Certificado de Registro de Ciudadano de la UE en España
Si eres ciudadano de la UE, del EEE (Noruega, Islandia, Liechtenstein) o de Suiza y quieres vivir en España más de 3 meses, necesitas el Certificado de Registro de Ciudadano de la UE. Es el llamado "documento verde": un folio A4 que contiene tu NIE y acredita tu residencia legal.
Lo regula el Real Decreto 240/2007, que transpone la Directiva europea 2004/38/CE sobre libre circulación. Debes solicitarlo en los primeros 3 meses desde tu llegada a España.
Quién lo necesita
Todo ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza que vaya a residir en España más de 90 días, independientemente del motivo: trabajo, estudios, jubilación o simplemente porque tiene medios para vivir sin trabajar.
Los ciudadanos británicos que llegaron a España después del 1 de enero de 2021 no pueden obtener este certificado. Son no comunitarios a efectos del sistema de extranjería y necesitan solicitar la TIE.
Requisitos por categoría
Trabajador por cuenta ajena
Necesitas un contrato de trabajo registrado y alta en la Seguridad Social. No hay requisitos económicos adicionales ni de seguro privado: la Seguridad Social te cubre.
Autónomo (cuenta propia)
Alta en Hacienda (modelo 036 o 037) y alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) de la Seguridad Social. Tampoco necesitas seguro privado.
Estudiante
Matrícula en un centro educativo reconocido en España, seguro médico con cobertura completa (sin copagos, sin carencias, mínimo 30.000 € de cobertura) y medios económicos de al menos 600 €/mes (100% del IPREM). Primer familiar: +450 €/mes, cada adicional: +300 €/mes.
Jubilado o persona con medios propios
Esta es la categoría que más documentación requiere:
- Seguro médico privado: contratado con aseguradora autorizada en España, sin copagos, sin periodos de carencia, cobertura equivalente al sistema público y mínimo de 30.000 €.
- Medios económicos suficientes: la ley dice que debes demostrar recursos para no ser "carga" del sistema de asistencia social. A diferencia de los no comunitarios (que necesitan 400% IPREM = 2.400 €/mes), para ciudadanos de la UE no hay un mínimo fijo. En la práctica, se aceptan: certificados de pensión, extractos bancarios, títulos de propiedad, documentación de rentas o inversiones.
Familiar de ciudadano de la UE
Si el familiar también es ciudadano de la UE, obtiene su propio certificado de registro. Necesita demostrar la relación familiar (certificado de matrimonio, de nacimiento, pareja registrada) y que el ciudadano al que acompaña cumple una de las categorías anteriores.
Si el familiar no es ciudadano de la UE, recibe otro documento: la "Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE" (una tarjeta física, regulada por los artículos 7-10 del RD 240/2007).
Documentos necesarios
- Pasaporte o DNI europeo en vigor.
- Formulario EX-18 cumplimentado y firmado.
- Tasa 790 código 012 pagada (~12 €).
- Certificado de empadronamiento.
- Justificante según tu categoría (ver arriba).
Proceso
- Empadronarte en el ayuntamiento de tu municipio de residencia.
- Rellenar el formulario EX-18.
- Pagar la tasa 790 código 012 en un banco.
- Solicitar cita previa en la Oficina de Extranjeros o comisaría de Policía Nacional (sede.policia.gob.es).
- Acudir a la cita con toda la documentación. Si todo es correcto, te entregan el certificado en el acto.
Validez
El certificado inicial tiene una validez de 5 años. Tras 5 años de residencia continuada, puedes solicitar el Certificado de Residencia Permanente de Ciudadano de la UE, válido 10 años y renovable. Tu derecho a residir no depende del certificado: viene del Tratado de la UE.
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