Abre la sucursal española de tu sociedad extranjera

Si tu sociedad está constituida en otro país y vas a operar de forma estable en España, la sucursal suele ser la opción más sencilla. Coordinamos la apostilla del país de origen, la traducción jurada, la escritura, el NIF y la inscripción registral.

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Qué es y para qué sirve

La sucursal es un establecimiento permanente de una sociedad extranjera en España, sin personalidad jurídica propia pero con NIF y obligaciones fiscales y contables propias. Es la alternativa a constituir una filial cuando no quieres crear una sociedad española separada.

Cuándo lo necesitas

  • Empresa de la UE que extiende operaciones a España (oficina comercial, almacén, sede técnica).
  • Empresa de Latinoamérica que entra en el mercado español con presencia permanente.
  • Startup matriz en Delaware/UK que va a tener equipo o cliente recurrente en España.
  • Operadora extranjera que necesita facturar localmente.

Qué incluye

  • Apostilla y traducción jurada de documentación social
  • Asesoramiento sobre sucursal vs. filial
  • Escritura notarial de apertura
  • Obtención del NIF de la sucursal
  • Inscripción en el Registro Mercantil y alta en AEAT

Cómo se hace

  1. 1

    Documentación del país de origen

    Apostillamos y traducimos: estatutos, certificado de existencia, nombramiento del representante.

  2. 2

    Escritura de apertura

    Firma notarial online por el representante. 30-45 minutos.

  3. 3

    NIF, registro y AEAT

    NIF de la sucursal, inscripción en Registro Mercantil y alta fiscal. 15-25 días totales.

Preguntas frecuentes

¿Sucursal o filial: qué me conviene más?

Sucursal: más barata, contabilidad y responsabilidad asumida por la matriz. Filial: personalidad jurídica propia, mayor protección patrimonial. Lo valoramos contigo según tu volumen.

¿Cuánto tarda en operar?

Desde la entrega de la documentación, 20-30 días hasta tener NIF y estar operativa.

¿Tiene que viajar a España el representante?

No. Toda la firma se hace por videoconferencia con notario español. Solo necesitamos la documentación apostillada del país de origen.

Quién lleva tu trámite

Un equipo de abogados y gestores prepara la documentación, te explica qué vas a firmar y te cita con uno de los notarios colegiados de nuestra red. No somos una notaría: quien autoriza la firma es siempre el notario.

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