Poder para que pidan préstamos o hipotecas en tu nombre

El apoderado puede negociar, firmar y gestionar préstamos, créditos o hipotecas en tu nombre. Específico para entidades financieras, con las facultades exactas que el banco va a exigir.

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Qué es y para qué sirve

Los bancos suelen rechazar poderes generales mal redactados para operaciones de préstamo. Este poder está redactado con las facultades específicas que las entidades financieras exigen: solicitar, novar, firmar escrituras, constituir garantías, contratar productos vinculados.

Cuándo lo necesitas

  • Residentes en el extranjero que compran inmueble en España con hipoteca.
  • Compraventa con hipoteca cuando no puedes asistir a la firma.
  • Reunificación o subrogación de deudas siendo no residente.
  • Solicitud de crédito personal o reunificación delegada en familiar.

Qué incluye

  • Poder con facultades específicas para préstamos e hipotecas
  • Cláusulas de novación y modificación de condiciones
  • Facultad de contratar productos vinculados (seguros, cuentas)
  • Copia electrónica con firma cualificada
  • Apostilla y traducción si firmas desde fuera

Cómo se hace

  1. 1

    Confirmamos qué banco lo va a aceptar

    Adaptamos el poder a las facultades concretas que pedirá la entidad.

  2. 2

    Firma por videollamada

    20-25 minutos. Lectura del poder, verificación de identidad y firma.

  3. 3

    Apostilla y envío

    Si firmas desde fuera, apostillamos en 3-5 días. Enviamos al apoderado.

Preguntas frecuentes

¿Por qué un poder específico y no uno general?

Los bancos rechazan poderes generales que no incluyan literalmente la facultad de constituir hipoteca o pedir crédito. Un poder específico evita ese problema.

¿Sirve para firmar también la compraventa?

Si lo redactamos así, sí. Es habitual combinarlo con poder de compraventa de inmueble para gestionar todo con un solo apoderado.

¿Mi banco acepta poderes firmados online?

Sí. Un poder autorizado por notario español vale igual se haya firmado en persona o por videoconferencia, y los bancos lo aceptan como cualquier otro.

Quién lleva tu trámite

Un equipo de abogados y gestores prepara la documentación, te explica qué vas a firmar y te cita con uno de los notarios colegiados de nuestra red. No somos una notaría: quien autoriza la firma es siempre el notario.

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