Donaciones

Cómo donar dinero a un hijo reduciendo impuestos

Notaría Online
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Donar dinero a un hijo: lo que dice la ley

Donar dinero a un hijo es legal y habitual. Lo que mucha gente no sabe es que la factura fiscal depende de dónde vive el donatario (quien recibe), no de dónde vive quien dona. El impuesto de donaciones es un tributo cedido a las comunidades autónomas, y cada una fija sus propias bonificaciones.

El marco estatal lo establece la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Pero en la práctica, la normativa autonómica es la que determina cuánto pagas.

Grupos de parentesco y reducciones estatales

La ley estatal clasifica a los beneficiarios en cuatro grupos:

  • Grupo I: descendientes menores de 21 años. Reducción de 15.956,87 € más 3.990,72 € por cada año menos de 21 (máximo 47.858,59 €).
  • Grupo II: descendientes de 21 años o más, cónyuge y ascendientes. Reducción de 15.956,87 €.
  • Grupo III: colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad. Reducción de 7.993,46 €.
  • Grupo IV: colaterales de cuarto grado y más, y extraños. Sin reducción.

Un hijo mayor de edad entra en el Grupo II. La reducción estatal de 15.956,87 € se aplica antes de calcular la cuota. Pero las comunidades pueden mejorar estas cifras, y la mayoría lo hacen.

Bonificaciones por comunidad autónoma

Aquí es donde las diferencias son enormes. Una donación de 100.000 € de padre a hijo puede costar 0 € en Madrid y más de 7.000 € en Cataluña.

Madrid. Bonificación del 99% en la cuota para donaciones entre padres e hijos (Grupos I y II). Una donación de 100.000 € genera una cuota teórica de unos 7.800 €. Con la bonificación del 99%, pagas 78 €.

Andalucía. Desde 2019, las donaciones entre padres e hijos están exentas hasta 1.000.000 € por donatario. Si tu hijo recibe 200.000 €, el impuesto es 0 €. Superado el millón, se aplica la tarifa general.

Cataluña. No hay bonificación general para donaciones de dinero entre padres e hijos. Se aplica una tarifa reducida del 5% al 9% según la base. Para 100.000 €, el impuesto ronda los 5.000-7.000 €. Existe una reducción de 60.000 € si el hijo es menor de 33 años y la donación se destina a la compra de vivienda habitual.

Comunidad Valenciana. Bonificación del 99% para Grupos I y II desde 2023. Resultado similar a Madrid.

Aragón. Bonificación del 65% para donaciones a hijos. Una donación de 100.000 € sale por unos 2.700 €.

Castilla y León. Reducción del 99% en donaciones a descendientes.

Galicia. Tarifa reducida del 5% al 7% para Grupo II. Para 100.000 €, unos 5.000 €.

País Vasco y Navarra. Régimen foral propio. En Vizcaya y Guipúzcoa, tipo fijo del 1,5% para donaciones a hijos. En Navarra, tipo del 0,8%. Una donación de 100.000 € cuesta 1.500 € en Vizcaya o 800 € en Navarra.

Requisitos para donar dinero a un hijo

La donación de dinero no exige escritura pública por ley, salvo que incluya un inmueble. Pero la escritura pública es muy recomendable por tres razones:

  • Prueba fiscal. Hacienda puede considerar una transferencia bancaria sin documentar como un préstamo o como dinero no declarado. La escritura deja constancia de que es una donación y de su fecha.
  • Acceso a bonificaciones. Varias comunidades exigen escritura pública para aplicar la bonificación. Madrid, por ejemplo, la requiere para la bonificación del 99% en donaciones de dinero.
  • Seguridad jurídica. Si hay conflicto familiar posterior (herencia, divorcio del hijo), la escritura acredita el origen de los fondos.

Para donaciones de inmuebles, la escritura pública es obligatoria por el artículo 633 del Código Civil. Sin escritura, la donación de un inmueble es nula.

Cuánto hay que pagar y cuándo

El plazo para liquidar el impuesto de donaciones es de 30 días hábiles desde la fecha de la escritura. Se presenta ante la comunidad autónoma donde reside el donatario. Si se pasa el plazo, hay recargos:

  • Hasta 3 meses: 5%.
  • De 3 a 6 meses: 10%.
  • De 6 a 12 meses: 15%.
  • Más de 12 meses: 20% más intereses de demora.

El modelo de autoliquidación es el 651 en la mayoría de comunidades. Algunas tienen plataforma telemática propia.

¿Hay que declarar la donación en el IRPF?

El donatario no paga IRPF por recibir la donación. El impuesto de donaciones ya grava esa adquisición.

El donante sí puede tener impacto en IRPF si dona bienes con ganancia patrimonial. Si donas un inmueble que compraste por 80.000 € y ahora vale 200.000 €, tributa la ganancia de 120.000 € en tu IRPF como si lo hubieras vendido. En donaciones de dinero puro, el donante no tiene ganancia patrimonial.

Límites y estrategias

No hay un límite legal a la cantidad que puedes donar. Pero hay consideraciones prácticas:

Colación en herencia. Las donaciones a hijos se imputan a su legítima, salvo que el testamento diga lo contrario (dispensa de colación). Si donas 200.000 € a un hijo y tienes tres, los otros dos pueden reclamar en la herencia.

Donaciones sucesivas. Algunas comunidades acumulan las donaciones del mismo donante al mismo donatario en un periodo de 3 años. Si donas 50.000 € cada año durante tres años, la base puede ser 150.000 € en lugar de 50.000 €.

Donación vs. préstamo familiar. Un préstamo entre familiares no paga impuesto de donaciones, pero hay que documentarlo (contrato privado, devolución real) para que Hacienda no lo recalifique como donación. El préstamo se liquida con el modelo 600 a tipo 0%.

Cómo tramitar la donación online

En Notaría Online tramitamos donaciones de dinero por videoconferencia. El proceso lleva 3-5 días hábiles:

  1. Nos envías la documentación (DNI de donante y donatario, justificante bancario del origen de los fondos).
  2. Preparamos la escritura de donación.
  3. Firma por videoconferencia con el notario.
  4. Entregamos copia autorizada electrónica el mismo día.
  5. Con esa copia, el donatario liquida el modelo 651 en su comunidad.

Consulta nuestras tarifas para donaciones. El arancel notarial depende de la cuantía donada.

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