P: ¿Puedo designar a más de un apoderado en un poder notarial?** R: Sí, en muchos casos se designa a más de un apoderado en un poder notarial. Puedes especificar si los apoderados deben actuar conjuntamente (de manera mancomunada) o si tienen facultades para actuar de forma independiente. Es importante describir claramente las instrucciones y los límites de los poderes de cada apoderado en el documento. URL: https://notaria-online.com/faq/puedo-designar-a-mas-de-un-apoderado-en-un-poder-notarial/ **P: ¿Cuánto tiempo es válido un poder notarial?** R: La validez de un poder notarial queda limitada o bien por una fecha determinada en la que deja de tener validez, por revocación del mismo, porque el poderdante deje de tener sus facultades mentales y devenga incapacitado para otorgar la revocación de poder o bien por el fallecimiento del poderdante. URL: https://notaria-online.com/faq/cuanto-tiempo-es-valido-un-poder-notarial/ **P: ¿Cómo puedo revocar un poder notarial?** R: Para revocar un poder notarial debes otorgar una escritura de revocación de apoderamiento, que no es más que la cancelación del mandato que habías otorgado en el poder original y notificar dicha revocación a los apoderados afectados. Un buen consejo es otorgar el poder que necesites hacer pero no otorgar facultades al apoderado para que pueda obtener copias del poder por sí mismo. De esta manera, una vez que el apoderado haga el mandato que se le ha encomendado, bastará con retirarle la copia del poder, dejando al apoderado sin dicho poder, evitando así tener que otorgar una escritura de revocación en el futuro. URL: https://notaria-online.com/faq/como-puedo-revocar-un-poder-notarial/ **P: ¿Cuál es la diferencia entre un poder notarial general y uno específico?** R: Un poder notarial general otorga amplios poderes al apoderado para actuar en nombre del poderdante en una variedad de asuntos legales. Sin embargo, un poder notarial específico (también conocido como poder notarial especial) limita las facultades del apoderado a actuar únicamente en situaciones y asuntos específicos, que son mencionados en el poder.   URL: https://notaria-online.com/faq/cual-es-la-diferencia-entre-un-poder-notarial-general-y-uno-especifico/ **P: ¿Por qué necesito un poder notarial?** R: Un poder notarial puede ser necesario cuando no puedes estar presente personalmente para realizar cualquier acto. Al otorgar un poder notarial, puedes designar a alguien de confianza para que actúe en tu nombre, lo cual es especialmente útil en situaciones en las que estás ausente o incapacitado. URL: https://notaria-online.com/faq/por-que-necesito-un-poder-notarial/ **P: ¿Qué es un poder notarial?** R: Un poder notarial es un documento que otorga capacidad a una persona (llamada apoderado o representante) para actuar en nombre de otra persona (llamada poderdante o otorgante). El poder notarial puede conferirse para diversos propósitos, como realizar transacciones financieras, firmar contratos, gestionar propiedades o representar al poderdante en cualquier ámbito. También es necesario otorgar un poder cuando tienes que resolver un asunto en los juzgados, otorgándole poder a tu abogado y procurador. URL: https://notaria-online.com/faq/que-es-un-poder-notarial/ ### Categoría: Donaciones **P: ¿Qué impuestos se pagan por una donación en España?** R: El donatario, quien recibe la donación, paga el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Es un impuesto estatal cedido a las comunidades autónomas, y cada una fija sus propias bonificaciones, reducciones y tipos.La diferencia entre unas y otras es grande. Varias comunidades bonifican el 99% o el 100% de la cuota en donaciones entre padres, hijos y cónyuges, de modo que el coste fiscal es casi nulo. Otras no bonifican, pero aplican tarifas propias muy por debajo de la escala estatal. Y algunas condicionan el beneficio a límites de cuantía o a requisitos concretos.Hay un requisito que se repite en la mayoría: la donación debe formalizarse en escritura pública. Sin ella se pierde la bonificación o se aplica la tarifa general, bastante más cara. Si se dona dinero, además suele exigirse que el origen de los fondos conste en la escritura.Sin ninguna bonificación autonómica, la escala estatal va del 7,65% al 34% según el valor donado, el parentesco y el patrimonio previo del donatario.Consulta la página de tu comunidad autónoma para ver el régimen que te aplica, o escríbenos con tu caso. URL: https://notaria-online.com/faq/impuestos-donacion-espana/ **P: ¿Cuánto tarda en realizarse la escritura de donación online?