Sí, el banco debe participar obligatoriamente en dos aspectos:
- Emitir el certificado de deuda cero: documento que acredita que la hipoteca está completamente pagada. El banco está obligado a entregarlo gratuitamente en el plazo de 7 días hábiles desde la solicitud.
- Firmar la escritura de cancelación: un apoderado del banco debe comparecer ante notario (presencialmente o por videoconferencia) para otorgar la escritura de cancelación.
Sin embargo, puedes elegir tú la notaría donde se otorgue la escritura. No estás obligado a usar la notaría ni la gestoría del banco, lo que puede suponer un ahorro significativo.
Nuestro equipo coordina con el banco la obtención del certificado y la agenda del apoderado para la firma notarial.