¿Cuánto tarda en constituirse una Sociedad Limitada con el sistema CIRCE? | Preguntas Frecuentes | Notaría Online | Notaria Online

¿Cuánto tarda en constituirse una Sociedad Limitada con el sistema CIRCE?

Mediante el sistema CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas), la constitución de una Sociedad Limitada puede completarse en aproximadamente 7 horas hábiles desde que se inicia el trámite.

El proceso incluye:

  1. Reserva del nombre en el Registro Mercantil Central
  2. Apertura de cuenta bancaria con el capital social
  3. Otorgamiento de la escritura notarial
  4. Alta en la AEAT y liquidación de impuestos (exento de ITPAJD)
  5. Alta en la Seguridad Social (si procede)
  6. Inscripción en el Registro Mercantil

Este plazo es posible porque todos los organismos involucrados están conectados telemáticamente a través del DUE (Documento Único Electrónico).

Más preguntas sobre Sociedades

Los socios de una sociedad limitada tienen la responsabilidad de cumplir con los términos establecidos en los estatutos sociales, aportar su capital acordado, participar en las decisiones empresariales y respetar las leyes y regulaciones aplicables. Sin embargo, su responsabilidad está limitada al capital que han aportado y no son personalmente responsables de las deudas y obligaciones de la empresa.
El capital mínimo requerido para constituir una sociedad limitada es de 1 euro, después de la última modificación de la ley de sociedades de capital.
No es obligatorio contratar un abogado o asesor legal para constituir una sociedad limitada, pero es altamente recomendable. Un abogado o un asesor legal especializado en derecho mercantil puede brindarte asesoramiento sobre los requisitos legales, redactar los documentos necesarios y garantizar que el proceso de constitución se realice de manera correcta y cumpla con todas las regulaciones aplicables. En notaría-online.com contamos con un equipo de abogados y asesores legales que te ayudarán en la gestión y tramitación de la constitución de tu sociedad limitada.
"Las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SL) son ideales para pequeñas y medianas empresas con pocos socios, empresas familiares o sociedades profesionales. Estas estructuras empresariales no requieren invertir grandes cantidades de dinero en capital inicial. Por otro lado, las Sociedades Anónimas (SA) se ajustan mejor a actividades que necesitan un mayor número de socios para reunir un capital más significativo. Además, las SA ofrecen una mayor flexibilidad en términos de movilidad de los socios.
Los requisitos para constituir una sociedad limitada son la aportación de un capital social, la designación de un domicilio, la denominación social, la elección y nombramiento de un órgano de administración, así como la aportación y suscripción del capital social  todo ello quedará reflejado en la escritura de constitución de la sociedad además de aportar los estatutos sociales por los que se regirá la sociedad.
Una sociedad limitada es una forma de entidad empresarial que combina características de una sociedad y una empresa individual. Se caracteriza por tener responsabilidad limitada, lo que significa que los socios no son personalmente responsables de las deudas y obligaciones de la empresa más allá de su aporte de capital.
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