** R: El proceso de donación online con Notaría Online se completa en aproximadamente 48 horas desde la recepción de la documentación completa:Día 1: Recepción de documentación, análisis de la situación y redacción de la escritura por nuestro equipo jurídico.Día 2: Videoconferencia con el notario y firma de la escritura por donante y donatario.Los trámites posteriores (liquidación del impuesto de donaciones e inscripción registral si hay inmuebles) llevan tiempo adicional, habitualmente 2-4 semanas. URL: https://notaria-online.com/faq/tiempo-escritura-donacion-online/ **P: ¿Es necesaria escritura notarial para donar dinero?** R: Las donaciones de dinero (donaciones manuales) no requieren escritura notarial según el artículo 632 del Código Civil. Se perfeccionan con la simple entrega del dinero.Sin embargo, es muy recomendable formalizarlas ante notario cuando:La cantidad es significativaSe quiere dejar constancia fehaciente para futuras herencias (la donación puede computar como anticipo de la legítima)Se quiere documentar el origen del dinero para HaciendaEl donatario necesita justificar el origen de los fondos ante el bancoLas donaciones de inmuebles sí requieren escritura notarial obligatoriamente (art. 633 CC), bajo pena de nulidad. URL: https://notaria-online.com/faq/necesaria-escritura-donar-dinero/ **P: ¿Puede una donación afectar a la herencia futura?** R: Sí. Las donaciones realizadas en vida pueden afectar al reparto de la herencia futura de varias formas:Colación: Los herederos forzosos (hijos y descendientes) que reciban una donación en vida del donante deben "colacionarla" (contarla como anticipo de su herencia) salvo que el donante les haya dispensado expresamente de ello en la escritura.Reducción de donaciones inoficiosas: Si las donaciones en vida perjudican la legítima de los herederos forzosos, estos pueden exigir la reducción de dichas donaciones para cubrir su legítima.En Notaría Online asesoramos sobre cómo estructurar las donaciones para minimizar conflictos futuros en la herencia. URL: https://notaria-online.com/faq/donacion-afecta-herencia-futura/ **P: ¿Cuáles son los beneficios de realizar donaciones?** R: Las donaciones son un medio efectivo para transferir bienes, particularmente en España donde la cuota tributaria puede ser significativamente reducida en muchas comunidades autónomas. Este método permite a las familias realizar un traspaso patrimonial seguro y económico de padres a hijos. Al donar, no solo se garantiza un menor costo tributario en el presente, sino que también se evita la incertidumbre de las futuras obligaciones fiscales asociadas a las herencias. Es una estrategia legal y fiscal que asegura tanto el beneficio de los donantes como el de los beneficiarios. URL: https://notaria-online.com/faq/cuales-son-los-beneficios-de-realizar-donaciones/ **P: ¿Qué es una donación?** R: Una donación es un acto mediante el cual una persona (donante) transfiere bienes, dinero o recursos a otra persona, organización o entidad (beneficiario) sin esperar una compensación a cambio. URL: https://notaria-online.com/faq/que-es-una-donacion/ ### Categoría: Cancelación hipoteca **P: ¿Es obligatorio cancelar registralmente la hipoteca cuando se paga?** R: Legalmente no es obligatorio, pero es altamente recomendable. Cuando terminas de pagar la hipoteca, el banco te da el certificado de deuda cero, pero la hipoteca sigue inscrita en el Registro de la Propiedad con todos sus efectos jurídicos hasta que se cancele formalmente.Consecuencias de no cancelarla:Al vender el inmueble, el comprador verá la hipoteca en el Registro y exigirá su cancelación previa (o retención del precio para cancelarla)Es imposible solicitar una nueva hipoteca sobre ese inmueble sin cancelar la anteriorEn general, cualquier operación sobre la finca se complica¿Cuándo prescribe la hipoteca? Las hipotecas prescriben a los 20 años desde que venció el último plazo de amortización, si no se ha ejercitado la acción ejecutiva. Pero este plazo es muy largo para esperar. URL: https://notaria-online.com/faq/obligatorio-cancelar-hipoteca-registralmente/ **P: ¿Cuánto cuesta cancelar una hipoteca registralmente?** R: Los costes de la cancelación registral de hipoteca son:AJD (Actos Jurídicos Documentados): Exento desde 2018 para cancelaciones de hipoteca. No hay que pagar este impuesto.Honorarios notariales: Regulados por arancel. Para una hipoteca de entre 100.000 y 200.000 euros, los honorarios notariales suelen oscilar entre 90 y 150 euros.Registro de la Propiedad: Entre 24 y 90 euros, según el capital hipotecario.Gastos de gestión: Si contratas la gestión con el banco, este puede cobrar entre 300 y 1.000 euros. Con Notaría Online el proceso es más económico.En total, el coste de cancelar la hipoteca por tu cuenta (sin usar la gestoría del banco) suele oscilar entre 150 y 350 euros. URL: https://notaria-online.com/faq/coste-cancelar-hipoteca/ **P: ¿Necesito que el banco participe en la cancelación de hipoteca?