Jura de nacionalidad española desde el extranjero: todo lo que necesitas saber | Notaria Online

Jura de nacionalidad española desde el extranjero: todo lo que necesitas saber

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Obtener la resolución que te concede la nacionalidad española es solo el primer paso. Para que la nacionalidad sea efectiva, debes realizar la jura o promesa de nacionalidad — el acto formal por el que juras fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución. Si vives fuera de España, aquí te explicamos cómo hacer este trámite desde el extranjero.

¿Qué es la jura de nacionalidad española?

Es el acto solemne por el que la persona que ha obtenido la nacionalidad española jura o promete fidelidad al Rey de España y obediencia a la Constitución y a las leyes. Sin este acto, la resolución que concede la nacionalidad no surte efecto: legalmente, no eres español hasta que realizas la jura y se inscribe en el Registro Civil.

Deben realizar la jura de nacionalidad todas las personas que hayan obtenido la nacionalidad española por residencia legal continuada, matrimonio o pareja de hecho con español, por ser sefardí de origen español, o por carta de naturaleza.

¿Cómo hacer la jura de nacionalidad desde el extranjero?

Si en el momento de recibir la resolución ya no resides en España, tienes dos opciones:

  1. Ante el consulado español en tu país: El consulado español más cercano a tu domicilio actúa como encargado del Registro Civil y puede celebrar la jura. Debes solicitar cita previa, que según el país puede tardar semanas o meses.
  2. Ante notario español por videoconferencia: La Ley 11/2023 de digitalización notarial ha abierto la posibilidad de realizar determinados actos ante notario español por videollamada. Consulta con nuestro equipo si la jura de nacionalidad puede tramitarse por esta vía en tu caso concreto, ya que depende de la resolución administrativa y el Registro Civil correspondiente.

Documentos necesarios para la jura

  • Resolución o carta de concesión de la nacionalidad española (expedida por el Ministerio de Justicia o el Registro Civil Central)
  • Pasaporte o documento de identidad del país de origen en vigor
  • Certificado literal de nacimiento apostillado del país de origen
  • Certificado de empadronamiento (si se tramita en España)
  • Documentación adicional según el tipo de concesión (p.ej., certificado de matrimonio si la nacionalidad fue por matrimonio)

¿Cuál es el plazo para realizar la jura?

El plazo es de 180 días naturales desde la notificación de la resolución que concede la nacionalidad. Si no realizas la jura en ese plazo, la resolución caduca y deberías iniciar de nuevo el proceso de solicitud de nacionalidad.

Es fundamental no esperar al último momento, especialmente si vives en un país donde las citas consulares son difíciles de obtener. Contacta con el consulado o con nuestro equipo en cuanto recibas la resolución.

¿Qué ocurre si se me pasa el plazo?

La resolución caduca y pierde su validez. Tendrías que volver a solicitar la nacionalidad española, lo que implica reiniciar todo el proceso (nueva solicitud, nueva documentación, nuevos plazos de resolución, que actualmente son de varios años). Por eso es imprescindible gestionar la jura con rapidez.

¿Qué pasos siguen después de la jura?

  1. Inscripción en el Registro Civil: La jura queda inscrita en el Registro Civil, momento en que la nacionalidad española es plenamente efectiva.
  2. Obtención del DNI español: Con la inscripción, puedes solicitar tu Documento Nacional de Identidad en cualquier comisaría de policía española o en el consulado.
  3. Solicitud del pasaporte español: Con el DNI ya puedes solicitar el pasaporte español.
  4. Actualización del padrón municipal: Si resides en España, actualiza tu inscripción en el padrón municipal con tu nueva condición de nacional.

Si tienes dudas sobre tu situación específica o necesitas orientación para realizar la jura de nacionalidad desde tu país, contáctanos en Notaría Online y te asesoraremos.

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