Antes o durante el matrimonio

Capitulaciones matrimoniales online

Prepara online el régimen económico de tu matrimonio y fírmalo en persona ante notario. Separación de bienes, gananciales o régimen de participación — con plena validez legal en toda España.

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  • Antes o durante el matrimonio
  • Notario colegiado
  • Preparación online
  • Inscripción en Registro incluida

¿Qué incluye el servicio de capitulaciones?

Gestionamos todo el proceso desde el asesoramiento sobre el régimen más conveniente hasta la inscripción en el Registro Civil.

Asesoramiento sobre el régimen económico
Te explicamos las diferencias entre separación de bienes, gananciales y participación para que elijas el régimen más adecuado a vuestra situación.
Redacción de la escritura notarial
Un notario colegiado redacta las capitulaciones adaptadas a vuestra situación concreta, incluyendo bienes privativos, aportaciones y pactos específicos.
Firma ante notario
Ambos cónyuges o futuros cónyuges firman la escritura de capitulaciones ante notario. Si uno no puede ir, preparamos un poder.
Inscripción en el Registro Civil
Gestionamos la inscripción de las capitulaciones en el Registro Civil y en el Registro de la Propiedad si hay inmuebles que afectar.
Modificación de capitulaciones anteriores
Si ya tienes capitulaciones y quieres modificar el régimen (p.ej. pasar de gananciales a separación de bienes), también lo gestionamos.
Pactos prematrimoniales internacionales
Para parejas de distinta nacionalidad, redactamos capitulaciones adaptadas al Reglamento (UE) 2016/1103 sobre regímenes económicos matrimoniales internacionales.

¿Cómo se hacen las capitulaciones matrimoniales?

Las capitulaciones matrimoniales pueden otorgarse antes o durante el matrimonio. El proceso completo, desde la consulta hasta la escritura firmada, dura entre 2 y 5 días hábiles.

  1. 1

    Paso 1

    Consulta gratuita

    Analizamos vuestra situación patrimonial y familiar. Te recomendamos el régimen más conveniente y te explicamos sus consecuencias prácticas.

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    Paso 2

    Redacción del borrador

    El notario redacta la escritura de capitulaciones con las cláusulas acordadas. Revisáis el borrador y hacéis las modificaciones que queráis.

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    Paso 3

    Firma ante notario

    Ambos firmáis en la notaría, o uno con un poder. La escritura queda protocolizada.

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    Paso 4

    Inscripción registral

    Inscribimos las capitulaciones en el Registro Civil y, si hay inmuebles involucrados, también en el Registro de la Propiedad.

¿Qué documentos son necesarios?

  • DNI o NIE de ambos contrayentes o cónyuges
  • Libro de familia o certificado de matrimonio (si ya estáis casados)
  • Escrituras de los bienes que queráis incluir o excluir del régimen
  • Si sois extranjeros: pasaporte en vigor y certificado de estado civil

Si no estáis casados aún, las capitulaciones deben hacerse antes de la boda o como máximo el mismo día de la celebración del matrimonio civil.

Consultar sin compromiso →

¿Qué son las capitulaciones matrimoniales?

Las capitulaciones matrimoniales son el acuerdo mediante el cual los futuros o actuales cónyuges establecen el régimen económico de su matrimonio, es decir, cómo se gestionarán los bienes y deudas durante el matrimonio y en caso de separación o divorcio.

En España, el régimen por defecto varía según la comunidad autónoma: en la mayor parte del territorio rige la sociedad de gananciales (los bienes ganados durante el matrimonio son comunes), pero en Cataluña, Baleares, Aragón o el País Vasco el régimen por defecto es la separación de bienes.

¿Se pueden cambiar durante el matrimonio?

Sí. Las capitulaciones matrimoniales pueden modificarse en cualquier momento durante el matrimonio mediante una nueva escritura notarial. Muchas parejas deciden cambiar de gananciales a separación de bienes cuando uno de los dos emprende un negocio, para proteger el patrimonio familiar.

¿Afectan a las deudas?

Sí, parcialmente. Aunque el régimen de separación de bienes limita la responsabilidad por deudas contraídas individualmente, las deudas del hogar familiar son responsabilidad de ambos en todo caso.

Quién lleva tu trámite

Un equipo de abogados y gestores prepara la documentación, te explica qué vas a firmar y te cita con uno de los notarios colegiados de nuestra red. No somos una notaría: quien autoriza la firma es siempre el notario.

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