** R: Sí, el banco debe participar obligatoriamente en dos aspectos:Emitir el certificado de deuda cero: documento que acredita que la hipoteca está completamente pagada. El banco está obligado a entregarlo gratuitamente en el plazo de 7 días hábiles desde la solicitud.Firmar la escritura de cancelación: un apoderado del banco debe comparecer ante notario (presencialmente o por videoconferencia) para otorgar la escritura de cancelación.Sin embargo, puedes elegir tú la notaría donde se otorgue la escritura. No estás obligado a usar la notaría ni la gestoría del banco, lo que puede suponer un ahorro significativo.Nuestro equipo coordina con el banco la obtención del certificado y la agenda del apoderado para la firma notarial. URL: https://notaria-online.com/faq/banco-participa-cancelacion-hipoteca/ ### Categoría: General **P: ¿Puedo usar los servicios de Notaria-Online si no estoy en España?** R: Sí, muchos de los trámites notariales y de constitución de empresas pueden realizarse de forma remota a través de Notaria-Online. Aunque algunos procesos pueden requerir presencia física, la mayoría de los servicios están diseñados para ser accesibles desde cualquier lugar, ofreciendo comodidad y eficiencia a emprendedores internacionales. URL: https://notaria-online.com/faq/puedo-usar-los-servicios-de-notaria-online-si-no-estoy-en-espana/ **P: ¿Son seguros y legales los trámites notariales online?** R: Sí, todos los trámites notariales online realizados por Notaria-Online cumplen con la legislación española y son plenamente válidos. Servicios como testamentos, poderes notariales, compraventas de inmuebles y herencias se gestionan con máxima seguridad y confidencialidad, garantizando su validez legal. URL: https://notaria-online.com/faq/son-seguros-y-legales-los-tramites-notariales-online/ **P: ¿Qué ventajas tiene el servicio de sociedades express de Notaria-Online?** R: El servicio de sociedades express de Notaria-Online permite constituir una empresa en solo 7 horas, gracias a su condición de Punto PAE y al uso del sistema CIRCE. Este servicio elimina trámites burocráticos tradicionales, reduce costes y ofrece una solución ideal para emprendedores que necesitan operatividad inmediata. URL: https://notaria-online.com/faq/que-ventajas-tiene-el-servicio-de-sociedades-express-de-notaria-online/ **P: ¿Cómo funciona el sistema CIRCE en la creación de empresas?** R: El sistema CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas) es una plataforma digital que permite gestionar todos los trámites necesarios para la creación de empresas de forma telemática. Notaria-Online utiliza CIRCE para agilizar procesos como la gestión del Documento Único Electrónico (DUE), trámites ante la AEAT y la Seguridad Social, y la inscripción en el Registro Mercantil, ofreciendo un servicio rápido y eficiente. URL: https://notaria-online.com/faq/como-funciona-el-sistema-circe-en-la-creacion-de-empresas/ **P: ¿Qué es un Punto PAE y cómo puede ayudarme a crear mi empresa?** R: Un Punto de Atención al Emprendedor (PAE) es una oficina certificada por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de España que simplifica los trámites para la creación de empresas y el alta de autónomos. Como Punto PAE, Notaria-Online ofrece asesoramiento integral, tramitación telemática a través del sistema CIRCE, y la posibilidad de constituir sociedades en tan solo siete horas, reduciendo tiempos y costes. URL: https://notaria-online.com/faq/que-es-un-punto-pae-y-como-puede-ayudarme-a-crear-mi-empresa/ --- ## ARTÍCULOS RECIENTES DEL BLOG **SL o autónomo en 2026: cuándo conviene cada opción** URL: https://notaria-online.com/sl-o-autonomo-en-2026-cuando-conviene-cada-opcion Análisis actualizado a octubre de 2026 con costes reales, cotizaciones, fiscalidad y responsabilidad patrimonial. Calcula tu punto de equilibrio según facturación prevista y decide la forma jurídica más ventajosa. **Galicia prepara una reforma para que el heredero no pague las deudas del fallecido con su propio dinero** URL: https://notaria-online.com/reforma-derecho-civil-galicia-herencias-deudas La Comisión Notarial del Derecho Civil de Galicia ha entregado a la Xunta una propuesta de reforma: el heredero solo respondería de las deudas con los bienes heredados, habría albacea digital y las parejas de hecho tendrían los derechos del cónyuge viudo. 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