Que es el certificado de ultimas voluntades
El certificado de ultimas voluntades es un documento oficial emitido por el Registro General de Actos de Ultima Voluntad, que depende del Ministerio de Justicia. Su funcion es sencilla: indica si una persona fallecida otorgo testamento y, en caso afirmativo, ante que notario y en que fecha.
Es un documento obligatorio para tramitar cualquier herencia en Espana. Sin el, el notario que gestione la herencia no puede verificar si existe testamento o si la sucesion es intestada. Tambien lo piden los bancos para desbloquear las cuentas del fallecido y las aseguradoras para pagar seguros de vida.
Que informacion contiene
El certificado puede arrojar dos resultados:
Resultado positivo: aparece uno o varios testamentos. El certificado indica la fecha de cada testamento, el notario autorizante y la localidad. Si hay varios, el ultimo en fecha es el que prevalece (salvo que sea un testamento complementario, no revocatorio). Con esa informacion, los herederos solicitan copia autorizada del testamento al notario que lo conserva.
Resultado negativo: no consta testamento. En ese caso, la herencia se tramita por sucesion intestada y hace falta obtener una declaracion de herederos ab intestato ante notario.
El certificado no contiene el texto del testamento. Solo indica si existe y donde esta. Para obtener el contenido hay que pedir copia al notario indicado.
Plazo para solicitarlo: 15 dias habiles
No se puede pedir el certificado inmediatamente despues del fallecimiento. Hay que esperar 15 dias habiles desde la fecha de defuncion. Este plazo existe para permitir que los notarios comuniquen al Registro los testamentos otorgados en los ultimos dias de vida del causante.
Si se solicita antes de los 15 dias, el Registro rechaza la peticion. No hay forma de acelerarlo.
Como pedir el certificado
Hay tres vias para solicitarlo:
1. Online (sede electronica del Ministerio de Justicia)
Es la via mas rapida. Se accede a la sede electronica del Ministerio de Justicia (sede.mjusticia.gob.es). No necesitas certificado digital para solicitarlo, aunque si lo tienes, el proceso es mas agil.
Pasos:
- Accede a la sede electronica y busca "Certificado de ultimas voluntades".
- Rellena el formulario con los datos del fallecido: nombre completo, DNI o NIE, fecha de nacimiento y fecha de defuncion.
- Paga la tasa: 3,84 euros (modelo 790, codigo 006). El pago se puede hacer con tarjeta bancaria directamente en la sede.
- Adjunta el justificante de pago y el certificado de defuncion.
- Envia la solicitud.
El certificado llega por correo electronico en 1 a 5 dias habiles. En periodos de baja carga, puede llegar en 24-48 horas.
2. Por correo postal
Puedes enviar la solicitud por correo al Registro General de Actos de Ultima Voluntad (calle de la Bolsa, 8, 28012 Madrid). Hay que incluir:
- Formulario de solicitud cumplimentado (disponible en la web del Ministerio).
- Fotocopia del certificado de defuncion.
- Justificante de pago de la tasa (modelo 790-006, pagado en un banco).
- Sobre con tu direccion franqueada para la respuesta.
El plazo de respuesta por correo es de 7 a 10 dias habiles desde la recepcion.
3. Presencial
Puedes acudir en persona a la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia de tu provincia. No todas las provincias tienen oficina, asi que comprueba antes. Se presenta la misma documentacion que por correo. La ventaja es que puedes obtener el certificado en el acto o al dia siguiente.
La tasa: modelo 790-006
La tasa del certificado de ultimas voluntades es de 3,84 euros. Se paga mediante el modelo 790, codigo 006. Las formas de pago son:
- Tarjeta bancaria en la sede electronica (lo mas comodo).
- Ingreso en cualquier entidad bancaria colaboradora.
- Pago en la propia Gerencia Territorial, si acudes presencialmente.
La tasa es por cada certificado solicitado. Si un fallecido tiene varios herederos, basta con un unico certificado: cualquiera de los herederos puede pedirlo y compartirlo con los demas.
Quien puede solicitarlo
Cualquier persona puede solicitar el certificado de ultimas voluntades de un fallecido. No hace falta ser heredero, familiar ni acreditar interes legitimo. Es un registro publico. Lo unico necesario es aportar los datos del fallecido y el certificado de defuncion.
En la practica, lo solicitan los herederos, los albaceas, los abogados que tramitan la herencia o la notaria que va a gestionar la escritura de particion.
Diferencia con el certificado de defuncion y el de seguros
Es frecuente confundir tres certificados que se necesitan para tramitar una herencia:
- Certificado de defuncion. Lo emite el Registro Civil. Acredita el fallecimiento, su fecha y lugar. Se obtiene gratis en el Registro Civil o a traves de la sede electronica del Ministerio.
- Certificado de ultimas voluntades. Lo emite el Registro General de Actos de Ultima Voluntad. Indica si hay testamento y ante que notario. Tasa: 3,84 euros.
- Certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Lo emite la Direccion General de Seguros. Indica si el fallecido tenia seguros de vida. Tasa: 3,84 euros. Se solicita en la misma sede electronica y con el mismo modelo 790-006.
Los tres son necesarios para la herencia. Muchos notarios no inician la tramitacion hasta tener los tres documentos.
Certificados de fallecidos en el extranjero
Si un espanol fallecio en el extranjero, el certificado de ultimas voluntades se solicita igual al Ministerio de Justicia espanol, porque el Registro General de Actos de Ultima Voluntad recoge todos los testamentos otorgados ante notario espanol, independientemente de donde residiera o falleciera la persona.
Si el fallecido era extranjero y otorgo testamento en su pais, el certificado espanol saldra negativo. En ese caso, habra que obtener el documento equivalente del pais de origen.
Que hacer con el certificado una vez obtenido
Si el certificado es positivo (hay testamento):
- Identifica al notario que conserva el testamento.
- Solicita copia autorizada del testamento a ese notario. Si el notario ya no ejerce, su protocolo se habra transferido a otro notario o al Archivo de Protocolos de la provincia.
- Con la copia del testamento, acude al notario que tramitara la herencia para otorgar la escritura de particion.
Si el certificado es negativo (no hay testamento):
- Solicita una declaracion de herederos ab intestato al notario del ultimo domicilio del fallecido.
- Una vez obtenida la declaracion, se procede a la escritura de particion.
Nuestro servicio
En Notaria Online gestionamos la obtencion del certificado de ultimas voluntades por ti. Tambien tramitamos herencias completas, desde la recopilacion de documentos hasta la escritura de particion.