Emprender en España desde el extranjero

Abre tu empresa en España siendo extranjero

Te guiamos en todo el proceso: obtención del NIE, constitución de la sociedad, alta en Hacienda y apertura de cuenta bancaria empresarial. Sin necesidad de residir en España.

NIE incluido Constitución CIRCE Alta en Hacienda Cuenta bancaria

Consulta gratuita

¿Quieres emprender en España?

Te respondemos en menos de 24 horas.

Servicio integral

¿Qué incluye el servicio para abrir empresa en España?

Cubrimos todos los pasos, desde el NIE hasta que la empresa está operativa.

Obtención de NIE

Tramitamos el NIE de todos los socios y administradores. Es el primer paso obligatorio para cualquier actividad económica en España.

Elección de forma jurídica

Te asesoramos sobre si te conviene una SL, una SL de formación sucesiva, una sucursal o una filial, según tu caso.

Constitución de la sociedad

Redactamos estatutos, coordinamos la firma ante notario y gestionamos la inscripción en el Registro Mercantil.

Alta fiscal y cuenta bancaria

CIF definitivo, alta censal en Hacienda, alta en Seguridad Social del administrador y apertura de cuenta bancaria empresarial.

Domicilio social

Si no tienes oficina en España, te ofrecemos opciones de domicilio social para la constitución de la empresa.

Proceso

¿Cómo abro una empresa en España siendo extranjero?

El proceso completo dura entre 2 y 4 semanas, dependiendo de si ya tienes NIE.

Semana 1
NIE y planificación
Tramitamos tu NIE y te asesoramos sobre la forma jurídica más adecuada.
Semana 2
Constitución ante notario
Certificación de nombre, depósito de capital, firma de estatutos y escritura de constitución.
Semana 3
Registro Mercantil
Inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil y obtención del CIF definitivo.
Semana 3-4
Alta fiscal y bancaria
Alta censal en Hacienda, alta en Seguridad Social y apertura de cuenta bancaria empresarial.

Documentación necesaria

¿Qué documentos necesito?

Pasaporte en vigor de todos los socios
NIE (lo tramitamos si no lo tienes)
Dirección de domicilio social en España
Capital social (mínimo 1 euro para SL)
Actividad económica prevista (código CNAE)

No necesitas residir en España para ser socio o administrador de una empresa española.

Consultar sin compromiso →

¿Puede un extranjero abrir una empresa en España?

Sí. Cualquier persona, con independencia de su nacionalidad y residencia, puede crear una empresa en España. Los requisitos son los mismos que para un español: tener un NIF (en el caso de extranjeros, el NIE), constituir la sociedad ante notario e inscribirla en el Registro Mercantil.

España es uno de los países de la UE más atractivos para emprendedores extranjeros por varias razones: acceso al mercado único europeo, red de convenios de doble imposición con más de 90 países, tipo del Impuesto de Sociedades del 25% (15% para empresas de nueva creación durante los dos primeros ejercicios con beneficios) y capital social mínimo de 1 euro desde la Ley Crea y Crece.

¿Necesito visado o permiso de residencia?

Para ser socio o administrador de una empresa no necesitas residir en España. Sin embargo, si quieres vivir y trabajar en España como administrador de tu empresa, necesitarás un visado. Las opciones más habituales son el visado de emprendedor, el visado de inversor (Golden Visa para inversiones superiores a 500.000 euros en inmuebles) y el visado de trabajador por cuenta propia.

¿SL o autónomo?

Si facturas más de 40.000-50.000 euros al año, la SL suele ser más ventajosa fiscalmente que ser autónomo (persona física). Además, la SL ofrece responsabilidad limitada: tu patrimonio personal no responde de las deudas de la empresa. Te hacemos el cálculo comparativo antes de decidir.

Preguntas frecuentes

Dudas frecuentes sobre abrir empresa en España

Por la vía CIRCE (constitución telemática), la sociedad puede estar inscrita en el Registro Mercantil en 48-72 horas. Es la vía que usamos en Notaría Online.

Por la vía ordinaria (sin CIRCE), el proceso tarda entre 2 y 4 semanas porque hay que esperar la calificación del Registro Mercantil, que puede demorar 15 días hábiles.

En ambos casos, antes de la escritura hay que obtener la certificación negativa de denominación social (1-3 días) y abrir la cuenta bancaria para depositar el capital (1 día).

El capital social mínimo es de 3.000 €. Puede aportarse en dinero (lo más habitual) o en bienes valorables económicamente (aportaciones no dinerarias, que requieren un informe de valoración).

Desde la reforma de la Ley de Sociedades de Capital (Ley 18/2022), es posible constituir una SL con un capital de solo 1 € si se usa el régimen de Sociedad Limitada de Formación Sucesiva. En este caso, hay restricciones sobre el reparto de dividendos y la retribución de administradores hasta que el capital alcance los 3.000 €.

