Firma tu escritura de compraventa online en España
Nuestro equipo de expertos gestiona y tramita tu escritura de compraventa de forma telemática, asegurando una transacción segura, rápida y con plena validez jurídica.
Desde 250 € + IVA
Consulta gratuita
¿Comprando o vendiendo una propiedad?
Te respondemos en menos de 24 horas.
¿No te carga el formulario? Escríbenos aquí y te contactamos en menos de 24 horas.
Servicio completo
¿Qué incluye la tramitación de compraventa online?
Nos encargamos de todo: desde la revisión legal del contrato hasta la inscripción en el Registro de la Propiedad.
Revisión legal del contrato de arras
Analizamos el contrato de arras o reserva para proteger tus intereses antes de formalizar la compraventa.
Preparación de la escritura pública
Redactamos la escritura de compraventa con todos los datos y condiciones acordadas entre comprador y vendedor.
Gestión fiscal (ITP / IVA y AJD)
Calculamos y gestionamos el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o IVA + Actos Jurídicos Documentados según corresponda.
Coordinación con notaría y banco
Gestionamos la cita ante notario y coordinamos con el banco del comprador si hay hipoteca de por medio.
Inscripción en el Registro de la Propiedad
Tramitamos la inscripción de la escritura en el Registro para que la propiedad quede a tu nombre de forma oficial.
Asesoría jurídica completa
Un experto resuelve todas tus dudas durante el proceso y te acompaña desde la firma hasta la inscripción final.
Proceso
¿Cómo funciona una compraventa online?
El proceso completo dura habitualmente entre 3 y 6 semanas desde que nos contactas hasta la firma ante notario e inscripción registral. Los plazos dependen de la obtención de documentación y la disponibilidad del banco si hay hipoteca.
Documentación necesaria
¿Qué documentos necesito para la compraventa?
No te preocupes si te falta algún documento. Te indicamos exactamente qué necesitas y te ayudamos a obtenerlo.
Consultar sin compromiso →¿Qué es la escritura de compraventa y por qué es necesaria?
La escritura pública de compraventa es el documento notarial que acredita oficialmente el cambio de titularidad de un inmueble. Sin ella no es posible inscribir la propiedad en el Registro de la Propiedad, acceder a una hipoteca ni estar protegido ante reclamaciones de terceros.
El Código Civil español y la Ley Hipotecaria exigen la escritura pública para cualquier transmisión de inmuebles que quiera tener efectos frente a terceros y acceso al crédito hipotecario. Es, por tanto, un paso imprescindible en cualquier compraventa inmobiliaria.
¿Se puede hacer la firma de forma telemática?
Sí. Desde 2020, la firma de escrituras notariales por videoconferencia es completamente legal en España. El notario se conecta en tiempo real con todas las partes y da fe pública del acto con el mismo valor jurídico que la firma presencial.
¿Cuánto cuesta la compraventa de un piso en España?
Los gastos de compraventa incluyen: honorarios notariales (por arancel, según el precio de la venta), gastos del Registro de la Propiedad, e impuestos. Si la vivienda es de segunda mano, se paga el ITP (entre el 6% y el 10% según la comunidad autónoma). Si es nueva, IVA (10%) + AJD. Contáctanos y te hacemos una simulación de gastos.
¿Qué pasa si compro sin escritura?
Comprar sin escritura pública expone al comprador a riesgos graves: no podrá inscribir la propiedad a su nombre, no podrá solicitar una hipoteca y quedará desprotegido ante posibles cargas, embargos o reclamaciones de terceros sobre el inmueble. La escritura es la única garantía legal efectiva.
Preguntas frecuentes
Dudas frecuentes sobre compraventas online
Sí, cualquier extranjero puede comprar una vivienda en España sin ningún tipo de restricción, independientemente de su nacionalidad o país de residencia. España no impone limitaciones a la adquisición de inmuebles por parte de ciudadanos extranjeros, sean de la Unión Europea o de terceros países.
El único requisito previo es obtener el NIE (Número de Identificación de Extranjero), que es el número fiscal necesario para firmar la escritura de compraventa ante notario, pagar los impuestos y realizar cualquier operación económica en España. El NIE puede solicitarse en el consulado español de tu país de residencia o, si ya estás en España, en una Comisaría de Policía con unidad de extranjería.
En Notaría Online gestionamos la compraventa de forma completamente online, sin que tengas que desplazarte a España.
Sí, el NIE (Número de Identificación de Extranjero) es imprescindible para comprar una vivienda en España. Sin él, no puedes firmar la escritura de compraventa ante notario, pagar los impuestos de la transmisión ni inscribir la propiedad a tu nombre en el Registro de la Propiedad.
El NIE puede solicitarse de las siguientes formas:
- En el consulado español de tu país de residencia (recomendado si vives fuera de España).
