Herederos no residentes

Heredar en España viviendo en el extranjero

Se puede tramitar entera sin pisar España. Lo que decide si sale bien o se atasca es el orden en que se hacen las cosas y dos plazos que corren desde el fallecimiento.

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  • Sin viajar a España
  • Herederos en toda Latinoamérica
  • Abogado asignado

Un heredero que vive fuera puede tramitar una herencia española entera sin viajar. El mecanismo es un poder notarial otorgado desde tu país —en el consulado español o ante notario local con apostilla— que autoriza a alguien en España a aceptar, partir y adjudicar en tu nombre. Necesitarás además NIE para pagar el impuesto y para inscribir un inmueble a tu nombre. El plazo que manda es el del impuesto de sucesiones: seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis si se pide dentro de los cinco primeros.

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Las tres piezas de una herencia a distancia

Ninguna es opcional y el orden importa: el poder habilita todo lo demás.

El poder, primero
Sin poder no se puede hacer nada en tu nombre. Se otorga desde tu país y es lo primero que hay que mover, porque conseguir cita consular puede llevar semanas y el plazo del impuesto ya está corriendo.
El NIE, en paralelo
Hace falta para liquidar el impuesto de sucesiones y para que un inmueble se inscriba a tu nombre en el registro. Se puede pedir a la vez que se prepara el resto, y conviene, porque es de lo que más tarda.
Los certificados
Defunción, últimas voluntades y seguros de vida. Se piden en España y no requieren tu presencia. Con ellos se sabe si hay testamento y quién hereda.
Escritura de adjudicación
La firma en España quien tenga tu poder, ante notario colegiado. Ahí se reparte y se adjudica lo que hereda cada uno.
Impuesto y plusvalía
Se liquidan telemáticamente. Como no residente puedes aplicar la normativa de la comunidad autónoma que corresponda, que en algunas cambia mucho la factura.
Inscripción y entrega
Si hay inmueble, se inscribe a tu nombre en el Registro de la Propiedad. Recibes las copias donde vivas.

¿En qué orden se hace?

Una herencia con heredero fuera suele ir de 2 a 8 semanas. Lo que la alarga casi siempre es el poder, no el papeleo español.

  1. 1

    Semana 1

    Poder y certificados, a la vez

    Redactamos el poder y te decimos por qué vía firmarlo desde tu país. Mientras tanto pedimos aquí los certificados de defunción, últimas voluntades y seguros.

  2. 2

    Semanas 2–6

    Firmas el poder y llega a España

    Firmas en el consulado o ante notario local. Si fue por notario local, se apostilla. En paralelo tramitamos el NIE si te falta.

  3. 3

    Mes 2

    Escritura de adjudicación

    Con tu poder, se firma en España ante notario colegiado la aceptación y adjudicación de la herencia.

  4. 4

    Meses 2–4

    Impuestos, registro y entrega

    Se liquida el impuesto de sucesiones y la plusvalía, se inscribe el inmueble si lo hay y te llegan las copias.

¿Qué documentos necesito estando fuera?

  • Tu pasaporte o documento de identidad en vigor
  • Tu NIE si lo tienes; si no, lo tramitamos
  • Certificado de defunción del causante, si ya lo tienes; si no, lo pedimos nosotros
  • Testamento, si sabes que existe y dónde
  • Lo que sepas de los bienes: escrituras, referencias catastrales, cuentas bancarias

No hace falta que reúnas todo antes de escribirnos. Con el certificado de defunción y saber desde qué país heredas ya se puede empezar.

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Los dos plazos que corren desde el fallecimiento

El primero es el del impuesto de sucesiones: seis meses desde el fallecimiento. Se puede pedir una prórroga de otros seis, pero hay que solicitarla dentro de los cinco primeros meses. Pasado ese punto ya no se concede, y lo que llega después son recargos.

El segundo es el de la plusvalía municipal, cuando hay inmueble urbano: también seis meses, prorrogables a un año a petición.

Los dos importan más de lo normal cuando el heredero vive fuera, porque la parte lenta —conseguir cita en el consulado, que llegue la apostilla— ocurre antes de que se pueda hacer nada en España. Empezar por el poder no es una preferencia nuestra, es lo que evita el recargo.

Vivir fuera no significa pagar más

Un heredero no residente puede aplicar la normativa de la comunidad autónoma que corresponda al caso, igual que un residente. La diferencia entre comunidades es grande, así que conviene saber cuál aplica antes de liquidar nada.

¿Puedo renunciar desde fuera?

