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¿Es necesaria escritura notarial para donar dinero?

Las donaciones de dinero (donaciones manuales) no requieren escritura notarial según el artículo 632 del Código Civil. Se perfeccionan con la simple entrega del dinero.

Sin embargo, es muy recomendable formalizarlas ante notario cuando:

  • La cantidad es significativa
  • Se quiere dejar constancia fehaciente para futuras herencias (la donación puede computar como anticipo de la legítima)
  • Se quiere documentar el origen del dinero para Hacienda
  • El donatario necesita justificar el origen de los fondos ante el banco

Las donaciones de inmuebles sí requieren escritura notarial obligatoriamente (art. 633 CC), bajo pena de nulidad.

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Las donaciones son un medio efectivo para transferir bienes, particularmente en España donde la cuota tributaria puede ser significativamente reducida en muchas comunidades autónomas. Este método permite a las familias realizar un traspaso patrimonial seguro y económico de padres a hijos. Al donar, no solo se garantiza un menor costo tributario en el presente, sino que también se evita la incertidumbre de las futuras obligaciones fiscales asociadas a las herencias. Es una estrategia legal y fiscal que asegura tanto el beneficio de los donantes como el de los beneficiarios.
Una donación es un acto mediante el cual una persona (donante) transfiere bienes, dinero o recursos a otra persona, organización o entidad (beneficiario) sin esperar una compensación a cambio.

El donatario (quien recibe la donación) paga el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). La tributación varía enormemente por comunidad autónoma:

  • Comunidades con bonificación elevada: Madrid (99%), Cantabria (100% entre parientes directos), Islas Baleares, Canarias — las donaciones entre padres e hijos tienen coste fiscal mínimo.
  • Comunidades con tributación media: Galicia, Castilla y León, Andalucía — bonificaciones parciales según parentesco y cuantía.
  • Comunidades con mayor tributación: Cataluña, Comunidad Valenciana, Aragón — tipos más elevados aunque con algunas reducciones.

El tipo general oscila entre el 7,65% y el 34% en función del valor donado, el parentesco y el patrimonio preexistente del donatario.

Consulta con nuestro equipo para calcular la carga fiscal exacta según tu comunidad autónoma.

El proceso de donación online con Notaría Online se completa en aproximadamente 48 horas desde la recepción de la documentación completa:

  • Día 1: Recepción de documentación, análisis de la situación y redacción de la escritura por nuestro equipo jurídico.
  • Día 2: Videoconferencia con el notario y firma de la escritura por donante y donatario.

Los trámites posteriores (liquidación del impuesto de donaciones e inscripción registral si hay inmuebles) llevan tiempo adicional, habitualmente 2-4 semanas.

Sí. Las donaciones realizadas en vida pueden afectar al reparto de la herencia futura de varias formas:

Colación: Los herederos forzosos (hijos y descendientes) que reciban una donación en vida del donante deben "colacionarla" (contarla como anticipo de su herencia) salvo que el donante les haya dispensado expresamente de ello en la escritura.

Reducción de donaciones inoficiosas: Si las donaciones en vida perjudican la legítima de los herederos forzosos, estos pueden exigir la reducción de dichas donaciones para cubrir su legítima.

En Notaría Online asesoramos sobre cómo estructurar las donaciones para minimizar conflictos futuros en la herencia.

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