Dona dinero a tu hijo con las mejores condiciones fiscales
Cada comunidad autónoma tiene bonificaciones diferentes en el Impuesto de Donaciones. Te asesoramos para que la donación tributaria sea mínima y redactamos la escritura notarial online.
Consulta gratuita
¿Quieres donar dinero a tu hijo?
Te respondemos en menos de 24 horas.
Qué incluye
¿Qué incluye el servicio de donación de dinero?
Nos encargamos de toda la parte fiscal y notarial para que la donación se haga con las mejores condiciones.
Estudio fiscal personalizado
Analizamos la comunidad autónoma del donatario y calculamos el impuesto real que se pagará, incluyendo todas las bonificaciones aplicables.
Escritura de donación
Redactamos y coordinamos la firma de la escritura pública de donación dineraria ante notario.
Liquidación del impuesto
Preparamos y presentamos la autoliquidación del Impuesto sobre Donaciones en la comunidad autónoma correspondiente.
Justificación del origen
Te asesoramos sobre cómo documentar el origen del dinero para cumplir con la normativa de prevención de blanqueo de capitales.
Proceso
¿Cómo se hace una donación de dinero a un hijo?
El proceso es sencillo. La escritura de donación se firma ante notario y el impuesto se liquida en 30 días.
Documentación necesaria
¿Qué documentos necesito para donar dinero a mi hijo?
Algunas comunidades exigen que la donación de dinero se formalice en escritura pública para aplicar las bonificaciones fiscales.
Consultar sin compromiso →¿Cuánto se paga de impuestos por donar dinero a un hijo?
Depende de la comunidad autónoma donde resida el hijo (donatario). Cada comunidad aplica sus propias bonificaciones al Impuesto sobre Donaciones. Las diferencias son enormes:
- Madrid: bonificación del 99% para donaciones entre padres e hijos
- Andalucía: bonificación del 99% hasta 1.000.000 euros
- Cataluña: reducciones del 95% para donaciones de primera vivienda o inicio de actividad económica
- Comunidad Valenciana: bonificación del 99% para donaciones de padres a hijos
En la práctica, en muchas comunidades la donación entre padres e hijos apenas tributa si se formaliza correctamente en escritura pública.
¿Es obligatorio hacer escritura pública?
Para donaciones de bienes inmuebles, sí: la escritura pública es obligatoria (art. 633 del Código Civil). Para donaciones de dinero, no siempre es obligatoria, pero sí es muy recomendable: muchas comunidades autónomas solo aplican las bonificaciones fiscales si la donación consta en escritura pública.
¿La donación afecta a la herencia futura?
Sí. Las donaciones a hijos se consideran anticipo de herencia y se imputan al tercio de legítima en la futura sucesión (art. 1035 CC), salvo que el donante disponga expresamente lo contrario en la escritura. Es un punto que conviene tener en cuenta y que te explicamos antes de la firma.
Preguntas frecuentes
Dudas frecuentes sobre donaciones a hijos
El donatario (quien recibe la donación) paga el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). La tributación varía enormemente por comunidad autónoma:
- Comunidades con bonificación elevada: Madrid (99%), Cantabria (100% entre parientes directos), Islas Baleares, Canarias — las donaciones entre padres e hijos tienen coste fiscal mínimo.
- Comunidades con tributación media: Galicia, Castilla y León, Andalucía — bonificaciones parciales según parentesco y cuantía.
- Comunidades con mayor tributación: Cataluña, Comunidad Valenciana, Aragón — tipos más elevados aunque con algunas reducciones.
El tipo general oscila entre el 7,65% y el 34% en función del valor donado, el parentesco y el patrimonio preexistente del donatario.
Consulta con nuestro equipo para calcular la carga fiscal exacta según tu comunidad autónoma.
El proceso de donación online con Notaría Online se completa en aproximadamente 48 horas desde la recepción de la documentación completa:
- Día 1: Recepción de documentación, análisis de la situación y redacción de la escritura por nuestro equipo jurídico.
- Día 2: Videoconferencia con el notario y firma de la escritura por donante y donatario.
Los trámites posteriores (liquidación del impuesto de donaciones e inscripción registral si hay inmuebles) llevan tiempo adicional, habitualmente 2-4 semanas.
Las donaciones de dinero (donaciones manuales) no requieren escritura notarial según el artículo 632 del Código Civil. Se perfeccionan con la simple entrega del dinero.
Sin embargo, es muy recomendable formalizarlas ante notario cuando:
- La cantidad es significativa
- Se quiere dejar constancia fehaciente para futuras herencias (la donación puede computar como anticipo de la legítima)
- Se quiere documentar el origen del dinero para Hacienda
- El donatario necesita justificar el origen de los fondos ante el banco
Las donaciones de inmuebles sí requieren escritura notarial obligatoriamente (art. 633 CC), bajo pena de nulidad.
Sí. Las donaciones realizadas en vida pueden afectar al reparto de la herencia futura de varias formas:
Colación: Los herederos forzosos (hijos y descendientes) que reciban una donación en vida del donante deben "colacionarla" (contarla como anticipo de su herencia) salvo que el donante les haya dispensado expresamente de ello en la escritura.
Reducción de donaciones inoficiosas: Si las donaciones en vida perjudican la legítima de los herederos forzosos, estos pueden exigir la reducción de dichas donaciones para cubrir su legítima.
En Notaría Online asesoramos sobre cómo estructurar las donaciones para minimizar conflictos futuros en la herencia.
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