Imprescindible para tramitar herencias

Certificado de Últimas Voluntades Online

El certificado que certifica si el fallecido dejó testamento y ante qué notario. Paso previo obligatorio para cualquier herencia en España. Lo gestionamos nosotros, sin que te muevas de casa.

¿Necesitas el certificado de últimas voluntades?

Te respondemos en menos de 24 horas.

Respuesta en menos de 24 h. No compartimos tus datos con terceros.

  • Gestión en 24-48h
  • Sin desplazamientos
  • Válido en toda España
  • Tasa oficial 3,86€

¿Qué hacemos por ti?

Nos encargamos de todos los trámites para obtener el certificado de últimas voluntades sin que tengas que desplazarte al Ministerio de Justicia.

Solicitud al Registro de Actos de Última Voluntad
Presentamos la solicitud oficial al Ministerio de Justicia en tu nombre, con toda la documentación requerida.
Obtención del certificado de defunción
Si aún no lo tienes, te ayudamos a obtener el certificado de defunción del Registro Civil, también necesario para la solicitud.
Pago de la tasa oficial
Gestionamos el pago de la tasa modelo 790 (3,86€) ante la Agencia Tributaria en tu nombre.
Entrega del certificado
Recibes el certificado directamente. Si lo precisas en papel, te lo enviamos a tu domicilio; si lo necesitas digital, por email.
Asesoramiento sobre siguientes pasos
Te explicamos qué hacer con el certificado: si hay testamento, iniciamos la herencia; si no hay, gestionamos la declaración de herederos.

¿Cómo obtenemos el certificado?

La obtención del certificado de últimas voluntades dura entre 5 y 15 días hábiles desde que se presenta la solicitud. Nosotros gestionamos todo el proceso sin que tengas que desplazarte.

  1. 1

    Día 1

    Nos envías la documentación

    Solo necesitamos el DNI del fallecido y el certificado de defunción literal del Registro Civil.

  2. 2

    Día 1-2

    Presentamos la solicitud

    Tramitamos el modelo 790 y presentamos la solicitud oficial ante el Registro General de Actos de Última Voluntad.

  3. 3

    Días 5-15

    Recibimos el certificado

    El Ministerio de Justicia emite el certificado. Te lo entregamos de forma digital o por correo postal.

  4. 4

    A continuación

    Iniciamos la herencia

    Con el certificado en mano, podemos empezar la tramitación completa de la herencia. Te asignamos un abogado especializado.

¿Qué documentos necesito?

  • Certificado literal de defunción (del Registro Civil — no el médico)
  • DNI o NIE del fallecido
  • DNI o NIE del solicitante (heredero o interesado)

La solicitud solo puede presentarse a partir de los 15 días hábiles desde el fallecimiento. Si el fallecimiento es reciente, lo tramitamos en cuanto sea posible.

Consultar sin compromiso →

¿Qué es el certificado de últimas voluntades?

El certificado de últimas voluntades es un documento oficial expedido por el Registro General de Actos de Última Voluntad del Ministerio de Justicia que certifica si una persona fallecida otorgó testamento en España, y en caso afirmativo, ante qué notario y en qué fecha.

Es el primer paso obligatorio para tramitar cualquier herencia en España. Sin él, no se puede saber si existe testamento ni acceder a su contenido. La tasa oficial es de tan solo 3,86€.

¿Cuándo se puede solicitar?

Solo puede solicitarse a partir de los 15 días hábiles desde el fallecimiento. Es importante no esperar demasiado, ya que el plazo para presentar el impuesto de sucesiones es de 6 meses desde la defunción (prorrogable a 1 año).

¿Qué pasa si no hay testamento?

Si el certificado indica que la persona fallecida no dejó testamento, el siguiente paso es tramitar la declaración de herederos ab intestato ante notario. Nosotros gestionamos todo el proceso hereditario, con o sin testamento.

¿Dónde se obtiene el certificado?

Se obtiene en el Ministerio de Justicia (Registro General de Actos de Última Voluntad), presencialmente en Madrid o Gerona, o por correo. Nosotros lo tramitamos telemáticamente en tu nombre, evitándote desplazamientos y tiempos de espera.

Dudas frecuentes sobre el certificado de últimas voluntades

Ver todas las preguntas frecuentes

¿Pueden los herederos que viven en el extranjero tramitar una herencia española sin venir a España?

