Las principales diferencias son:
| Aspecto | Matrimonio | Pareja de hecho |
|---|---|---|
| Regulación | Estatal (uniforme) | Autonómica (varía) |
| Formalización | Juzgado, Registro Civil o notaría | Registro autonómico (+ notaría opcional) |
| Derechos sucesorios | Amplios y uniformes | Variables según CCAA |
| Pensión de viudedad | Sí | Solo si cumple requisitos |
| Régimen económico | Legal + pactos capitulares | El que pacten + convenio |
| Disolución | Divorcio (judicial) | Comunicación al Registro |
La pareja de hecho ofrece más flexibilidad pero menor uniformidad de derechos. Es especialmente útil cuando los miembros de la pareja no quieren contraer matrimonio pero sí tener un marco legal para su convivencia.