La compraventa de inmuebles es un contrato en el que dos personas se ponen de acuerdo y se comprometen a que uno de ellos, es decir, una de las partes, le entregue una cosa al otro, a la otra parte. Es un acuerdo escrito, un contrato donde se figura fundamentalmente la obligación de pagar el precio que hayan pactado ambos, en el lugar y en la fecha pactada. Pueden negociarse diversas cosas, pero siempre deberá ser un bien o un inmueble, puesto que en un acuerdo de compraventa no puede ser dinero o servicio. Este contrato de compraventa de inmuebles es de obligado cumplimiento para ambos, ya sean personas físicas o jurídicas y deberá ser firmado por ambas partes para que de esta forma, quede expresado el acuerdo.
Si llegados a un punto de la operación de compraventa de inmuebles, la parte vendedora o compradora incumple cualquier cuestión de la pactada en el contrato, la parte que se vea afectada podrá exigir el pago o por el contrario, si no es relacionado con el pago, una solución forzosa. Si esto no ocurre, siempre se puede acudir a la anulación del mismo y se añadirá una indemnización por los daños y las dificultades causadas.
Dependiendo del tipo de contrato, se exigirán unos documentos distintos, pero nos enfocaremos en el contrato de compraventa de un inmueble que es el más habitual.
Título de propiedad o escritura
Nota simple del Registro de la Propiedad
Certificado de deuda pendiente o de saldo cero que se deberá solicitar a la entidad correspondiente
Documento de reserva de arras (suele tener una fecha límite de validez)
Revisión de cargas y deudas (si tiene cargas o deudas se deberá solicitar un certificado de deuda)
Realización del contrato o acudir notaría para su escritura pública. Por le Ley Hipotecaria, notaría debe tener mínimo 12 días la documentación antes de la firma, es decir, en escritura pública no se puede realizar una compraventa en 2 días por ejemplo.
Inscripción en el Registro Mercantil
Pago de gastos (notaría + registro +gestión) e impuestos correspondientes en función de la comunidad autónoma y de las reducciones personales.