Disolución de pareja de hecho ante notario: cómo se hace y qué implica
Cuando una pareja de hecho decide separarse, surgen muchas preguntas sobre el proceso legal. ¿Es necesario ir a un juzgado? ¿Qué pasa con los bienes en común? ¿Y con los hijos? Te explicamos cómo se disuelve una pareja de hecho ante notario y qué efectos jurídicos tiene.¿Puede disolverse una pareja de hecho ante notario?
Sí. Cuando la pareja no tiene hijos menores de edad o con discapacidad que dependan de ella, la disolución puede formalizarse ante notario mediante escritura pública, sin necesidad de acudir a un juzgado. Es el procedimiento más rápido, económico y discreto. Si hay hijos menores, la disolución requiere aprobación judicial para garantizar su protección, aunque el notario sigue teniendo un papel importante en la regulación de los aspectos patrimoniales entre los miembros de la pareja.¿Qué documentación se necesita?
- DNI o NIE vigente de ambos miembros.
- Escritura de constitución de la pareja de hecho (si se formalizó ante notario).
- Certificado de inscripción en el registro autonómico o municipal, si procede.
- Documentación de los bienes comunes (escrituras de inmuebles, contratos, etc.).
- Convenio regulador firmado por ambos, si no se otorga en el mismo acto.
¿Qué se regula en la escritura de disolución?
En la escritura de disolución se pueden incluir todos los acuerdos económicos y personales entre los miembros de la pareja:- Liquidación de bienes comunes: adjudicación de la vivienda, cuentas bancarias, vehículos u otros activos compartidos.
- Pensión compensatoria: si uno de los miembros tiene derecho a recibirla por desequilibrio económico.
- Uso de la vivienda familiar: si hay hijos mayores de edad que residan en el domicilio.
- Extinción expresa de las obligaciones recíprocas establecidas en el convenio regulador previo.