Poder notarial para herencias desde el extranjero

Cobra tu herencia en España sin viajar

Si vives fuera de España y tienes una herencia pendiente, puedes otorgar un poder notarial por videoconferencia para que un representante gestione el cobro completo en tu nombre.

Firma por videoconferencia Listo en 48h Válido en toda España Apostilla incluida

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Te respondemos en menos de 24 horas.

Qué incluye

¿Qué cubre el poder para cobrar una herencia?

El poder autoriza a tu representante a actuar en todas las fases del proceso hereditario sin que tengas que estar presente.

Aceptación de la herencia

Tu representante puede aceptar la herencia ante notario en tu nombre, firmar la escritura de adjudicación y recibir los bienes.

Cobro de cuentas bancarias

Incluye la facultad de acceder a las cuentas del fallecido, solicitar certificados de saldo y cobrar los importes correspondientes a tu parte.

Liquidación de impuestos

El apoderado presenta el Impuesto de Sucesiones y la plusvalía municipal en la comunidad autónoma que corresponda.

Inscripción registral

Facultad para inscribir los bienes inmuebles heredados en el Registro de la Propiedad a tu nombre.

Venta de bienes heredados

Si lo deseas, el poder puede incluir la facultad de vender los inmuebles o vehículos heredados directamente.

Proceso

¿Cómo se otorga el poder para cobrar una herencia?

El poder se firma por videoconferencia ante notario español. No necesitas viajar a España ni acudir a un consulado.

Día 1
Envías la documentación
DNI o pasaporte, datos del representante y certificado de defunción del causante.
Día 2-3
Redacción del poder
Nuestro equipo redacta el poder con las facultades exactas que necesitas para el cobro de la herencia.
Día 3-4
Firma por videoconferencia
Firmas ante notario español por videollamada desde cualquier país del mundo.
Día 5-7
Envío y apostilla
Te enviamos la copia autorizada con Apostilla de La Haya si es necesaria para su uso internacional.

Documentación necesaria

¿Qué documentos necesito?

DNI o pasaporte en vigor del poderdante
DNI del representante (apoderado)
Certificado de defunción del fallecido
Certificado de últimas voluntades
Copia del testamento (si existe)

Si no tienes alguno de estos documentos, podemos ayudarte a obtenerlos.

Consultar sin compromiso →

¿Qué es un poder para cobrar una herencia?

Es un documento notarial que autoriza a otra persona a actuar en tu nombre en todas las gestiones relacionadas con una herencia en España. Se usa cuando el heredero vive en el extranjero y no puede o no quiere desplazarse para firmar la escritura de adjudicación, cobrar cuentas bancarias o liquidar impuestos.

El poder se otorga ante notario español por videoconferencia, amparado por la Ley 11/2023 de digitalización de actuaciones notariales. Tiene la misma validez que un poder firmado presencialmente.

¿Quién puede ser apoderado?

Cualquier persona mayor de edad con capacidad legal. Lo habitual es nombrar a un familiar de confianza que resida en España, o a un abogado especializado. El apoderado debe aceptar el encargo y actuar dentro de los límites del poder.

¿Puedo limitar las facultades del poder?

Sí. El poder puede ser tan amplio o restrictivo como quieras. Puedes limitar las facultades a la aceptación de herencia, o ampliarlo para incluir la venta de inmuebles heredados, el cobro de cuentas bancarias y la liquidación de impuestos. Nosotros te asesoramos sobre qué facultades conviene incluir según tu caso.

¿Y si hay varios herederos fuera de España?

Cada heredero puede otorgar su propio poder a un mismo representante. También es posible que varios herederos firmen el poder en la misma videoconferencia. Coordinamos los horarios para que sea lo más cómodo posible.

Preguntas frecuentes

Dudas frecuentes sobre poderes para herencias

Sí. Para que una persona pueda vender un inmueble en nombre del propietario, es imprescindible un poder notarial especial que incluya facultades expresas para vender ese inmueble concreto. Un poder general puede también ser suficiente si incluye expresamente la facultad de vender inmuebles.

Qué debe incluir el poder para vender:

  • Datos registrales exactos del inmueble (referencia catastral, dirección, tomo, folio e inscripción)
  • Precio o precio mínimo de venta
  • Facultades de cobro (para recibir el precio y otorgar carta de pago)
  • Facultades complementarias (cancelar hipoteca si la hay, entregar posesión, hacer declaraciones fiscales)

En Notaría Online tramitamos el poder por videollamada en 24-48 horas. Solo necesitas enviarnos la nota simple del inmueble y los datos del apoderado.

La legitimación de firma es un acto notarial distinto del poder. En la legitimación, el notario certifica únicamente que una firma es auténtica y pertenece a la persona identificada, sin crear ninguna representación ni autorización. El notario no da fe del contenido del documento.

El poder notarial, en cambio, autoriza a una persona a actuar en nombre de otra para uno o varios actos jurídicos concretos.

¿Cuándo se necesita legitimación de firma?

  • Documentos privados que deben presentarse ante organismos que exigen autenticación notarial
  • Contratos o cesiones de derechos que van a usarse en el extranjero
  • Instancias administrativas que exigen firma legitimada

La legitimación de firma es más rápida y económica que una escritura pública. Puede tramitarse online con el firmante compareciendo por videollamada, amparada por la Ley 11/2023.

