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Poder notarial online: fírmalo por videollamada, estés donde estés

Vives en Ciudad de México, Buenos Aires, Berlín o Bilbao: el proceso es el mismo. Redactamos el poder, tú lo apruebas y lo firmas ante notario colegiado por videoconferencia, al amparo de la Ley 11/2023. Sin viajar y sin colas.

Desde 195 € + IVA

Consulta gratuita

¿Necesitas un poder notarial?

Te respondemos en menos de 24 horas.

Listo en 4–7 días Ante notario colegiado Válido en toda España

Un poder notarial online se firma ante notario colegiado por videoconferencia, con la misma validez que en una notaría presencial (Ley 11/2023). Redactamos el poder, tú lo apruebas y coordinamos la cita de firma; suele estar listo en 4 a 7 días y es válido en toda España.

Contenido revisado por nuestro equipo jurídico el .

Servicio completo

¿Qué incluye la tramitación de poderes notariales online?

Nos encargamos de todo el proceso, desde el asesoramiento inicial hasta la entrega del poder firmado ante notario.

Asesor jurídico especializado

Un experto en poderes notariales gestiona tu caso y resuelve todas tus dudas durante el proceso.

Redacción personalizada del poder

Redactamos el poder adaptado exactamente a las facultades que quieres otorgar: general, especial o preventivo.

Gestión de cita virtual con notaría

Coordinamos tu cita con el notario de forma telemática para que firmes desde casa, sin desplazamientos.

Firma telemática ante notario

El acto de otorgamiento del poder se realiza por videoconferencia con plena validez legal, igual que en notaría presencial.

Envío del poder a tu domicilio

Una vez firmado y protocolizado, te enviamos el poder original a la dirección que nos indiques por mensajería urgente.

Sin desplazamientos a ningún sitio

Todo el proceso se realiza 100% online. No tendrás que acudir a ninguna notaría ni oficina presencial.

Alcance del trámite

Qué tipo de poder necesitas y cómo se firma cada uno

No todos los poderes siguen el mismo camino. La Ley 11/2023 abrió la firma por videoconferencia ante notario, y según el tipo de poder la vía concreta cambia. Te confirmamos cuál aplica a tu caso antes de empezar, por escrito y con el presupuesto cerrado.

Poder para un acto concreto
Vender un piso, aceptar una herencia, operar con un banco. Es el más frecuente y el que menos trámite tiene: se firma por videoconferencia con el notario.
Poder para pleitos y ante Administraciones
Para que un abogado y procurador te representen, o para gestiones ante Hacienda y la Seguridad Social. También por videoconferencia.
Poder general
Autoriza al apoderado para la mayoría de actos de la vida civil. Lo tramitamos igualmente de forma telemática, coordinando la firma con la notaría según el caso.
Poder preventivo
Sigue vigente si el otorgante pierde capacidad. Mismo proceso telemático, con una redacción específica sobre cuándo se activa.
Consulta gratis qué poder necesitas

Qué necesitas para firmar

  • DNI o NIE en vigor del otorgante, y el nombre y documento del apoderado.
  • Una conexión estable con cámara. La cita dura entre 15 y 30 minutos.
  • ¿No tienes certificado digital español? Es lo normal si vives fuera de España. Te decimos cómo identificarte antes de la cita: es la primera duda que resolvemos en la consulta gratuita.
  • Nada más. La redacción del poder la hacemos nosotros a partir de lo que nos cuentes.
  • Si tu caso necesita una vía distinta a la videoconferencia, te lo decimos antes de cobrar nada.

Planificación de la dependencia

El poder preventivo: protégete ante una incapacidad futura

El poder preventivo es una modalidad especial de poder notarial que mantiene su vigencia aunque el otorgante pierda la capacidad de obrar por enfermedad, accidente o deterioro cognitivo. Es la herramienta de planificación personal más importante que existe y que muy pocas personas conocen.