Sí, es posible tramitar una herencia española sin que los herederos tengan que desplazarse a España. Las opciones son:

  • Poder notarial: el heredero otorga un poder (por videollamada con Notaría Online o ante el consulado español de su país) a un representante en España, quien gestiona todos los trámites en su nombre
  • Comparecencia por videoconferencia: para determinadas actuaciones notariales (declaración de herederos, protocolización de testamento), la Ley 11/2023 permite la comparecencia telemática del heredero

Los trámites que sí requieren presencia física son los que implican terceros (Registros, Hacienda, bancos), pero estos los gestiona el representante designado. En Notaría Online coordinamos todo el proceso para herederos no residentes.

Ver respuesta completa

¿Los herederos latinoamericanos (argentinos, colombianos, mexicanos) pagan más impuesto de sucesiones en España?

Históricamente sí, los herederos no residentes en España pagaban el Impuesto de Sucesiones según la normativa estatal (más gravosa que la de muchas comunidades autónomas). Esto cambió con la Sentencia del TJUE de septiembre de 2014, que declaró esta discriminación contraria al derecho comunitario.

Desde entonces, los herederos no residentes en la UE/EEE pueden aplicar la normativa autonómica (generalmente más beneficiosa) de la comunidad autónoma donde el fallecido tenía su residencia habitual.

Para herederos en países fuera de la UE/EEE (como México, Argentina, Colombia, EE.UU.), la situación es más compleja. Asesoramos caso a caso para minimizar la carga fiscal dentro de la legalidad.

Ver respuesta completa

¿Puedo heredar en España siendo extranjero (argentino, colombiano, mexicano)?

Sí. La nacionalidad no impide heredar en España. Si eres beneficiario de una herencia española (ya sea por testamento o por ley de sucesiones), tienes pleno derecho a heredar con independencia de tu nacionalidad.

Proceso para herederos extranjeros no residentes:

  1. Poder notarial: otorga un poder a un representante en España (por videollamada) para que gestione la herencia en tu nombre
  2. Documentación de tu país: posiblemente necesites documentos apostillados de tu país (certificado de matrimonio, certificado de nacimiento, etc.) dependiendo de tu relación con el fallecido
  3. Fiscalidad: como heredero no residente, tributarás en España por los bienes situados en territorio español. Asesoramos sobre la optimización fiscal dentro de la legalidad

En Notaría Online hemos tramitado herencias para herederos en Argentina, Colombia, México, Venezuela, EE.UU. y más de 20 países. Contamos con experiencia en la coordinación de documentación internacional.

Ver respuesta completa

¿Puedo tramitar una herencia española estando en el extranjero?

Podemos coordinar la documentación y las gestiones a distancia. Si necesitas representación, revisamos un poder suficiente y sus formalidades. La gestión online no implica que la escritura de adjudicación pueda firmarse siempre por videoconferencia. La vía de comparecencia y las obligaciones fiscales se estudian en cada expediente.

Ver respuesta completa

¿Los herederos no residentes en España pagan más impuesto de sucesiones?

Ser no residente no implica automáticamente pagar más ni tener derecho a cualquier bonificación autonómica. La administración competente y las reglas aplicables dependen de los puntos de conexión de la sucesión. Revisamos residencia, bienes y parentesco antes de calcular el impuesto.

Ver respuesta completa

¿Cuánto tiempo tarda el proceso de herencia online?

El plazo depende de la documentación, los bienes, el acuerdo entre herederos y la necesidad de declaración de herederos. Damos una estimación tras estudiar el caso. Los plazos fiscales siguen corriendo aunque la herencia aún no esté repartida.

Ver respuesta completa

¿Qué documentos necesito para tramitar una herencia?

Como punto de partida: certificados de defunción y últimas voluntades, testamento o declaración de herederos, identificación y parentesco cuando proceda, bienes, saldos bancarios a fecha de fallecimiento y deudas.

Descarga la lista de documentos. La documentación final depende del expediente.

Ver respuesta completa

¿Hay plazo para pagar el impuesto de sucesiones?

Con carácter general, son seis meses desde el fallecimiento. La prórroga debe solicitarse dentro de los cinco primeros meses. Hay que comprobar la administración competente, los requisitos y los efectos de la prórroga. El desacuerdo entre herederos o la falta de reparto no detienen por sí solos el plazo.

Ver respuesta completa

¿Qué es la declaración de herederos y cuándo es necesaria?

