Poder notarial adaptado a discapacidad auditiva
Coordinamos un intérprete de lengua de signos para que la firma del poder sea plenamente accesible. Misma validez jurídica, sin barreras de comunicación.
Qué es
Poder con discapacidad auditiva: lo que necesitas saber
La ley exige que el otorgante de un poder comprenda íntegramente el contenido. Cuando hay discapacidad auditiva, el notario debe asegurarse de que la comunicación se ha realizado sin barreras. Lo hacemos con un intérprete de lengua de signos española (LSE) presente en la videollamada.
Cuándo lo necesitas
- 1 Otorgar un poder general o especial siendo persona sorda o con hipoacusia severa.
- 2 Gestionar herencias, bancos o trámites administrativos por representante.
- 3 Otorgar poder a un familiar para que actúe en tu nombre.
- 4 Cuando no quieres que la falta de accesibilidad te haga depender de presenciales.
Qué incluye
Todo lo necesario, sin sorpresas
- Intérprete de lengua de signos coordinado
- Adaptación de la lectura del poder al formato accesible
- Tiempo extendido en la videollamada si lo necesitas
- Copia electrónica con firma cualificada
- Apostilla y traducción si el poder se usará fuera de España
Cómo funciona
Tres pasos hasta tener tu documento
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1
Nos cuentas qué tipo de poder necesitas
Definimos juntos qué facultades incluye y a quién apoderas.
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2
Coordinamos al intérprete
Buscamos un intérprete LSE titulado disponible en tu fecha.
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3
Firma accesible por videollamada
30-40 minutos. Lectura íntegra con interpretación. Firma del poder.
Preguntas frecuentes
Dudas habituales
Poderes especiales
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Trabajamos con notarios colegiados de toda España
Coordinamos tu trámite directamente con notarios colegiados de toda España. Plena validez legal según la Ley 11/2023 y máxima seguridad jurídica.
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