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Tramita tu poder notarial online en España

Un asesor especializado te ayuda a redactar y firmar tu poder notarial de forma telemática. Sin desplazamientos, con plena validez jurídica en toda España.

Listo en 4–7 días Asesor especializado Válido en toda España

Consulta gratuita

¿Necesitas un poder notarial?

Te respondemos en menos de 24 horas.

Servicio completo

¿Qué incluye la tramitación de poderes notariales online?

Nos encargamos de todo el proceso, desde el asesoramiento inicial hasta la entrega del poder firmado ante notario.

Asesor jurídico especializado

Un experto en poderes notariales gestiona tu caso y resuelve todas tus dudas durante el proceso.

Redacción personalizada del poder

Redactamos el poder adaptado exactamente a las facultades que quieres otorgar: general, especial o preventivo.

Gestión de cita virtual con notaría

Coordinamos tu cita con el notario de forma telemática para que firmes desde casa, sin desplazamientos.

Firma telemática ante notario

El acto de otorgamiento del poder se realiza por videoconferencia con plena validez legal, igual que en notaría presencial.

Envío del poder a tu domicilio

Una vez firmado y protocolizado, te enviamos el poder original a la dirección que nos indiques por mensajería urgente.

Sin desplazamientos a ningún sitio

Todo el proceso se realiza 100% online. No tendrás que acudir a ninguna notaría ni oficina presencial.

Proceso

¿Cuánto tarda un poder notarial online?

El proceso completo dura entre 4 y 7 días hábiles desde que nos envías la documentación hasta que recibes el poder original en tu domicilio. Es más rápido que la tramitación presencial y sin colas ni esperas.

Día 1
Estudio del caso y asesoramiento
Te asignamos un asesor que analiza tus necesidades y te orienta sobre el tipo de poder más adecuado.
Días 1–2
Redacción personalizada del poder
Redactamos el poder adaptado a las facultades exactas que quieres otorgar y te lo enviamos para revisión.
Días 2–4
Cita virtual con notaría y firma
Coordinamos tu cita telemática con el notario para el otorgamiento del poder por videoconferencia.
Días 4–7
Envío a tu domicilio
Una vez protocolizado, te enviamos el poder original por mensajería urgente a la dirección que nos indiques.

Documentación necesaria

¿Qué documentos necesito para tramitar un poder notarial?

DNI o NIE en vigor del otorgante (quien concede el poder)
Nombre completo y DNI/NIE del apoderado (quien recibirá el poder)
Descripción de las facultades que quieres otorgar
Domicilio de envío del poder original
En caso de poder especial: datos del acto concreto (inmueble, contrato, etc.)

¿No sabes qué tipo de poder necesitas? Te asesoramos sin compromiso para que elijas el más adecuado a tu situación.

Consultar sin compromiso →

¿Qué es un poder notarial y para qué sirve?

Un poder notarial es un documento público por el que una persona (el otorgante) autoriza a otra (el apoderado) para que actúe en su nombre en determinados actos jurídicos o administrativos. Se otorga ante notario y tiene plena validez legal en toda España.

Puede ser un poder general (para todos los actos de la vida civil) o un poder especial (limitado a un acto concreto, como vender un inmueble o gestionar una herencia). También existe el poder preventivo, que mantiene su vigencia aunque el otorgante pierda capacidad.

¿Es válido un poder notarial tramitado online?

Sí, completamente. La firma telemática ante notario tiene el mismo valor jurídico que la firma presencial, amparada por la Ley del Notariado y el Real Decreto-Ley 16/2020. El poder se otorga en presencia del notario mediante videoconferencia, con plena fe pública.

¿Cuánto cuesta un poder notarial online?

El coste depende del tipo de poder. Los honorarios notariales están regulados por arancel (entre 30 € y 90 € aproximadamente). A esto se añaden los gastos de mensajería para el envío del original y los honorarios de gestión. Contacta con nosotros y te presupuestamos sin compromiso.

¿Puede el apoderado hacer cualquier cosa con el poder?

Solo lo que especifique el poder. Un poder especial limita al apoderado a un acto concreto (por ejemplo, vender un piso determinado). Un poder general es más amplio, pero siempre dentro de los límites establecidos en el documento notarial. Nosotros redactamos el poder con la extensión que tú decidas.

Preguntas frecuentes

Dudas frecuentes sobre poderes notariales online

Sí. Para que una persona pueda vender un inmueble en nombre del propietario, es imprescindible un poder notarial especial que incluya facultades expresas para vender ese inmueble concreto. Un poder general puede también ser suficiente si incluye expresamente la facultad de vender inmuebles.

Qué debe incluir el poder para vender:

  • Datos registrales exactos del inmueble (referencia catastral, dirección, tomo, folio e inscripción)
  • Precio o precio mínimo de venta
  • Facultades de cobro (para recibir el precio y otorgar carta de pago)
  • Facultades complementarias (cancelar hipoteca si la hay, entregar posesión, hacer declaraciones fiscales)

En Notaría Online tramitamos el poder por videollamada en 24-48 horas. Solo necesitas enviarnos la nota simple del inmueble y los datos del apoderado.

La legitimación de firma es un acto notarial distinto del poder. En la legitimación, el notario certifica únicamente que una firma es auténtica y pertenece a la persona identificada, sin crear ninguna representación ni autorización. El notario no da fe del contenido del documento.

El poder notarial, en cambio, autoriza a una persona a actuar en nombre de otra para uno o varios actos jurídicos concretos.

¿Cuándo se necesita legitimación de firma?