¿Para qué sirve?
Permite que una persona de confianza gestione tu patrimonio, tus cuentas bancarias, tu vivienda y tus trámites sin necesidad de acudir al juzgado, si llegaras a perder capacidad.
¿Por qué es tan importante?
Sin un poder preventivo, cuando alguien pierde capacidad, sus familiares deben iniciar un proceso judicial de tutela o curatela, que puede durar meses y suponer costes elevados.
¿Cuándo se activa?
El poder puede redactarse para que sea efectivo desde su otorgamiento o únicamente cuando se acredite la incapacidad. Tú decides las condiciones de activación.
Tramitar mi poder preventivo

¿Sabías que...?

  • En España, más de 300.000 personas están en situación de tutela o curatela judicial. La mayoría podrían haberlo evitado con un poder preventivo otorgado a tiempo.
  • El poder preventivo puede incluir instrucciones sobre cuidados médicos y preferencias personales (documento de voluntades anticipadas notarial).
  • Se tramita de forma telemática como el resto de poderes, aunque la redacción es más específica: hay que definir cuándo se activa. Puede revocarse en cualquier momento mientras el otorgante tenga capacidad.
  • No solo sirve para personas mayores: accidentes, enfermedades o situaciones de incapacidad temporal pueden afectar a cualquier persona en cualquier momento de la vida.

Proceso

¿Cuánto tarda un poder notarial online?

El proceso completo dura entre 4 y 7 días hábiles desde que nos envías la documentación hasta que recibes el poder original en tu domicilio. Es más rápido que la tramitación presencial y sin colas ni esperas.

Día 1
Estudio del caso y asesoramiento
Te asignamos un asesor que analiza tus necesidades y te orienta sobre el tipo de poder más adecuado.
Días 1–2
Redacción personalizada del poder
Redactamos el poder adaptado a las facultades exactas que quieres otorgar y te lo enviamos para revisión.
Días 2–4
Cita virtual con notaría y firma
Coordinamos tu cita telemática con el notario para el otorgamiento del poder por videoconferencia.
Días 4–7
Envío a tu domicilio
Una vez protocolizado, te enviamos el poder original por mensajería urgente a la dirección que nos indiques.

Documentación necesaria

¿Qué documentos necesito para tramitar un poder notarial?

DNI o NIE en vigor del otorgante (quien concede el poder)
Nombre completo y DNI/NIE del apoderado (quien recibirá el poder)
Descripción de las facultades que quieres otorgar
Domicilio de envío del poder original
En caso de poder especial: datos del acto concreto (inmueble, contrato, etc.)

¿No sabes qué tipo de poder necesitas? Te asesoramos sin compromiso para que elijas el más adecuado a tu situación.

Consultar sin compromiso →

¿Qué es un poder notarial y para qué sirve?

Un poder notarial es un documento público por el que una persona (el otorgante) autoriza a otra (el apoderado) para que actúe en su nombre en determinados actos jurídicos o administrativos. Se otorga ante notario y tiene plena validez legal en toda España.

Puede ser un poder general (para todos los actos de la vida civil) o un poder especial (limitado a un acto concreto, como vender un inmueble o gestionar una herencia). También existe el poder preventivo, que mantiene su vigencia aunque el otorgante pierda capacidad.

Si quieres el detalle paso a paso del trámite, lo explicamos en nuestra guía sobre cómo conseguir un poder notarial en España.

¿Es válido un poder notarial tramitado online?

Sí, completamente. La firma telemática tiene el mismo valor jurídico que la presencial, amparada por la Ley 11/2023, que modificó la Ley del Notariado para permitir otorgar poderes por videoconferencia a través del Portal Notarial del Ciudadano. El poder lo autoriza un notario colegiado con plena fe pública, con el mismo valor que si lo firmaras en una notaría física.

¿Cuánto cuesta un poder notarial online?

