Obtener la resolución que te concede la nacionalidad española es solo el primer paso. Para que la nacionalidad sea efectiva, debes realizar la jura o promesa de nacionalidad — el acto formal por el que juras fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución. Si vives fuera de España, aquí te explicamos cómo hacer este trámite desde el extranjero.
Es el acto solemne por el que la persona que ha obtenido la nacionalidad española jura o promete fidelidad al Rey de España y obediencia a la Constitución y a las leyes. Sin este acto, la resolución que concede la nacionalidad no surte efecto: legalmente, no eres español hasta que realizas la jura y se inscribe en el Registro Civil.
Deben realizar la jura de nacionalidad todas las personas que hayan obtenido la nacionalidad española por residencia legal continuada, matrimonio o pareja de hecho con español, por ser sefardí de origen español, o por carta de naturaleza.
Si en el momento de recibir la resolución ya no resides en España, tienes dos opciones:
El plazo es de 180 días naturales desde la notificación de la resolución que concede la nacionalidad. Si no realizas la jura en ese plazo, la resolución caduca y deberías iniciar de nuevo el proceso de solicitud de nacionalidad.
Es fundamental no esperar al último momento, especialmente si vives en un país donde las citas consulares son difíciles de obtener. Contacta con el consulado o con nuestro equipo en cuanto recibas la resolución.
La resolución caduca y pierde su validez. Tendrías que volver a solicitar la nacionalidad española, lo que implica reiniciar todo el proceso (nueva solicitud, nueva documentación, nuevos plazos de resolución, que actualmente son de varios años). Por eso es imprescindible gestionar la jura con rapidez.
Si tienes dudas sobre tu situación específica o necesitas orientación para realizar la jura de nacionalidad desde tu país, contáctanos en Notaría Online y te asesoraremos.
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