Sí. La renuncia también se hace ante notario y también puede otorgarse por poder desde tu país. Conviene decidirlo antes de aceptar nada, porque aceptar una herencia es difícil de deshacer.

¿Y si somos varios herederos en países distintos?

Es lo habitual. Cada uno otorga su poder desde donde esté, y todos pueden apoderar a la misma persona en España. No hace falta que coincidáis en nada más.

Enlaces útiles

El primer paso es el poder notarial desde el extranjero. Si buscas el servicio de herencia sin el ángulo de vivir fuera, está en herencias online.

Preguntas frecuentes sobre heredar desde el extranjero

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¿Pueden los herederos que viven en el extranjero tramitar una herencia española sin venir a España?

Sí, es posible tramitar una herencia española sin que los herederos tengan que desplazarse a España. Las opciones son:

  • Poder notarial: el heredero otorga un poder (por videollamada con Notaría Online o ante el consulado español de su país) a un representante en España, quien gestiona todos los trámites en su nombre
  • Comparecencia por videoconferencia: para determinadas actuaciones notariales (declaración de herederos, protocolización de testamento), la Ley 11/2023 permite la comparecencia telemática del heredero

Los trámites que sí requieren presencia física son los que implican terceros (Registros, Hacienda, bancos), pero estos los gestiona el representante designado. En Notaría Online coordinamos todo el proceso para herederos no residentes.

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¿Los herederos latinoamericanos (argentinos, colombianos, mexicanos) pagan más impuesto de sucesiones en España?

Históricamente sí, los herederos no residentes en España pagaban el Impuesto de Sucesiones según la normativa estatal (más gravosa que la de muchas comunidades autónomas). Esto cambió con la Sentencia del TJUE de septiembre de 2014, que declaró esta discriminación contraria al derecho comunitario.

Desde entonces, los herederos no residentes en la UE/EEE pueden aplicar la normativa autonómica (generalmente más beneficiosa) de la comunidad autónoma donde el fallecido tenía su residencia habitual.

Para herederos en países fuera de la UE/EEE (como México, Argentina, Colombia, EE.UU.), la situación es más compleja. Asesoramos caso a caso para minimizar la carga fiscal dentro de la legalidad.

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¿Puedo heredar en España siendo extranjero (argentino, colombiano, mexicano)?

Sí. La nacionalidad no impide heredar en España. Si eres beneficiario de una herencia española (ya sea por testamento o por ley de sucesiones), tienes pleno derecho a heredar con independencia de tu nacionalidad.

Proceso para herederos extranjeros no residentes:

  1. Poder notarial: otorga un poder a un representante en España (por videollamada) para que gestione la herencia en tu nombre
  2. Documentación de tu país: posiblemente necesites documentos apostillados de tu país (certificado de matrimonio, certificado de nacimiento, etc.) dependiendo de tu relación con el fallecido
  3. Fiscalidad: como heredero no residente, tributarás en España por los bienes situados en territorio español. Asesoramos sobre la optimización fiscal dentro de la legalidad

En Notaría Online hemos tramitado herencias para herederos en Argentina, Colombia, México, Venezuela, EE.UU. y más de 20 países. Contamos con experiencia en la coordinación de documentación internacional.

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¿Puedo tramitar una herencia española estando en el extranjero?

Podemos coordinar la documentación y las gestiones a distancia. Si necesitas representación, revisamos un poder suficiente y sus formalidades. La gestión online no implica que la escritura de adjudicación pueda firmarse siempre por videoconferencia. La vía de comparecencia y las obligaciones fiscales se estudian en cada expediente.

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¿Los herederos no residentes en España pagan más impuesto de sucesiones?

Ser no residente no implica automáticamente pagar más ni tener derecho a cualquier bonificación autonómica. La administración competente y las reglas aplicables dependen de los puntos de conexión de la sucesión. Revisamos residencia, bienes y parentesco antes de calcular el impuesto.

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¿Cuánto tiempo tarda el proceso de herencia online?

El plazo depende de la documentación, los bienes, el acuerdo entre herederos y la necesidad de declaración de herederos. Damos una estimación tras estudiar el caso. Los plazos fiscales siguen corriendo aunque la herencia aún no esté repartida.

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¿Qué documentos necesito para tramitar una herencia?

Como punto de partida: certificados de defunción y últimas voluntades, testamento o declaración de herederos, identificación y parentesco cuando proceda, bienes, saldos bancarios a fecha de fallecimiento y deudas.

Descarga la lista de documentos. La documentación final depende del expediente.

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¿Hay plazo para pagar el impuesto de sucesiones?