El arancel del notario lo fija el Real Decreto 1426/1989 y es idéntico en toda España: para un poder ronda los 30 a 90 €, lo cobre quien lo cobre. Sobre esa base, nuestro precio arranca en 195 € + IVA e incluye el arancel, la redacción del poder adaptada a tu caso, la coordinación de la cita con la notaría y el envío del original a tu domicilio. La diferencia entre una cifra y otra es asesoramiento y gestión, no margen oculto: por eso damos presupuesto cerrado por escrito antes de empezar. Si el poder es especial y muy sencillo, el coste baja; si hay varios otorgantes o facultades complejas, sube. Vayas donde vayas a contratarlo, pide siempre el desglose: cuánto es arancel notarial y cuánto son honorarios de gestión. Es la única forma de comparar precios de verdad.

¿Puede el apoderado hacer cualquier cosa con el poder?

Solo lo que especifique el poder. Un poder especial limita al apoderado a un acto concreto (por ejemplo, vender un piso determinado). Un poder general es más amplio, pero siempre dentro de los límites establecidos en el documento notarial. Nosotros redactamos el poder con la extensión que tú decidas.

Preguntas frecuentes

Dudas frecuentes sobre poderes notariales online

Sí. Para que una persona pueda vender un inmueble en nombre del propietario, es imprescindible un poder notarial especial que incluya facultades expresas para vender ese inmueble concreto. Un poder general puede también ser suficiente si incluye expresamente la facultad de vender inmuebles.

Qué debe incluir el poder para vender:

  • Datos registrales exactos del inmueble (referencia catastral, dirección, tomo, folio e inscripción)
  • Precio o precio mínimo de venta
  • Facultades de cobro (para recibir el precio y otorgar carta de pago)
  • Facultades complementarias (cancelar hipoteca si la hay, entregar posesión, hacer declaraciones fiscales)

En Notaría Online tramitamos el poder por videollamada en 24-48 horas. Solo necesitas enviarnos la nota simple del inmueble y los datos del apoderado.

La legitimación de firma es un acto notarial distinto del poder. En la legitimación, el notario certifica únicamente que una firma es auténtica y pertenece a la persona identificada, sin crear ninguna representación ni autorización. El notario no da fe del contenido del documento.

El poder notarial, en cambio, autoriza a una persona a actuar en nombre de otra para uno o varios actos jurídicos concretos.

¿Cuándo se necesita legitimación de firma?

  • Documentos privados que deben presentarse ante organismos que exigen autenticación notarial
  • Contratos o cesiones de derechos que van a usarse en el extranjero
  • Instancias administrativas que exigen firma legitimada

La legitimación de firma es más rápida y económica que una escritura pública. Puede tramitarse online con el firmante compareciendo por videollamada, amparada por la Ley 11/2023.

Los poderes notariales se clasifican según su alcance:

  • Poder general: autoriza al apoderado a actuar en cualquier asunto en nombre del poderdante (patrimonial, personal, judicial, etc.).
  • Poder especial: limitado a un acto concreto: vender un inmueble específico, firmar un contrato determinado, representar en un juicio concreto.
  • Poder para pleitos: para actuar en procedimientos judiciales y arbitrales.
  • Poder bancario: para operar cuentas, contratar productos financieros, etc.
  • Poder preventivo: para el caso de incapacidad futura del poderdante (muy utilizado en planificación de la dependencia).
  • Poder irrevocable: en supuestos específicos, no puede ser revocado unilateralmente.

La elección del tipo adecuado depende de para qué se necesita el poder. Nuestro equipo asesora sobre la modalidad más conveniente en cada caso.

Sí, un poder notarial puede ser revocado en cualquier momento por el poderdante, salvo que sea irrevocable por pacto.

Procedimiento de revocación:

  1. Otorgar una escritura notarial de revocación ante notario
  2. Notificar la revocación al apoderado (recomendable de forma fehaciente: burofax)
  3. Si el poder se usó para inscripción registral o fue notificado a terceros, conviene también notificar a dichos terceros

Extinción automática del poder: El poder se extingue sin necesidad de revocación en caso de fallecimiento, declaración de incapacidad o quiebra del poderdante o del apoderado, salvo que sea un poder preventivo.

