Cuando el Registro te ha calificado con defectos

Subsana tu escritura sin volver a empezar

Si el Registro Mercantil o de la Propiedad te ha devuelto la escritura con defectos, no necesitas otorgar una escritura nueva. Una acta de subsanación corrige los errores y permite la inscripción.

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Qué es

Subsanación notarial: lo que necesitas saber

La subsanación notarial es el documento que corrige errores formales o materiales de una escritura ya firmada: erratas, datos incompletos, citas legales mal incorporadas. Permite que el Registro acepte la inscripción sin que tengas que repetir todo el proceso ni pagar otra vez por la escritura original.

Cuándo lo necesitas

  • 1 Calificación negativa del Registro Mercantil por error material.
  • 2 Calificación negativa del Registro de la Propiedad por descripción incorrecta.
  • 3 Olvido en la mención de un poder, una facultad o un órgano social.
  • 4 Errores de transcripción detectados tras la firma original.

Qué incluye

Todo lo necesario, sin sorpresas

  • Revisión de la nota de calificación del Registro
  • Acta de subsanación notarial
  • Coordinación con el registrador si hace falta consulta previa
  • Presentación telemática para inscripción
  • Seguimiento hasta la inscripción definitiva

Cómo funciona

Tres pasos hasta tener tu documento

  1. 1

    Nos envías la nota de calificación

    Identificamos exactamente qué hay que subsanar y cómo.

  2. 2

    Acta de subsanación

    Firma online por la persona o personas que firmaron la escritura original.

  3. 3

    Presentación en el Registro

    Volvemos a presentar con la subsanación. Inscripción en 5-10 días.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales

Solo los afectados por el error. Si es un dato de un socio, basta ese socio. Si es un acuerdo social, los apoderados.
Entonces la subsanación la hace el propio notario sin coste. Si no se localiza, podemos asumirla nosotros con condiciones.
Sí. No hay plazo. Mientras haya algo que subsanar, se puede otorgar la subsanación.
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