Depende de lo que digan los estatutos. En muchos casos, los estatutos permiten que el administrador acuerde el traslado dentro de la misma localidad o dentro de la misma provincia sin necesidad de convocar junta general. Si los estatutos no lo prevén, o si el traslado es a otra provincia, hace falta acuerdo de la junta general.
¿El traslado dentro de la misma provincia necesita junta?
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Los costes habituales son: aranceles notariales (150-250 €), inscripción en el Registro Mercantil (100-150 €) y nuestros honorarios de gestión. Si el traslado es a otra provincia, los costes registrales se duplican porque hay que inscribir en dos registros (el de origen y el de destino).