El plazo legal es de un mes desde que entras en España o desde que se te concede la autorización de residencia (lo que ocurra después). El artículo 209 del Real Decreto 1155/2024 (el nuevo Reglamento de Extranjería, en vigor desde el 20 de mayo de 2025) establece esta obligación.
En la práctica, la cita de toma de huellas puede tardar más de un mes en estar disponible, especialmente en ciudades grandes. En ese caso, conserva el justificante de que has solicitado la cita como prueba de que estás dentro del plazo.