Los costes reales en 2026 son:

  • Certificación negativa del nombre: 13,94 € (Registro Mercantil Central).
  • Aranceles notariales: entre 150 € y 300 €, según el capital social.
  • Inscripción en el Registro Mercantil: entre 100 € y 200 €.
  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): exento desde 2010 para constituciones de sociedades.
  • Gestión profesional (nuestros honorarios): desde 395 € + IVA, aranceles incluidos.

En total, constituir una SL con nuestro servicio cuesta entre 400 € y 700 € todo incluido (sin contar los 3.000 € de capital social, que es dinero tuyo y queda en la cuenta de la empresa).

Depende de tu facturación y del riesgo de tu actividad:

  • Autónomo es más sencillo y barato de mantener. Sin escritura, sin Registro Mercantil, sin cuentas anuales. Pero respondes con todo tu patrimonio personal si algo va mal.
  • SL limita tu responsabilidad al capital aportado (3.000 € mínimo). Si la empresa tiene deudas, tu casa, tu coche y tus ahorros personales están protegidos (salvo administración negligente).

A nivel fiscal: el autónomo tributa por IRPF (hasta el 47% en los tramos más altos). La SL tributa por Impuesto de Sociedades al 25% (15% los dos primeros años para empresas nuevas). Si facturas más de 40.000-50.000 €/año, la SL suele ser más eficiente fiscalmente.

Puedes empezar como autónomo y pasar a SL cuando crezcas. Nosotros gestionamos ambos procesos.

CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas) es un sistema del Ministerio de Industria que permite constituir sociedades de forma telemática. En lugar de hacer cada trámite por separado, todo se gestiona a través de un documento único electrónico (DUE) que se comunica simultáneamente con el notario, el Registro Mercantil, Hacienda y la Seguridad Social.

La ventaja: reduce los plazos de semanas a días (48-72 horas en el mejor caso). Solo pueden tramitar por CIRCE los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) autorizados. Notaría Online es PAE certificado.

Sí. No necesitas ser residente en España ni tener nacionalidad española. Solo necesitas un NIE (Número de Identidad de Extranjero) y los documentos habituales de constitución.

Si no puedes desplazarte a España, puedes otorgar un poder notarial a un representante para que firme la escritura de constitución en tu nombre. Si el poder se firma fuera de España, necesita apostilla de La Haya.

En Notaría Online gestionamos el NIE, el poder y la constitución completa para clientes internacionales.

Las SL de nueva creación tributan al 15% en el Impuesto de Sociedades durante sus dos primeros ejercicios con base imponible positiva (es decir, los dos primeros años en los que generen beneficio). A partir del tercero, el tipo general es del 25%.

Además, las SL están obligadas a presentar cuentas anuales en el Registro Mercantil, declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303) y retenciones (modelo 111), y la declaración anual del Impuesto de Sociedades (modelo 200).

Para facturaciones altas, la SL suele ser más eficiente que el autónomo (que tributa por IRPF hasta el 47%).

Sí. Se llama Sociedad Limitada Unipersonal (SLU). Es la forma más habitual para autónomos que quieren limitar su responsabilidad. Funciona exactamente igual que una SL normal, con una diferencia: hay que inscribir la condición de unipersonalidad en el Registro Mercantil y mencionarla en toda la documentación de la empresa (facturas, contratos, papelería).

Si en el futuro quieres incorporar socios, basta con una ampliación de capital o una transmisión de participaciones. La sociedad deja de ser unipersonal sin necesidad de disolver ni crear una nueva.

El proceso completo tiene 6 pasos:

  1. Certificación negativa del nombre: reservar la denominación social en el Registro Mercantil Central (1-3 días).
  2. Apertura de cuenta bancaria: depositar el capital social mínimo (3.000 €) en una cuenta a nombre de la sociedad en constitución.
  3. Redacción de estatutos: preparar los estatutos sociales que regulan el funcionamiento interno de la empresa.
  4. Escritura pública de constitución: firma ante notario. Es el acto formal que da vida a la sociedad.
  5. Inscripción en el Registro Mercantil: la escritura se inscribe y la sociedad adquiere personalidad jurídica plena.
  6. Alta en Hacienda y Seguridad Social: obtención del CIF definitivo, alta censal y alta del administrador en el RETA.

Con el sistema CIRCE, los pasos 4, 5 y 6 se gestionan de forma simultánea a través del DUE (Documento Único Electrónico), lo que reduce el plazo total a 48-72 horas.

Sí. Con nuestro servicio, la firma de la escritura de constitución se realiza por videoconferencia ante notario, con plena validez legal (Ley 11/2023 de digitalización de actuaciones notariales). No necesitas desplazarte físicamente a ninguna notaría.

El proceso completo se gestiona de forma telemática: la reserva del nombre, la apertura de cuenta, la escritura y la inscripción en el Registro Mercantil. Solo necesitas una conexión a internet, un documento de identidad y una cuenta bancaria para depositar el capital.

Aprende más sobre constitución de sociedades

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