Poder para que te representen en el divorcio

Apoderas a tu abogado o procurador para que actúe en tu nombre en el procedimiento de divorcio. Sirve sobre todo si vives lejos del juzgado.

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Qué es y para qué sirve

Es un poder para pleitos con facultades específicas para el divorcio: presentar la demanda o el convenio regulador, negociar la liquidación de gananciales y la custodia, y actuar en el procedimiento. Se otorga a favor del procurador y, si quieres, también del abogado.

Cuándo lo necesitas

  • Divorcio de mutuo acuerdo cuando uno de los cónyuges vive fuera.
  • Procedimiento contencioso para no comparecer en cada vista.
  • Liquidación de la sociedad de gananciales con bienes en varios países.
  • Divorcios con cónyuge en zona conflictiva o de difícil desplazamiento.

Qué incluye

  • Poder específico para procurador y abogado
  • Facultades para convenio regulador y liquidación de gananciales
  • Cláusulas para guarda y custodia, pensiones y uso de la vivienda
  • Copia electrónica con firma cualificada
  • Apostilla y traducción si firmas desde fuera de España

Cómo se hace

  1. 1

    Tu abogado nos envía sus datos

    Procurador y letrado, junto con el juzgado donde se tramita el divorcio.

  2. 2

    Firma por videollamada

    20-25 minutos. Lectura del poder y firma.

  3. 3

    Lo recibe tu equipo legal

    Lo presentan en el juzgado. Tú solo comparecerás en lo que la ley exige en persona, como la ratificación del convenio.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que aparecer ante el juez aunque firme este poder?

En algunos momentos, sí. En el divorcio de mutuo acuerdo cada cónyuge tiene que ratificar el convenio personalmente (artículo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil); si vives lejos, muchos juzgados permiten hacerlo por exhorto o videoconferencia. En el contencioso, normalmente tienes que ir a la vista.

¿Puede mi abogado pactar el convenio en mi nombre?

Sí, si lo recoge expresamente el poder. Lo importante es que el convenio se ajuste a tus instrucciones previas.

¿Sirve si me divorcio en el extranjero?

Necesitarías un poder adaptado a la legislación del país. Te lo redactamos en formato compatible y con apostilla.

Quién lleva tu trámite

Un equipo de abogados y gestores prepara la documentación, te explica qué vas a firmar y te cita con uno de los notarios colegiados de nuestra red. No somos una notaría: quien autoriza la firma es siempre el notario.

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