Es el procedimiento para determinar quiénes son los herederos cuando no hay un testamento válido que resuelva la sucesión. La declaración identifica a los herederos, pero no realiza por sí sola la aceptación, el reparto ni la liquidación fiscal. Coordinamos la documentación y la comparecencia que corresponda.

Ver respuesta completa

¿Cuánto cuesta tramitar una herencia?

Los honorarios de gestión parten de 600 € + IVA. Se presupuestan según bienes, herederos y actuaciones. Aranceles notariales, gastos registrales e impuestos se abonan aparte. Solicita un desglose del alcance de tu expediente antes de contratar.

Ver respuesta completa

¿Puedo renunciar a una herencia?

La renuncia a una herencia debe formalizarse en instrumento público ante notario. Antes de decidir, conviene revisar bienes, deudas y posibles efectos fiscales, así como la alternativa de aceptación a beneficio de inventario. No debe asumirse que todos los plazos son indefinidos: puede haber requerimientos y plazos legales específicos.

Ver respuesta completa

¿Cuáles son los impuestos involucrados en la tramitación de una herencia?

Los impuestos involucrados en el proceso de herencia son el impuesto sobre sucesiones y donaciones, que se aplica a la transferencia de bienes y activos, y el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (Plusvalía).
Ver respuesta completa

¿Cuánto tiempo se tarda en completar el proceso de herencia?

La duración del proceso de herencia puede variar dependiendo de varios factores, como la complejidad de la herencia, la cantidad de bienes y activos involucrados, y cualquier disputa legal que pueda surgir. En general, el proceso puede llevar entre 2 y 8 semanas, e incluso años en casos más complejos.
Ver respuesta completa

¿Necesito un abogado o asesor legal para comenzar con el proceso de una herencia?

No es obligatorio contratar un abogado o asesor legal para comenzar con el proceso de tu herencia, pero es altamente recomendable. Un abogado o un asesor legal especializado puede brindarte asesoramiento sobre los requisitos legales, redactar los documentos necesarios y garantizar que el proceso se realice de manera correcta y cumpla con todas las regulaciones aplicables. En notaria-online.com contamos con un equipo de abogados y asesores legales que te ayudarán en la gestión y tramitación de tu herencia.
Ver respuesta completa

¿Cuáles son los pasos principales en el proceso de Herencia?

El proceso de herencia implica varios pasos, como son:
  •  La localización del testamento en caso de que el heredero hubiese otorgado dicho documento. Si de hecho hubiera otorgado un testamento tendríamos que obtener la copia autorizada del mismo aportando el certificado de últimas voluntades y el certificado de defunción.
  • Por el contrario, sino hubiera otorgado testamento tendremos que otorgar el acta de declaración de herederos, necesitando igualmente el certificado de defunción y el de últimas voluntades además de todos los datos personales de los herederos.
  • Debemos investigar hasta saber cuáles eran todos los bienes de la persona fallecida recabando la información necesaria de bancos registros de la propiedad vehículos así como cualquier otro tipo de bienes que se puedan heredar.
  • Una vez tenemos toda la documentación debemos presentar ante la oficina liquidadora de la comunidad autónoma donde hubiera fallecido el causante, una relación de bienes aportando toda la información además de presentar el modelo 650 y los modelos 660.
  • Igualmente, y en cuanto a las propiedades que tuviera el causante hay que presentar un documento en los ayuntamientos donde radican dichas fincas para la liquidación del impuesto municipal del incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana comúnmente llamado plusvalía.
  • Con esto ya habríamos cumplido con lo que marca la ley, dejando pendiente en los otorgamiento de la correspondiente escritura de adjudicación de herencia para adjudicar dichos bienes a los herederos conforme al testamento o conforme a la declaración de herederos.
Ver respuesta completa

¿Cómo funciona nuestro servicio de Herencias?

El servicio de herencias de notaría-online.com es un servicio legal que brinda asesoramiento y asistencia en todo  el proceso de administración y distribución de los bienes y activos de una persona fallecida a sus herederos. El objetivo es facilitar y asegurar una transferencia ordenada y legal de los bienes de la herencia.
Ver respuesta completa

Quién lleva tu trámite

Un equipo de abogados y gestores prepara la documentación, te explica qué vas a firmar y te cita con uno de los notarios colegiados de nuestra red. No somos una notaría: quien autoriza la firma es siempre el notario.

¿Empezamos con tu trámite?

Te respondemos en menos de 24 horas, sin compromiso.

Llamar ahora