Sí, si llega con la Apostilla de La Haya (o legalizado, si tu país no forma parte del Convenio) y, cuando no está en español, con traducción jurada. Además, el notario español que lo reciba tiene que considerarlo suficiente para el acto que se va a firmar.
Por eso conviene redactar el texto desde España y que el notario de tu país lo autorice con ese contenido. Un poder con facultades genéricas es una causa habitual de que una firma se aplace.