Si eres español residente en el extranjero y has recibido una herencia en España, seguramente te preguntas si es posible tramitarla sin volver. La buena noticia: sí, es posible hacerlo completamente desde el exterior. Te explicamos cómo.
Sí. Gracias a la Ley 11/2023 de digitalización notarial, y a la posibilidad de otorgar poderes notariales por videollamada, es perfectamente posible gestionar todo el proceso hereditario desde cualquier país del mundo. En Notaría Online llevamos años ayudando a españoles en el extranjero a tramitar sus herencias sin necesidad de coger un avión.
Hay tres vías para que un heredero en el extranjero participe en la tramitación de una herencia española:
Los herederos no residentes en España también están sujetos al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Desde la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (2014) y las reformas posteriores, los no residentes tienen derecho a aplicar la normativa de la comunidad autónoma donde radiquen los bienes, igual que los residentes. Esto es especialmente ventajoso en comunidades como Madrid, Canarias o Andalucía, con bonificaciones de hasta el 99% para herederos directos.
El plazo es similar al de una herencia ordinaria: entre 2 y 4 meses para el proceso completo. La lejanía geográfica no supone un retraso adicional si se gestiona correctamente desde el principio con poderes notariales y coordinación telemática.
Sí, sin ningún problema. Hemos tramitado herencias para españoles residentes en México, Argentina, Colombia, Chile, Venezuela, Ecuador, EE.UU., Reino Unido, Alemania y muchos otros países. El proceso es idéntico: poder notarial por videollamada, gestión documental remota y firma telemática de la escritura.
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