Firma notarial con traducción simultánea por intérprete jurado

Cuando uno de los firmantes no domina el español, la ley exige que el notario verifique que ha comprendido íntegramente el documento. Lo hacemos con un intérprete jurado en la videollamada que traduce en tiempo real.

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Qué es y para qué sirve

El artículo 25 de la Ley del Notariado exige que el otorgante comprenda plenamente lo que firma. Si su idioma materno no es el español, el notario debe asegurar la traducción. Lo cubrimos con intérpretes jurados oficiales en idiomas mayoritarios (inglés, francés, alemán, italiano, portugués, ruso, chino, árabe).

Cuándo lo necesitas

  • Compraventa de inmueble por extranjero no hispanohablante.
  • Constitución de sociedad con socios extranjeros.
  • Otorgamiento de poderes por residente fuera de España.
  • Capitulaciones matrimoniales con cónyuge no hispanohablante.

Qué incluye

  • Intérprete jurado en la videoconferencia
  • Traducción simultánea del documento al idioma del firmante
  • Cumplimiento del artículo 25 de la Ley del Notariado
  • La firma dura poco más que una normal
  • Documento bilingüe opcional (se cotiza aparte)

Cómo se hace

  1. 1

    Confirmas idioma e idioma del firmante

    Buscamos intérprete jurado disponible para tu fecha.

  2. 2

    Firma con intérprete

    Videollamada con notario, firmante e intérprete. Traducción en tiempo real.

  3. 3

    Recibes la escritura

    Copia electrónica habitual. Si quieres versión bilingüe la añadimos.

Preguntas frecuentes

¿Vale con que un familiar traduzca?

El Reglamento Notarial deja que el intérprete lo elija el firmante y no exige que sea jurado; el notario tiene que quedar convencido de que la traducción es fiel. Nosotros trabajamos con intérpretes jurados para evitar dudas.

¿En qué idiomas trabajáis?

Habitual: inglés, francés, alemán, italiano, portugués. Confirmados con planning previo: árabe, ruso, chino, polaco, rumano y otros.

¿Y si el firmante habla algo de español?

Si el notario considera que la comprensión es suficiente, no es obligatorio el intérprete. Lo valoramos en una llamada previa.

Quién lleva tu trámite

Un equipo de abogados y gestores prepara la documentación, te explica qué vas a firmar y te cita con uno de los notarios colegiados de nuestra red. No somos una notaría: quien autoriza la firma es siempre el notario.

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