Poder para que pidan préstamos o hipotecas en tu nombre
El apoderado puede negociar, firmar y gestionar préstamos, créditos o hipotecas en tu nombre. Específico para entidades financieras, con las facultades exactas que el banco va a exigir.
Qué es
Poder para préstamos y créditos: lo que necesitas saber
Los bancos suelen rechazar poderes generales mal redactados para operaciones de préstamo. Este poder está redactado con las facultades específicas que las entidades financieras exigen: solicitar, novar, firmar escrituras, constituir garantías, contratar productos vinculados.
Cuándo lo necesitas
- 1 Residentes en el extranjero que compran inmueble en España con hipoteca.
- 2 Compraventa con hipoteca cuando no puedes asistir a la firma.
- 3 Reunificación o subrogación de deudas siendo no residente.
- 4 Solicitud de crédito personal o reunificación delegada en familiar.
Qué incluye
Todo lo necesario, sin sorpresas
- Poder con facultades específicas para préstamos e hipotecas
- Cláusulas de novación y modificación de condiciones
- Facultad de contratar productos vinculados (seguros, cuentas)
- Copia electrónica con firma cualificada
- Apostilla y traducción si firmas desde fuera
Cómo funciona
Tres pasos hasta tener tu documento
-
1
Confirmamos qué banco lo va a aceptar
Adaptamos el poder a las facultades concretas que pedirá la entidad.
-
2
Firma por videollamada
20-25 minutos. Lectura del poder, verificación de identidad y firma.
-
3
Apostilla y envío
Si firmas desde fuera, apostillamos en 3-5 días. Enviamos al apoderado.
Preguntas frecuentes
Dudas habituales
Poderes especiales
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