- Presencialmente en España, en una Comisaría de Policía con competencias en extranjería.
- A través de un representante autorizado mediante poder notarial, quien puede tramitarlo en tu nombre sin que tengas que desplazarte.
En Notaría Online podemos ayudarte a obtener el NIE a través de un poder notarial y coordinamos todo el proceso de compraventa desde el principio hasta el final.
Los impuestos que paga un extranjero al comprar una vivienda en España son los mismos que para cualquier comprador residente, con algunas particularidades importantes:
- Vivienda de segunda mano: Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), entre el 6% y el 11% según la comunidad autónoma.
- Vivienda nueva del promotor: IVA al 10% (4% en VPO) + AJD (Actos Jurídicos Documentados) entre el 0,5% y el 2%.
Particularidad para no residentes — Retención del 3%: Si el vendedor es no residente en España, el comprador está obligado a retener el 3% del precio de compra e ingresarlo en Hacienda mediante el modelo 211 en el plazo de un mes. Si no se realiza esta retención, el comprador puede ser declarado responsable de la deuda fiscal del vendedor.
Además, una vez propietario, si no resides en España estarás sujeto al IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes) por las rentas imputadas de la propiedad: el 1,1% del valor catastral al tipo del 19% (residentes UE) o 24% (resto).
Sí, los no residentes pueden obtener una hipoteca para no residentes en España, aunque las condiciones son algo más restrictivas que para los residentes:
- El banco suele financiar como máximo el 60-70% del valor de tasación (frente al 80% habitual para residentes).
- Los plazos de amortización suelen ser más cortos.
- El banco exigirá justificación de ingresos en el país de residencia (nóminas, declaraciones de renta, extractos bancarios).
- Es necesario disponer de NIE y, generalmente, una cuenta bancaria española.
Las entidades financieras más habituadas a trabajar con no residentes son los principales bancos nacionales (Santander, BBVA, CaixaBank), que tienen departamentos especializados.
Recuerda que, independientemente de si financias la compra con hipoteca o al contado, necesitarás un notario en España para formalizar tanto la escritura de compraventa como (si aplica) la escritura de préstamo hipotecario. En Notaría Online gestionamos ambas escrituras de forma telemática.
El proceso de compraventa de vivienda en España tiene los siguientes pasos:
- Búsqueda y negociación: acuerdo sobre el precio y condiciones de la venta.
- Nota simple registral: verificar que el inmueble está libre de cargas (hipotecas, embargos).
- Contrato de arras: reserva con señal (habitualmente el 10% del precio).
- Financiación: si se necesita hipoteca, solicitar y obtener la aprobación bancaria.
- Escritura notarial: otorgamiento de la escritura de compraventa ante notario (presencial u online por videoconferencia).
- Liquidación de impuestos: ITP (segunda mano) o IVA + AJD (obra nueva), en los plazos establecidos.
- Inscripción registral: inscribir la escritura en el Registro de la Propiedad.
Los impuestos dependen del tipo de vivienda:
Vivienda de segunda mano:
- ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales): entre el 6% y el 10% del precio de compra según la comunidad autónoma. Madrid aplica el 6%, Cataluña el 10%, Andalucía el 7%, etc.
Vivienda de obra nueva (del promotor):
- IVA: 10% del precio (4% para Viviendas de Protección Oficial)
- AJD (Actos Jurídicos Documentados): entre 0,5% y 1,5% según CCAA
Otros gastos del comprador: honorarios notariales, gastos registrales y gestoría.
El contrato de arras es un precontrato de compraventa donde el comprador entrega una señal económica para reservar el inmueble. Existen tres tipos:
- Arras confirmatorias: constituyen un anticipo del precio. Si alguna parte incumple, la otra puede exigir el cumplimiento del contrato o reclamar daños y perjuicios.
- Arras penitenciales (art. 1454 CC): las más habituales. Si el comprador desiste, pierde la señal. Si el vendedor desiste, devuelve el doble. Ninguna parte puede ser obligada a comprar/vender.
- Arras penales: funcionan como cláusula penal; la señal es una penalización pero no impide exigir el cumplimiento del contrato.
Es fundamental especificar claramente el tipo de arras en el contrato. Nuestro equipo revisa y redacta el contrato de arras para proteger tus intereses.
El vendedor debe aportar:
- DNI/NIE en vigor
- Escritura de propiedad del inmueble
- Nota simple registral actualizada (cargas vigentes)
- Certificado energético del inmueble (obligatorio para vender)
- IBI (recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles) del año en curso
- Certificado de la comunidad de propietarios de estar al corriente de pagos
- Cédula de habitabilidad (en comunidades que la exigen: Cataluña, Comunidad Valenciana, etc.)
- Si hay hipoteca: certificado de deuda pendiente del banco
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