Herencia ab intestato — sin testamento

Herencia sin testamento: te ayudamos a tramitarla

Si el fallecido no dejó testamento, hay que hacer una declaración de herederos ante notario antes de poder repartir los bienes. Nos encargamos de todo el proceso.

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¿No hay testamento del fallecido?

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Servicio completo

¿Qué incluye la tramitación de herencia sin testamento?

El proceso tiene un paso adicional respecto a la herencia con testamento: la declaración de herederos ab intestato.

Declaración de herederos

Gestionamos el acta de declaración de herederos ab intestato ante notario, que determina quiénes son los herederos legales.

Certificados oficiales

Obtenemos certificado de defunción, últimas voluntades (que confirmará que no hay testamento) y todos los documentos necesarios.

Inventario patrimonial

Localizamos y valoramos todos los bienes y deudas del fallecido para preparar el reparto entre herederos.

Impuesto de sucesiones

Calculamos y presentamos el impuesto en la comunidad autónoma correspondiente, con todas las bonificaciones aplicables.

Escritura de adjudicación

Coordinamos la firma de la escritura y la inscripción de los bienes en el Registro de la Propiedad.

Proceso

¿Cuáles son los pasos de una herencia sin testamento?

El proceso dura entre 3 y 5 meses. La declaración de herederos añade unas semanas respecto a la herencia con testamento.

Semana 1-2
Certificados y confirmación
Obtenemos el certificado de últimas voluntades que confirma que no hay testamento registrado.
Semana 2-4
Declaración de herederos
Presentamos el acta notarial de declaración de herederos ab intestato. El notario publica un anuncio y, tras 20 días hábiles, declara quiénes son los herederos legales.
Mes 2-3
Inventario e impuestos
Investigamos el patrimonio, preparamos el inventario y presentamos el Impuesto de Sucesiones.
Mes 4-5
Escritura de adjudicación
Los herederos firman la escritura de adjudicación y se inscriben los bienes a su nombre.

Documentación necesaria

¿Qué documentos necesito?

Certificado de defunción
Certificado de últimas voluntades (confirma la ausencia de testamento)
DNI del fallecido y de todos los posibles herederos
Libro de familia o certificados de nacimiento y matrimonio
Certificado de empadronamiento del fallecido
Escrituras de propiedades (si las hay)
Certificados bancarios de saldos a fecha de fallecimiento

Si no tienes toda la documentación, la obtenemos en tu nombre. El parentesco puede acreditarse con certificados del Registro Civil.

Consultar sin compromiso →

¿Qué pasa cuando alguien fallece sin testamento?

Cuando no hay testamento, se aplica la sucesión intestada o ab intestato. La ley establece un orden de herederos:

  1. Hijos y descendientes (heredan a partes iguales)
  2. Padres y ascendientes (si no hay descendientes)
  3. Cónyuge viudo/a (si no hay descendientes ni ascendientes hereda la totalidad; si los hay, recibe el usufructo de 1/3 o 1/2)
  4. Hermanos y sobrinos
  5. Demás parientes colaterales hasta el 4.o grado
  6. El Estado (si no hay ningún familiar)

Para que los herederos puedan actuar, necesitan una declaración de herederos ab intestato ante notario, que sustituye al testamento y declara oficialmente quiénes son los herederos.

¿Qué es la declaración de herederos ab intestato?

Es un acta notarial en la que el notario declara quiénes son los herederos legales del fallecido. Para tramitarla, hacen falta al menos dos testigos que conozcan la situación familiar del fallecido, certificados del Registro Civil y un plazo de 20 días hábiles desde la publicación del anuncio.

¿Tarda más que una herencia con testamento?

Sí, entre 4 y 8 semanas más, por el trámite de la declaración de herederos. El resto del proceso (inventario, impuestos, escritura) es igual. En total, una herencia sin testamento suele tardar entre 3 y 5 meses.

Preguntas frecuentes

Dudas frecuentes sobre herencias sin testamento

Sí, es posible tramitar una herencia española sin que los herederos tengan que desplazarse a España. Las opciones son:

  • Poder notarial: el heredero otorga un poder (por videollamada con Notaría Online o ante el consulado español de su país) a un representante en España, quien gestiona todos los trámites en su nombre
  • Comparecencia por videoconferencia: para determinadas actuaciones notariales (declaración de herederos, protocolización de testamento), la Ley 11/2023 permite la comparecencia telemática del heredero

Los trámites que sí requieren presencia física son los que implican terceros (Registros, Hacienda, bancos), pero estos los gestiona el representante designado. En Notaría Online coordinamos todo el proceso para herederos no residentes.

Históricamente sí, los herederos no residentes en España pagaban el Impuesto de Sucesiones según la normativa estatal (más gravosa que la de muchas comunidades autónomas). Esto cambió con la Sentencia del TJUE de septiembre de 2014, que declaró esta discriminación contraria al derecho comunitario.