Los poderes notariales se clasifican según su alcance:

  • Poder general: autoriza al apoderado a actuar en cualquier asunto en nombre del poderdante (patrimonial, personal, judicial, etc.).
  • Poder especial: limitado a un acto concreto: vender un inmueble específico, firmar un contrato determinado, representar en un juicio concreto.
  • Poder para pleitos: para actuar en procedimientos judiciales y arbitrales.
  • Poder bancario: para operar cuentas, contratar productos financieros, etc.
  • Poder preventivo: para el caso de incapacidad futura del poderdante (muy utilizado en planificación de la dependencia).
  • Poder irrevocable: en supuestos específicos, no puede ser revocado unilateralmente.

La elección del tipo adecuado depende de para qué se necesita el poder. Nuestro equipo asesora sobre la modalidad más conveniente en cada caso.

Sí, un poder notarial puede ser revocado en cualquier momento por el poderdante, salvo que sea irrevocable por pacto.

Procedimiento de revocación:

  1. Otorgar una escritura notarial de revocación ante notario
  2. Notificar la revocación al apoderado (recomendable de forma fehaciente: burofax)
  3. Si el poder se usó para inscripción registral o fue notificado a terceros, conviene también notificar a dichos terceros

Extinción automática del poder: El poder se extingue sin necesidad de revocación en caso de fallecimiento, declaración de incapacidad o quiebra del poderdante o del apoderado, salvo que sea un poder preventivo.

Es importante actuar con rapidez cuando se quiere revocar un poder para evitar que el apoderado realice actos no deseados antes de recibir la notificación.

Sí, exactamente el mismo valor jurídico que un poder otorgado presencialmente.

La Ley del Notariado, reformada para permitir la actuación notarial a distancia, establece que el notario puede autorizar documentos públicos identificando al otorgante por videoconferencia con las garantías técnicas exigidas.

El proceso es idéntico al presencial:

  1. El notario verifica la identidad del otorgante mediante DNI/NIE visualizado por cámara
  2. El notario lee íntegramente el documento
  3. El otorgante presta su consentimiento
  4. El notario da fe de la firma y del contenido

El documento resultante es una escritura pública notarial con plena validez frente a todos (erga omnes), inscribible en registros, admitida por bancos, administraciones y tribunales.

Los poderes notariales son imprescindibles en numerosas situaciones cotidianas:

  • Compraventa de inmuebles: cuando el propietario no puede asistir a la firma de la escritura
  • Gestión de herencias: para que un heredero gestione el proceso en nombre de todos
  • Trámites bancarios: operar cuentas, contratar o cancelar productos financieros
  • Representación en procedimientos judiciales
  • Gestión de propiedades en España desde el extranjero
  • Gestiones ante la Administración: Hacienda, Seguridad Social, Ayuntamientos
  • Firma de contratos de arrendamiento
  • Actos societarios: junta general, ampliación de capital, etc.
  • Planificación de la dependencia: poder preventivo para casos de incapacidad
No , basta con que acuda a la firma el poderdante o poderdantes que otorguen el poder.
Sí, en muchos casos se designa a más de un apoderado en un poder notarial. Puedes especificar si los apoderados deben actuar conjuntamente (de manera mancomunada) o si tienen facultades para actuar de forma independiente. Es importante describir claramente las instrucciones y los límites de los poderes de cada apoderado en el documento.
La validez de un poder notarial queda limitada o bien por una fecha determinada en la que deja de tener validez, por revocación del mismo, porque el poderdante deje de tener sus facultades mentales y devenga incapacitado para otorgar la revocación de poder o bien por el fallecimiento del poderdante.
Para revocar un poder notarial debes otorgar una escritura de revocación de apoderamiento, que no es más que la cancelación del mandato que habías otorgado en el poder original y notificar dicha revocación a los apoderados afectados. Un buen consejo es otorgar el poder que necesites hacer pero no otorgar facultades al apoderado para que pueda obtener copias del poder por sí mismo. De esta manera, una vez que el apoderado haga el mandato que se le ha encomendado, bastará con retirarle la copia del poder, dejando al apoderado sin dicho poder, evitando así tener que otorgar una escritura de revocación en el futuro.
Un poder notarial general otorga amplios poderes al apoderado para actuar en nombre del poderdante en una variedad de asuntos legales. Sin embargo, un poder notarial específico (también conocido como poder notarial especial) limita las facultades del apoderado a actuar únicamente en situaciones y asuntos específicos, que son mencionados en el poder.  
Un poder notarial puede ser necesario cuando no puedes estar presente personalmente para realizar cualquier acto. Al otorgar un poder notarial, puedes designar a alguien de confianza para que actúe en tu nombre, lo cual es especialmente útil en situaciones en las que estás ausente o incapacitado.
Un poder notarial es un documento que otorga capacidad a una persona (llamada apoderado o representante) para actuar en nombre de otra persona (llamada poderdante o otorgante). El poder notarial puede conferirse para diversos propósitos, como realizar transacciones financieras, firmar contratos, gestionar propiedades o representar al poderdante en cualquier ámbito. También es necesario otorgar un poder cuando tienes que resolver un asunto en los juzgados, otorgándole poder a tu abogado y procurador.

Aprende más sobre poderes notariales y herencias

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