Con carácter general, son seis meses desde el fallecimiento. La prórroga debe solicitarse dentro de los cinco primeros meses. Hay que comprobar la administración competente, los requisitos y los efectos de la prórroga. El desacuerdo entre herederos o la falta de reparto no detienen por sí solos el plazo.

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¿Qué es la declaración de herederos y cuándo es necesaria?

Es el procedimiento para determinar quiénes son los herederos cuando no hay un testamento válido que resuelva la sucesión. La declaración identifica a los herederos, pero no realiza por sí sola la aceptación, el reparto ni la liquidación fiscal. Coordinamos la documentación y la comparecencia que corresponda.

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¿Cuánto cuesta tramitar una herencia?

Los honorarios de gestión parten de 600 € + IVA. Se presupuestan según bienes, herederos y actuaciones. Aranceles notariales, gastos registrales e impuestos se abonan aparte. Solicita un desglose del alcance de tu expediente antes de contratar.

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¿Puedo renunciar a una herencia?

La renuncia a una herencia debe formalizarse en instrumento público ante notario. Antes de decidir, conviene revisar bienes, deudas y posibles efectos fiscales, así como la alternativa de aceptación a beneficio de inventario. No debe asumirse que todos los plazos son indefinidos: puede haber requerimientos y plazos legales específicos.

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¿Cuáles son los impuestos involucrados en la tramitación de una herencia?

Los impuestos involucrados en el proceso de herencia son el impuesto sobre sucesiones y donaciones, que se aplica a la transferencia de bienes y activos, y el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (Plusvalía).
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¿Cuánto tiempo se tarda en completar el proceso de herencia?

La duración del proceso de herencia puede variar dependiendo de varios factores, como la complejidad de la herencia, la cantidad de bienes y activos involucrados, y cualquier disputa legal que pueda surgir. En general, el proceso puede llevar entre 2 y 8 semanas, e incluso años en casos más complejos.
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¿Necesito un abogado o asesor legal para comenzar con el proceso de una herencia?

No es obligatorio contratar un abogado o asesor legal para comenzar con el proceso de tu herencia, pero es altamente recomendable. Un abogado o un asesor legal especializado puede brindarte asesoramiento sobre los requisitos legales, redactar los documentos necesarios y garantizar que el proceso se realice de manera correcta y cumpla con todas las regulaciones aplicables. En notaria-online.com contamos con un equipo de abogados y asesores legales que te ayudarán en la gestión y tramitación de tu herencia.
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¿Cuáles son los pasos principales en el proceso de Herencia?

El proceso de herencia implica varios pasos, como son:
  •  La localización del testamento en caso de que el heredero hubiese otorgado dicho documento. Si de hecho hubiera otorgado un testamento tendríamos que obtener la copia autorizada del mismo aportando el certificado de últimas voluntades y el certificado de defunción.
  • Por el contrario, sino hubiera otorgado testamento tendremos que otorgar el acta de declaración de herederos, necesitando igualmente el certificado de defunción y el de últimas voluntades además de todos los datos personales de los herederos.
  • Debemos investigar hasta saber cuáles eran todos los bienes de la persona fallecida recabando la información necesaria de bancos registros de la propiedad vehículos así como cualquier otro tipo de bienes que se puedan heredar.
  • Una vez tenemos toda la documentación debemos presentar ante la oficina liquidadora de la comunidad autónoma donde hubiera fallecido el causante, una relación de bienes aportando toda la información además de presentar el modelo 650 y los modelos 660.
  • Igualmente, y en cuanto a las propiedades que tuviera el causante hay que presentar un documento en los ayuntamientos donde radican dichas fincas para la liquidación del impuesto municipal del incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana comúnmente llamado plusvalía.
  • Con esto ya habríamos cumplido con lo que marca la ley, dejando pendiente en los otorgamiento de la correspondiente escritura de adjudicación de herencia para adjudicar dichos bienes a los herederos conforme al testamento o conforme a la declaración de herederos.
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¿Cómo funciona nuestro servicio de Herencias?

El servicio de herencias de notaría-online.com es un servicio legal que brinda asesoramiento y asistencia en todo  el proceso de administración y distribución de los bienes y activos de una persona fallecida a sus herederos. El objetivo es facilitar y asegurar una transferencia ordenada y legal de los bienes de la herencia.
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Quién lleva tu trámite

Un equipo de abogados y gestores prepara la documentación, te explica qué vas a firmar y te cita con uno de los notarios colegiados de nuestra red. No somos una notaría: quien autoriza la firma es siempre el notario.

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