  • Documentos privados que deben presentarse ante organismos que exigen autenticación notarial
  • Contratos o cesiones de derechos que van a usarse en el extranjero
  • Instancias administrativas que exigen firma legitimada

La legitimación de firma es más rápida y económica que una escritura pública. Puede tramitarse online con el firmante compareciendo por videollamada, amparada por la Ley 11/2023.

Los poderes notariales se clasifican según su alcance:

  • Poder general: autoriza al apoderado a actuar en cualquier asunto en nombre del poderdante (patrimonial, personal, judicial, etc.).
  • Poder especial: limitado a un acto concreto: vender un inmueble específico, firmar un contrato determinado, representar en un juicio concreto.
  • Poder para pleitos: para actuar en procedimientos judiciales y arbitrales.
  • Poder bancario: para operar cuentas, contratar productos financieros, etc.
  • Poder preventivo: para el caso de incapacidad futura del poderdante (muy utilizado en planificación de la dependencia).
  • Poder irrevocable: en supuestos específicos, no puede ser revocado unilateralmente.

La elección del tipo adecuado depende de para qué se necesita el poder. Nuestro equipo asesora sobre la modalidad más conveniente en cada caso.

Sí, un poder notarial puede ser revocado en cualquier momento por el poderdante, salvo que sea irrevocable por pacto.

Procedimiento de revocación:

  1. Otorgar una escritura notarial de revocación ante notario
  2. Notificar la revocación al apoderado (recomendable de forma fehaciente: burofax)
  3. Si el poder se usó para inscripción registral o fue notificado a terceros, conviene también notificar a dichos terceros

Extinción automática del poder: El poder se extingue sin necesidad de revocación en caso de fallecimiento, declaración de incapacidad o quiebra del poderdante o del apoderado, salvo que sea un poder preventivo.

Es importante actuar con rapidez cuando se quiere revocar un poder para evitar que el apoderado realice actos no deseados antes de recibir la notificación.

Sí, exactamente el mismo valor jurídico que un poder otorgado presencialmente.

La Ley del Notariado, reformada para permitir la actuación notarial a distancia, establece que el notario puede autorizar documentos públicos identificando al otorgante por videoconferencia con las garantías técnicas exigidas.

El proceso es idéntico al presencial:

  1. El notario verifica la identidad del otorgante mediante DNI/NIE visualizado por cámara
  2. El notario lee íntegramente el documento
  3. El otorgante presta su consentimiento
  4. El notario da fe de la firma y del contenido

El documento resultante es una escritura pública notarial con plena validez frente a todos (erga omnes), inscribible en registros, admitida por bancos, administraciones y tribunales.

Los poderes notariales son imprescindibles en numerosas situaciones cotidianas:

  • Compraventa de inmuebles: cuando el propietario no puede asistir a la firma de la escritura
  • Gestión de herencias: para que un heredero gestione el proceso en nombre de todos
  • Trámites bancarios: operar cuentas, contratar o cancelar productos financieros
  • Representación en procedimientos judiciales
  • Gestión de propiedades en España desde el extranjero
  • Gestiones ante la Administración: Hacienda, Seguridad Social, Ayuntamientos
  • Firma de contratos de arrendamiento
  • Actos societarios: junta general, ampliación de capital, etc.
  • Planificación de la dependencia: poder preventivo para casos de incapacidad
No , basta con que acuda a la firma el poderdante o poderdantes que otorguen el poder.
Sí, en muchos casos se designa a más de un apoderado en un poder notarial. Puedes especificar si los apoderados deben actuar conjuntamente (de manera mancomunada) o si tienen facultades para actuar de forma independiente. Es importante describir claramente las instrucciones y los límites de los poderes de cada apoderado en el documento.
La validez de un poder notarial queda limitada o bien por una fecha determinada en la que deja de tener validez, por revocación del mismo, porque el poderdante deje de tener sus facultades mentales y devenga incapacitado para otorgar la revocación de poder o bien por el fallecimiento del poderdante.
Para revocar un poder notarial debes otorgar una escritura de revocación de apoderamiento, que no es más que la cancelación del mandato que habías otorgado en el poder original y notificar dicha revocación a los apoderados afectados. Un buen consejo es otorgar el poder que necesites hacer pero no otorgar facultades al apoderado para que pueda obtener copias del poder por sí mismo. De esta manera, una vez que el apoderado haga el mandato que se le ha encomendado, bastará con retirarle la copia del poder, dejando al apoderado sin dicho poder, evitando así tener que otorgar una escritura de revocación en el futuro.
Un poder notarial general otorga amplios poderes al apoderado para actuar en nombre del poderdante en una variedad de asuntos legales. Sin embargo, un poder notarial específico (también conocido como poder notarial especial) limita las facultades del apoderado a actuar únicamente en situaciones y asuntos específicos, que son mencionados en el poder.  
Un poder notarial puede ser necesario cuando no puedes estar presente personalmente para realizar cualquier acto. Al otorgar un poder notarial, puedes designar a alguien de confianza para que actúe en tu nombre, lo cual es especialmente útil en situaciones en las que estás ausente o incapacitado.
Un poder notarial es un documento que otorga capacidad a una persona (llamada apoderado o representante) para actuar en nombre de otra persona (llamada poderdante o otorgante). El poder notarial puede conferirse para diversos propósitos, como realizar transacciones financieras, firmar contratos, gestionar propiedades o representar al poderdante en cualquier ámbito. También es necesario otorgar un poder cuando tienes que resolver un asunto en los juzgados, otorgándole poder a tu abogado y procurador.

Aprende más sobre poderes notariales

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