Para sociedades extranjeras que entran en España

Abre la sucursal española de tu sociedad extranjera

Si tu sociedad está constituida en otro país y vas a operar de forma estable en España, la sucursal es la vía más limpia. Coordinamos la apostilla del país de origen, la traducción jurada, la escritura, el NIF y la inscripción registral.

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Qué es

Apertura de sucursal en España: lo que necesitas saber

La sucursal es un establecimiento permanente de una sociedad extranjera en España, sin personalidad jurídica propia pero con NIF y obligaciones fiscales y contables propias. Es la alternativa a constituir una filial cuando no quieres crear una sociedad española separada.

Cuándo lo necesitas

  • 1 Empresa de la UE que extiende operaciones a España (oficina comercial, almacén, sede técnica).
  • 2 Empresa de Latinoamérica que entra en el mercado español con presencia permanente.
  • 3 Startup matriz en Delaware/UK que va a tener equipo o cliente recurrente en España.
  • 4 Operadora extranjera que necesita facturar localmente.

Qué incluye

Todo lo necesario, sin sorpresas

  • Apostilla y traducción jurada de documentación social
  • Asesoramiento sobre sucursal vs. filial
  • Escritura notarial de apertura
  • Obtención del NIF de la sucursal
  • Inscripción en el Registro Mercantil y alta en AEAT

Cómo funciona

Tres pasos hasta tener tu documento

  1. 1

    Documentación del país de origen

    Apostillamos y traducimos: estatutos, certificado de existencia, nombramiento del representante.

  2. 2

    Escritura de apertura

    Firma notarial online por el representante. 30-45 minutos.

  3. 3

    NIF, registro y AEAT

    NIF de la sucursal, inscripción en Registro Mercantil y alta fiscal. 15-25 días totales.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales

Sucursal: más barata, contabilidad y responsabilidad asumida por la matriz. Filial: personalidad jurídica propia, mayor protección patrimonial. Lo valoramos contigo según tu volumen.
Desde la entrega de la documentación, 20-30 días hasta tener NIF y estar operativa.
No. Toda la firma se hace por videoconferencia con notario español. Solo necesitamos la documentación apostillada del país de origen.
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