Tiene que identificar el inmueble (dirección, datos registrales y referencia catastral) y enumerar lo que puede hacer nuestro representante en tu nombre: firmar la escritura, cobrar el precio en la cuenta que indiques, cancelar cargas y liquidar los impuestos de la venta. El precio lo decides tú: el poder puede fijar el precio exacto o un mínimo.
Si falta una facultad que la operación necesita, el notario no autorizará la venta con ese poder. Por eso conviene redactarlo desde España antes de firmarlo en tu país.