Es importante actuar con rapidez cuando se quiere revocar un poder para evitar que el apoderado realice actos no deseados antes de recibir la notificación.

Sí, exactamente el mismo valor jurídico que un poder otorgado presencialmente.

La Ley del Notariado, reformada para permitir la actuación notarial a distancia, establece que el notario puede autorizar documentos públicos identificando al otorgante por videoconferencia con las garantías técnicas exigidas.

El proceso es idéntico al presencial:

  1. El notario verifica la identidad del otorgante mediante DNI/NIE visualizado por cámara
  2. El notario lee íntegramente el documento
  3. El otorgante presta su consentimiento
  4. El notario da fe de la firma y del contenido

El documento resultante es una escritura pública notarial con plena validez frente a todos (erga omnes), inscribible en registros, admitida por bancos, administraciones y tribunales.

Los poderes notariales son imprescindibles en numerosas situaciones cotidianas:

  • Compraventa de inmuebles: cuando el propietario no puede asistir a la firma de la escritura
  • Gestión de herencias: para que un heredero gestione el proceso en nombre de todos
  • Trámites bancarios: operar cuentas, contratar o cancelar productos financieros
  • Representación en procedimientos judiciales
  • Gestión de propiedades en España desde el extranjero
  • Gestiones ante la Administración: Hacienda, Seguridad Social, Ayuntamientos
  • Firma de contratos de arrendamiento
  • Actos societarios: junta general, ampliación de capital, etc.
  • Planificación de la dependencia: poder preventivo para casos de incapacidad
No , basta con que acuda a la firma el poderdante o poderdantes que otorguen el poder.
Sí, en muchos casos se designa a más de un apoderado en un poder notarial. Puedes especificar si los apoderados deben actuar conjuntamente (de manera mancomunada) o si tienen facultades para actuar de forma independiente. Es importante describir claramente las instrucciones y los límites de los poderes de cada apoderado en el documento.
La validez de un poder notarial queda limitada o bien por una fecha determinada en la que deja de tener validez, por revocación del mismo, porque el poderdante deje de tener sus facultades mentales y devenga incapacitado para otorgar la revocación de poder o bien por el fallecimiento del poderdante.
Para revocar un poder notarial debes otorgar una escritura de revocación de apoderamiento, que no es más que la cancelación del mandato que habías otorgado en el poder original y notificar dicha revocación a los apoderados afectados. Un buen consejo es otorgar el poder que necesites hacer pero no otorgar facultades al apoderado para que pueda obtener copias del poder por sí mismo. De esta manera, una vez que el apoderado haga el mandato que se le ha encomendado, bastará con retirarle la copia del poder, dejando al apoderado sin dicho poder, evitando así tener que otorgar una escritura de revocación en el futuro.
Un poder notarial general otorga amplios poderes al apoderado para actuar en nombre del poderdante en una variedad de asuntos legales. Sin embargo, un poder notarial específico (también conocido como poder notarial especial) limita las facultades del apoderado a actuar únicamente en situaciones y asuntos específicos, que son mencionados en el poder.  
Un poder notarial puede ser necesario cuando no puedes estar presente personalmente para realizar cualquier acto. Al otorgar un poder notarial, puedes designar a alguien de confianza para que actúe en tu nombre, lo cual es especialmente útil en situaciones en las que estás ausente o incapacitado.
Un poder notarial es un documento que otorga capacidad a una persona (llamada apoderado o representante) para actuar en nombre de otra persona (llamada poderdante o otorgante). El poder notarial puede conferirse para diversos propósitos, como realizar transacciones financieras, firmar contratos, gestionar propiedades o representar al poderdante en cualquier ámbito. También es necesario otorgar un poder cuando tienes que resolver un asunto en los juzgados, otorgándole poder a tu abogado y procurador.

Aprende más sobre poderes notariales

Artículos prácticos con todo lo que necesitas saber.

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