Desde entonces, los herederos no residentes en la UE/EEE pueden aplicar la normativa autonómica (generalmente más beneficiosa) de la comunidad autónoma donde el fallecido tenía su residencia habitual.

Para herederos en países fuera de la UE/EEE (como México, Argentina, Colombia, EE.UU.), la situación es más compleja. Asesoramos caso a caso para minimizar la carga fiscal dentro de la legalidad.

Sí. La nacionalidad no impide heredar en España. Si eres beneficiario de una herencia española (ya sea por testamento o por ley de sucesiones), tienes pleno derecho a heredar con independencia de tu nacionalidad.

Proceso para herederos extranjeros no residentes:

  1. Poder notarial: otorga un poder a un representante en España (por videollamada) para que gestione la herencia en tu nombre
  2. Documentación de tu país: posiblemente necesites documentos apostillados de tu país (certificado de matrimonio, certificado de nacimiento, etc.) dependiendo de tu relación con el fallecido
  3. Fiscalidad: como heredero no residente, tributarás en España por los bienes situados en territorio español. Asesoramos sobre la optimización fiscal dentro de la legalidad

En Notaría Online hemos tramitado herencias para herederos en Argentina, Colombia, México, Venezuela, EE.UU. y más de 20 países. Contamos con experiencia en la coordinación de documentación internacional.

Sí, es perfectamente posible. Gracias a la Ley 11/2023 de digitalización notarial y a la posibilidad de otorgar poderes por videollamada, puedes gestionar toda la herencia española sin necesidad de viajar a España.

Las opciones son:

  • Poder notarial por videollamada: en 24-48 horas puedes otorgar un poder ante notario español por videoconferencia, autorizando a una persona de confianza o a nuestro despacho a actuar en tu nombre en España. Es la opción más rápida y económica.
  • Comparecencia telemática: cuando llegue la firma de la escritura de adjudicación, puedes comparecer tú mismo por videoconferencia.
  • Poder ante consulado: si prefieres no hacer videollamadas, puedes otorgar el poder ante el consulado español de tu país.

Hemos gestionado herencias para españoles en México, Argentina, Reino Unido, Alemania, EE.UU., Australia y más de 30 países. El proceso es idéntico al de una herencia ordinaria y los plazos son similares: entre 2 y 4 meses.

No necesariamente. Desde la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 2014 y las reformas legales posteriores, los herederos no residentes en España tienen derecho a aplicar la normativa de la comunidad autónoma donde radiquen los bienes heredados, igual que los residentes.

Esto es especialmente ventajoso en comunidades como:

  • Madrid: bonificación del 99% para cónyuge, descendientes y ascendientes
  • Canarias: bonificación del 99,9% para familiares directos
  • Andalucía: bonificación del 99% para familiares directos desde 2019

Sin embargo, si los bienes están en comunidades con mayor carga fiscal (Cataluña, Comunidad Valenciana, Aragón), la factura puede ser más elevada. Nuestro equipo analiza tu caso y calcula la tributación exacta antes de iniciar el trámite.

El proceso completo de una herencia online dura habitualmente entre 2 y 4 meses. Los plazos dependen de varios factores:

  • La existencia o no de testamento (sin testamento el proceso es algo más largo al requerir declaración de herederos)
  • El número de herederos y su disponibilidad para firmar
  • La complejidad del patrimonio (inmuebles en diferentes registros, cuentas en varios bancos, inversiones, etc.)
  • La agilidad de los organismos administrativos (Registro Civil, notarías de otros municipios, etc.)

En casos sencillos con testamento y un único inmueble, el proceso puede completarse en 6-8 semanas.

Los documentos necesarios para tramitar una herencia en España son:

  • Certificado de defunción del causante (Registro Civil)
  • Certificado de Últimas Voluntades del Ministerio de Justicia (confirma si hay testamento y ante qué notario)
  • Testamento (copia autorizada si existe)
  • DNI/NIE del fallecido y de todos los herederos
  • Libro de familia para acreditar el parentesco
  • Escrituras de bienes inmuebles propiedad del causante
  • Certificados bancarios con saldo a fecha de fallecimiento
  • Documentación de vehículos, fondos de inversión u otros bienes

Nuestro equipo te indica exactamente qué documentos necesitas en cada caso y te ayuda a obtenerlos.

Sí. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) debe liquidarse en los 6 meses siguientes al fallecimiento. Existe la posibilidad de solicitar una prórroga de otros 6 meses si se pide antes de que venza el plazo original.

Consecuencias de no pagar en plazo:

  • Recargo del 5% si se paga dentro de los 3 meses siguientes a la expiración del plazo
  • Recargo del 10% entre 3 y 6 meses de retraso
  • Recargo del 15% entre 6 y 12 meses de retraso
  • Recargo del 20% si supera 12 meses, más intereses de demora

El plazo para la Plusvalía Municipal también es de 6 meses desde el fallecimiento.

