Revoca un poder notarial online
Cancela cualquier poder notarial que hayas otorgado previamente: poderes generales, de representación, hipotecarios o para asuntos concretos. Proceso 100% online ante notario colegiado.
Consulta gratuita
¿Necesitas revocar un poder notarial?
Te respondemos en menos de 24 horas.
Servicio completo
¿Qué incluye la revocación de poderes?
Gestionamos la revocación del poder desde la redacción de la escritura hasta la notificación al apoderado si lo necesitas.
Escritura de revocación ante notario
Redactamos y coordinamos la firma de la escritura notarial de revocación. El poder queda sin efecto desde el momento de la firma.
Revocación de cualquier tipo de poder
Poderes generales, específicos, para compraventa, hipotecarios, de administración de negocios, representación ante organismos públicos, etc.
Notificación fehaciente al apoderado
Si lo necesitas, le comunicamos la revocación al apoderado de forma fehaciente, con acuse de recibo, para evitar que siga actuando en tu nombre.
Comunicación a entidades bancarias
Si el poder fue otorgado para operar con bancos, te asesoramos sobre cómo notificarlo a las entidades financieras para que quede bloqueado en sus sistemas.
Asesoramiento sin compromiso
Te explicamos qué consecuencias tiene la revocación y qué pasos tomar si el apoderado ha realizado actos no autorizados antes de la revocación.
Proceso
¿Cómo se revoca un poder notarial?
La revocación de un poder notarial se hace mediante una nueva escritura ante notario. El proceso online es rápido: desde la consulta hasta la firma puede hacerse en 24-48 horas.
Documentación necesaria
¿Qué necesito para revocar un poder?
Si no tienes copia del poder original, podemos localizarlo a través del Índice General Notarial o solicitando copia al notario que lo autorizó.
Consultar sin compromiso →¿Cuándo conviene revocar un poder notarial?
Revocar un poder notarial es necesario cuando ya no quieres que la persona a quien lo otorgaste siga actuando en tu nombre. Las situaciones más habituales son: separación o divorcio, cuando el apoderado ha fallecido o ya no tiene capacidad, cuando se ha tramitado el asunto para el que se otorgó el poder, o simplemente porque ha desaparecido la confianza.
También es recomendable revocar poderes antes de otorgar uno nuevo a otra persona, para evitar que los dos poderes coexistan y generen confusión en las entidades.
¿Un poder caduca automáticamente?
Los poderes notariales no caducan automáticamente salvo que se haya establecido un plazo en el propio poder. Un poder de 2005 sin plazo de vigencia sigue siendo técnicamente válido hoy. Por eso es crucial revocarlos formalmente cuando ya no se necesitan.
¿Qué validez tiene la revocación?
La revocación tiene validez desde el momento de la firma ante notario. Sin embargo, para que sea oponible a terceros de buena fe (como bancos o Registros), lo más seguro es notificar la revocación de forma fehaciente.
Preguntas frecuentes
Dudas frecuentes sobre revocación de poderes
Sí. Para que una persona pueda vender un inmueble en nombre del propietario, es imprescindible un poder notarial especial que incluya facultades expresas para vender ese inmueble concreto. Un poder general puede también ser suficiente si incluye expresamente la facultad de vender inmuebles.
Qué debe incluir el poder para vender:
- Datos registrales exactos del inmueble (referencia catastral, dirección, tomo, folio e inscripción)
- Precio o precio mínimo de venta
- Facultades de cobro (para recibir el precio y otorgar carta de pago)
- Facultades complementarias (cancelar hipoteca si la hay, entregar posesión, hacer declaraciones fiscales)
En Notaría Online tramitamos el poder por videollamada en 24-48 horas. Solo necesitas enviarnos la nota simple del inmueble y los datos del apoderado.
La legitimación de firma es un acto notarial distinto del poder. En la legitimación, el notario certifica únicamente que una firma es auténtica y pertenece a la persona identificada, sin crear ninguna representación ni autorización. El notario no da fe del contenido del documento.
El poder notarial, en cambio, autoriza a una persona a actuar en nombre de otra para uno o varios actos jurídicos concretos.
¿Cuándo se necesita legitimación de firma?
- Documentos privados que deben presentarse ante organismos que exigen autenticación notarial
- Contratos o cesiones de derechos que van a usarse en el extranjero
- Instancias administrativas que exigen firma legitimada
La legitimación de firma es más rápida y económica que una escritura pública. Puede tramitarse online con el firmante compareciendo por videollamada, amparada por la Ley 11/2023.
Los poderes notariales se clasifican según su alcance:
- Poder general: autoriza al apoderado a actuar en cualquier asunto en nombre del poderdante (patrimonial, personal, judicial, etc.).
- Poder especial: limitado a un acto concreto: vender un inmueble específico, firmar un contrato determinado, representar en un juicio concreto.
- Poder para pleitos: para actuar en procedimientos judiciales y arbitrales.
- Poder bancario: para operar cuentas, contratar productos financieros, etc.
- Poder preventivo: para el caso de incapacidad futura del poderdante (muy utilizado en planificación de la dependencia).
- Poder irrevocable: en supuestos específicos, no puede ser revocado unilateralmente.
La elección del tipo adecuado depende de para qué se necesita el poder. Nuestro equipo asesora sobre la modalidad más conveniente en cada caso.
Sí, un poder notarial puede ser revocado en cualquier momento por el poderdante, salvo que sea irrevocable por pacto.
Procedimiento de revocación:
- Otorgar una escritura notarial de revocación ante notario
- Notificar la revocación al apoderado (recomendable de forma fehaciente: burofax)
- Si el poder se usó para inscripción registral o fue notificado a terceros, conviene también notificar a dichos terceros
Extinción automática del poder: El poder se extingue sin necesidad de revocación en caso de fallecimiento, declaración de incapacidad o quiebra del poderdante o del apoderado, salvo que sea un poder preventivo.
Es importante actuar con rapidez cuando se quiere revocar un poder para evitar que el apoderado realice actos no deseados antes de recibir la notificación.
Sí, exactamente el mismo valor jurídico que un poder otorgado presencialmente.
La Ley del Notariado, reformada para permitir la actuación notarial a distancia, establece que el notario puede autorizar documentos públicos identificando al otorgante por videoconferencia con las garantías técnicas exigidas.
El proceso es idéntico al presencial:
- El notario verifica la identidad del otorgante mediante DNI/NIE visualizado por cámara
- El notario lee íntegramente el documento
- El otorgante presta su consentimiento
- El notario da fe de la firma y del contenido
El documento resultante es una escritura pública notarial con plena validez frente a todos (erga omnes), inscribible en registros, admitida por bancos, administraciones y tribunales.
Los poderes notariales son imprescindibles en numerosas situaciones cotidianas:
- Compraventa de inmuebles: cuando el propietario no puede asistir a la firma de la escritura
- Gestión de herencias: para que un heredero gestione el proceso en nombre de todos
- Trámites bancarios: operar cuentas, contratar o cancelar productos financieros
- Representación en procedimientos judiciales
- Gestión de propiedades en España desde el extranjero
- Gestiones ante la Administración: Hacienda, Seguridad Social, Ayuntamientos
- Firma de contratos de arrendamiento
- Actos societarios: junta general, ampliación de capital, etc.
- Planificación de la dependencia: poder preventivo para casos de incapacidad
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