La declaración de herederos ab intestato es el procedimiento notarial para determinar quiénes son los herederos legales de una persona que ha fallecido sin testamento.

Es necesaria cuando:

  • El fallecido no otorgó testamento
  • El testamento ha sido declarado nulo
  • Los llamados en el testamento han fallecido o renunciado a la herencia

El orden legal de herederos sin testamento en España es:

  1. Hijos y descendientes
  2. Padres y ascendientes
  3. Cónyuge supérstite
  4. Hermanos y sobrinos
  5. Otros parientes colaterales hasta el cuarto grado
  6. El Estado (en ausencia de los anteriores)

El trámite se realiza ante notario y tarda aproximadamente entre 2 y 4 semanas.

El coste de una herencia tiene varios componentes:

  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: varía enormemente por comunidad autónoma y valor de la herencia. Hay CCAA con bonificación del 99% (Madrid, Canarias) y otras sin bonificación.
  • Plusvalía Municipal (IIVTNU): se calcula sobre el incremento del valor de los terrenos urbanos, solo si hay inmuebles.
  • Honorarios notariales: aranceles regulados por el Estado, proporcionales al valor de los bienes.
  • Registro de la Propiedad: para inscribir los inmuebles a nombre de los herederos.
  • Honorarios de gestión: los de Notaría Online por coordinar todo el proceso.

Solicita un presupuesto personalizado sin compromiso en nuestra web o llamando al +34 611 422 933.

Sí. En España se puede aceptar, aceptar a beneficio de inventario o renunciar a una herencia.

Renuncia pura y simple: el heredero no adquiere los bienes ni las deudas del fallecido. La renuncia debe hacerse ante notario y es irrevocable.

¿Cuándo conviene renunciar? Cuando las deudas del fallecido superan el valor de los bienes, o cuando fiscalmente resulta más ventajoso que los hijos hereden directamente (renuncia traslativa).

Aceptación a beneficio de inventario: permite aceptar la herencia limitando la responsabilidad al valor de los bienes heredados, sin responder con el patrimonio personal. Es la opción más prudente cuando hay incertidumbre sobre las deudas.

El plazo para aceptar o renunciar es indefinido, pero Hacienda puede reclamar si no se liquida el impuesto en 6 meses.

Los impuestos involucrados en el proceso de herencia son el impuesto sobre sucesiones y donaciones, que se aplica a la transferencia de bienes y activos, y el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (Plusvalía).
La duración del proceso de herencia puede variar dependiendo de varios factores, como la complejidad de la herencia, la cantidad de bienes y activos involucrados, y cualquier disputa legal que pueda surgir. En general, el proceso puede llevar entre 2 y 4 meses, e incluso años en casos más complejos.
No es obligatorio contratar un abogado o asesor legal para comenzar con el proceso de tu herencia, pero es altamente recomendable. Un abogado o un asesor legal especializado puede brindarte asesoramiento sobre los requisitos legales, redactar los documentos necesarios y garantizar que el proceso se realice de manera correcta y cumpla con todas las regulaciones aplicables. En notaria-online.com contamos con un equipo de abogados y asesores legales que te ayudarán en la gestión y tramitación de tu herencia.
El proceso de herencia implica varios pasos, como son:
  •  La localización del testamento en caso de que el heredero hubiese otorgado dicho documento. Si de hecho hubiera otorgado un testamento tendríamos que obtener la copia autorizada del mismo aportando el certificado de últimas voluntades y el certificado de defunción.
  • Por el contrario, sino hubiera otorgado testamento tendremos que otorgar el acta de declaración de herederos, necesitando igualmente el certificado de defunción y el de últimas voluntades además de todos los datos personales de los herederos.
  • Debemos investigar hasta saber cuáles eran todos los bienes de la persona fallecida recabando la información necesaria de bancos registros de la propiedad vehículos así como cualquier otro tipo de bienes que se puedan heredar.
  • Una vez tenemos toda la documentación debemos presentar ante la oficina liquidadora de la comunidad autónoma donde hubiera fallecido el causante, una relación de bienes aportando toda la información además de presentar el modelo 650 y los modelos 660.
  • Igualmente, y en cuanto a las propiedades que tuviera el causante hay que presentar un documento en los ayuntamientos donde radican dichas fincas para la liquidación del impuesto municipal del incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana comúnmente llamado plusvalía.
  • Con esto ya habríamos cumplido con lo que marca la ley, dejando pendiente en los otorgamiento de la correspondiente escritura de adjudicación de herencia para adjudicar dichos bienes a los herederos conforme al testamento o conforme a la declaración de herederos.
El servicio de herencias de notaría-online.com es un servicio legal que brinda asesoramiento y asistencia en todo  el proceso de administración y distribución de los bienes y activos de una persona fallecida a sus herederos. El objetivo es facilitar y asegurar una transferencia ordenada y legal de los bienes de la herencia.

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